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La finalidad de la carta de instrucciones en un pagare y su importancia en el proceso de diligenciamiento de un título valor en blanco. Además, se analiza el efecto jurídico de un pagare sin carta de instrucciones y los derechos que surgen para el endosatario en caso de no pago de un cheque. Se incluyen ejemplos prácticos.
Tipo: Esquemas y mapas conceptuales
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Taller examen 1- ¿Cuál es la finalidad de la carta de instrucciones en el pagare? Respuesta: la carta de instrucciones es el documento orientador para el diligenciamiento de un título valor en blanco, por tal motivo es de suma importancia que en él se establezcan las direcciones para llenar el título cuando se presente el incumplimiento de una obligación. 2- ¿Qué efecto jurídico tiene un pagare que se firma en blanco sin la carta correspondiente? Respuesta: la ley no exige la estricta escrituración de la carta de instrucciones, tampoco demerita los títulos valores que no tengan esta carta de instrucciones. legalmente no es obligatoria la carta de instrucciones para hacer válido el título valor, su ausencia sí puede traerle al emisor varias consecuencias dada la información que reposa en el documento, y la libertad de la que dispone el legítimo tenedor de manejarlo y diligenciarlo. Si el legítimo tenedor, llena el documento en buena fe, el emisor no tendrá ningún problema, pero si el tenedor decide aumentar la suma, o implementar la firma para otros conceptos, esto podría perjudicar los intereses del emisor. En tal sentido: A. Un título valor en blanco y sin carta de instrucciones da lugar para que el tenedor diligencie el documento a su conveniencia. B. El legítimo tenedor tiene a su disposición la firma del emisor. C. Recurrir a una carta verbal de instrucciones puede resultar siendo lo mismo que sin instrucciones, puesto que no quedaría soportado por escrito lo que el tenedor está obligado a diligenciar. D. Puede generar un retraso en el pago de la obligación con el que se comprometió el emisor, dado que podrían rechazarle al tenedor el documento al momento de presentarlo por no tener la carta de instrucciones
la Superintendencia de Industria y Comercio –SIC– se ha pronunciado al respecto donde enunció lo siguiente: “[…] La doctrina ha explicado en relación con los títulos valores en blanco que “son aquellos en los que el suscriptor solo ha implantado su firma, dejando en forma deliberada, total o parcialmente, espacios en blanco para ser llenados por el tenedor legítimo, de acuerdo con instrucciones dadas a este último. El legislador colombiano se refiere al tenedor legítimo, es decir, aquella persona que según la ley puede ejercer los derechos incorporados en el título y, por consiguiente está autorizado a llenar los espacios en blanco, lo que no sucede con el tenedor ilegítimo, o sea quien hurtó el documento para llenarlo, contra el cual el deudor puede perfectamente oponer la excepción de mala fe, que también se hace extensiva al tenedor legítimo, cuando este ha desatendido las instrucciones del suscriptor del título al momento de llenarlo” 1- Librador: Luisa Pérez Librado: banco AAB Tomador: frenos S.A Endosante: frenos S.A Endosatario: cavisol 2- ¿Cuáles son los derechos que surgen para CAVISOL frente al no pago el cheque? Respuesta: Cuando un cheque no se paga por culpa del librador se quebrantan derechos mercantiles, relativos al grado de confianza y buena fe con que se acuerdan las relaciones de comercio.