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Un taller para investigar la dimensión universal del ser humano a través de la filosofía de derechos humanos. Se abordan las tres dimensiones del ser: individual, social y político, y se examinan los atributos fundamentales de la persona, como dignidad, libertad, igualdad y responsabilidad. Además, se analiza el problema del universalismo de la excepción en derechos humanos y la responsabilidad empresarial en materia de violaciones de derechos humanos.
Qué aprenderás
Tipo: Ejercicios
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¡No te pierdas las partes importantes!
1. Investigue sobre la dimensión universal del ser desde la filosofía de los derechos humanos (la idea del hombre en tres dimensiones, el yo individual, el yo social y el yo político), adicional, revise los atributos del ser humano desde la filosofía de los derechos humanos (dignidad, la libertad, la igualdad y la responsabilidad). 2. Consulte ejemplos que permitan revisar de forma clara la tesis que plantea Arnd Pollmann sobre el universalismo de excepción y el riesgo que conlleva al considerarlo una amenaza directa a la idea de los derechos humanos, presente su tesis sobre la postura del autor debidamente fundamentado. 3. Cada estudiante deberá Investigar casos de responsabilidad empresarial en materia de derechos humanos en el mundo, tome alguno como referencia y analice qué importancia tiene para la estabilidad de las organizaciones políticas y sistemas jurídicos actuales discutir sobre este asunto. ¿Qué tan grave es que las empresas adopten un modelo de excepción en materia de Derechos humanos? DESARROLLO 1. El hombre en 3 dimensiones: El “yo” individual: La manifestación más plena y libre en cada hombre, como sujeto activo, de su “yo” humano se hace posible en la sociedad comunista, en las condiciones del desarrollo integral del individuo. [ CITATION Dic \l 2058 ] La idea de una unidad o personalidad total o una identidad “íntegra” comenzó a ser rechazada desde varios ámbitos de la cultura y la sociedad. [ CITATION Sal \l 2058 ] El “yo” social: El relacionar la identidad con el principio de solidaridad invita a entenderla, según Gilroy, como un efecto mediatizado por las estructuras históricas y económicas, iniciado en prácticas significativas a través de las cuales operan, y planteado en encuadres institucionales contingentes, que regulan y expresan la reunión de individuos en procesos sociales modelo. [ CITATION Sal \l 2058 ] El “yo” político: Este yo saturado, como lo llama Kenneth Gergen, puede encontrar cierta coherencia entre todas sus identificaciones o, por el contrario, transformar esta multiplicidad en inadaptabilidad (mal uso de la sobreabundancia de roles).[ CITATION Sal \l 2058 ] La simple voz, es verdad, puede indicar pena y placer y, por tanto, la poseen también los demás animales, pero el lenguaje tiene el fin de indicar lo provechoso y lo nocivo y, por consiguiente, también lo justo y lo injusto, ya que es particular propiedad del hombre, que lo distingue de los demás animales, al ser el único que tiene la percepción del bien y del mal, de lo justo y de lo injusto y de las demás cualidades morales, y es la comunidad y participación en estas cosas lo que hace una familia y una ciudad estado”. [ CITATION Fil \l 2058 ] Atributos del ser humano desde la filosofía de los derechos humanos (dignidad, la libertad, la igualdad y la responsabilidad). Dignidad humana: Las personas entienden porque tienen una naturaleza racional, pero, además de que poseen raciocinio, también cuentan con un espíritu, el cual les ayudará a ser dueños de sus actos, conscientes de sí y con una finalidad que será trascendente en el tiempo. [ CITATION Ari \l 2058 ] Libertad: Encontramos una primera propuesta en el uso que la filosofía política hace del libre albedrío para explicar la decisión de obedecer o rechazar la ley civil. Se distingue dos conceptos de ley: el natural y el civil. Las leyes naturales de los seres humanos derivan de Dios y son pautas de conducta que éstos no pueden evitar ni contrariar. [ CITATION Lui \l 2058 ] Igualdad: La noción de igualdad es un principio básico de los derechos humanos. Al afirmar que existe una serie de prerrogativas inherentes a la persona, se aplica precisamente un rasero de igualdad. [ CITATION Mar1 \l 2058 ] Responsabilidad: el acto de valorar implica un compromiso de parte del sujeto que va más allá de la rutina o la situación automática. [ CITATION Ram \l 2058 ] 2. El problema central de los derechos humanos hoy en día no es ya el llamado “universalismo de las normas vinculantes” sobre dichos derechos, sino lo que quisiera llamar el “universalismo de la excepción”: Tomemos,
por ejemplo, el caso de la tortura. Cuando el gobierno de Bush, al tomar conocimiento de los hechos ocurridos en Abu Gharib, asegura que no ha habido torturas en aquellas cárceles, se está arrogando manifiestamente una muy peculiar definición de la tortura. Eso equivaldría a desconocer el sentido normativo de los derechos humanos, para el cual es fundamental formular una exigencia de indivisibilidad del derecho. Los derechos humanos exigen, con toda razón, ser indivisibles, aun cuando no pueda otorgárseles el mismo peso en cada caso particular. [ CITATION Reá07 \l 2058 ]
3. Responsabilidad empresarial en materia de violaciones de derechos humanos. Desde que comenzaron la crisis sanitaria de la covid-19 y la consecuente crisis económica, se ha puesto un foco en el mundo a las empresas privadas por su responsabilidad en la violación a los derechos humanos. La pandemia ha tenido un fuerte impacto en comunidades vulnerables, específicamente las afectadas por proyectos de desarrollo y ha evidenciado el aumento de los conflictos relacionados con la desigualdad, la violencia, la militarización y la vigilancia. Entidades de la sociedad civil han seguido el comportamiento de estas empresas y han hecho seguimiento a las políticas internacionales implementadas en relación con las empresas a causa del coronavirus, de cara a América Latina y a otras regiones del planeta. Muchas veces, cuando nos enfrentamos a conflictos socio ambiental, creemos estar solamente ante dos actores: el Estado y la comunidad. Esto se corresponde con el hecho de que, históricamente, la comunidad internacional ha mantenido esa perspectiva dual cuando habla de derechos humanos. Pero, hay otros muchos actores que influyen en los impactos, en las decisiones y en la manera en la que se desenvuelven los conflictos. Aparte de los dos citados, se encuentran empresas privadas nacionales o internacionales, bancos nacionales o multilaterales y otros de la misma esfera no pública o social. En 2011, el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas rompió la dualidad y acogió, mediante la resolución 17/4, los Principios rectores sobre las empresas y los derechos humanos. Analice qué importancia tiene para la estabilidad de las organizaciones políticas y sistemas jurídicos actuales discutir sobre este asunto: Los principios rectores se entienden como voluntarios tanto para los Estados como para las empresas. Desde que surgieron, las organizaciones de sociedad civil han promovido la creación de un tratado que regule las obligaciones plasmadas en los principios en materia de derechos humanos para garantizar la efectividad de los principios. Si los principios sobre las empresas y su relación con los derechos humanos se entendieran como un tratado vinculante ante los estados, dejarían de ser un modelo de comportamiento y pasarían a ser parte del bloque de constitucionalidad de los países. Es decir, terminarían por guiar las políticas nacionales concernientes a la responsabilidad empresarial en materia de derechos humanos. ¿Qué tan grave es que las empresas adopten un modelo de excepción en materia de Derechos humanos? Por ejemplo, una empresa pequeña con menos de diez empleados que se dedique al comercio de minerales o metales desde una zona caracterizada por los conflictos y las violaciones de los derechos humanos vinculados a la minería tiene un alto perfil de riesgo en materia de derechos humanos. Sus procesos y políticas destinados a velar por que no se vea involucrada en esas violaciones habrán de ser proporcionales a ese riesgo. [ CITATION ONU12 \l 2058 ] Referencias CITATION Dic \l 2058 : , (Diccionario soviético de filosofía, s.f.), CITATION Sal \l 2058 : , (Morales, s.f.), CITATION Sal \l 2058 : , (Morales, s.f.), CITATION Fil \l 2058 : , (Filomanía, s.f.), CITATION Ari \l 2058 : , (González, s.f.), CITATION Lui \l 2058 : , (Alarcón, s.f.), CITATION Mar1 \l 2058 : , (Falcón, s.f.), CITATION Ram \l 2058 : , (Calzadilla, s.f.), CITATION Reá07 \l 2058 : , (Reátegui, 2007),