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Taller de Estudio Derecho Administrativo Colombiano, Apuntes de Derecho Administrativo

Temas sobre descentralización, desconcentración y delegación

Tipo: Apuntes

2018/2019

Subido el 26/05/2019

Abogado-20199371
Abogado-20199371 🇨🇴

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TALLER PREPARATORIO PRIMER PARCIAL
1. Concepto de Estado?
El Estado se refiere al conglomerado social, política y jurídicamente constituido, asentado
sobre un territorio determinado, sometido a una autoridad que se ejerce a través de sus
propios órganos y cuya autoridad (soberanía) es reconocida por otros Estados (Madrid-
Malo, 1998).
2. Defina y establezca diferencias entre Estado Unitario y Estado Federal?
Estado Unitario: Es aquel en que las funciones del poder público –legislativa, ejecutiva y
judicial– son exclusivas de un poder central, lo que quiere decir que estas funciones se
ejercen por medio de organismos de carácter nacional. Lo anterior implica que las entidades
territoriales en las cuales se divide el territorio carecen de autonomía e independencia en
estas áreas.
Estado Federal: es una asociación de Estados que pretenden mantener su propia
individualidad política y administrativa, pero unidos por un poder de cohesión nacional
interna y con una identidad única en el plano internacional. Como en la mayoría de Estados,
se establece sobre una Constitución, que para este caso tiene como característica primordial
que reparte y diferencia claramente los asuntos de la Federación como tal y los asuntos de
competencia de sus entidades miembros (supraconstitucional).
Diferencias
Estado Unitario Estado Federal
En el ámbito internacional, el Estado unitario
es uno solo. En el ámbito interno, existe un
único Estado (representado a escala nacional
por la Nación, y a escala territorial por las
entidades territoriales).
En el ámbito internacional, el Estado federal
es uno solo. En el ámbito interno, existe una
pluralidad política, representada por la
existencia de los Estados federados
El Estado unitario ejerce todas las funciones
estatales (existe una única Constitución, y
unas únicas leyes que rigen a toda la
población y a todo el territorio del Estado)
El Estado federal ejerce todas las funciones
estatales (existe una Constitución de la
Federación y órganos que ejercen las funciones
estatales).
Las entidades territoriales no pueden darse su
propia Constitución ni sus propias leyes.
Los Estados federados también ejercen todas
las funciones estatales (legislativa, ejecutiva,
judicial) por medio de órganos propios que no
están sometidos a los órganos del Estado
Federal (incluso algunos Estados federados
tienen su propia Constitución que se enmarca
en la Constitución de la Federación).
3. Defina que se entiende por Administración Pública?
Administración Pública es un término de límites imprecisos que comprende el conjunto de
organizaciones públicas que realizan la función administrativa y de gestión del Estado y de
otros entes públicos con personalidad jurídica, ya sean de ámbito regional o local.
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TALLER PREPARATORIO PRIMER PARCIAL

  1. (^) Concepto de Estado?

El Estado se refiere al conglomerado social, política y jurídicamente constituido, asentado sobre un territorio determinado, sometido a una autoridad que se ejerce a través de sus propios órganos y cuya autoridad (soberanía) es reconocida por otros Estados (Madrid- Malo, 1998).

  1. (^) Defina y establezca diferencias entre Estado Unitario y Estado Federal?

Estado Unitario : Es aquel en que las funciones del poder público –legislativa, ejecutiva y judicial– son exclusivas de un poder central, lo que quiere decir que estas funciones se ejercen por medio de organismos de carácter nacional. Lo anterior implica que las entidades territoriales en las cuales se divide el territorio carecen de autonomía e independencia en estas áreas.

Estado Federal : es una asociación de Estados que pretenden mantener su propia individualidad política y administrativa, pero unidos por un poder de cohesión nacional interna y con una identidad única en el plano internacional. Como en la mayoría de Estados, se establece sobre una Constitución, que para este caso tiene como característica primordial que reparte y diferencia claramente los asuntos de la Federación como tal y los asuntos de competencia de sus entidades miembros (supraconstitucional).

Diferencias

Estado Unitario Estado Federal

En el ámbito internacional, el Estado unitario es uno solo. En el ámbito interno, existe un único Estado (representado a escala nacional por la Nación, y a escala territorial por las entidades territoriales).

En el ámbito internacional, el Estado federal

es uno solo. En el ámbito interno, existe una pluralidad política, representada por la existencia de los Estados federados

El Estado unitario ejerce todas las funciones

estatales (existe una única Constitución, y unas únicas leyes que rigen a toda la población y a todo el territorio del Estado)

El Estado federal ejerce todas las funciones

estatales (existe una Constitución de la Federación y órganos que ejercen las funciones estatales).

Las entidades territoriales no pueden darse su propia Constitución ni sus propias leyes.

Los Estados federados también ejercen todas las funciones estatales (legislativa, ejecutiva, judicial) por medio de órganos propios que no están sometidos a los órganos del Estado Federal (incluso algunos Estados federados tienen su propia Constitución que se enmarca en la Constitución de la Federación).

  1. Defina que se entiende por Administración Pública?

Administración Pública es un término de límites imprecisos que comprende el conjunto de organizaciones públicas que realizan la función administrativa y de gestión del Estado y de otros entes públicos con personalidad jurídica, ya sean de ámbito regional o local.

Por su función, la Administración Pública pone en contacto directo a la ciudadanía con el poder político, satisfaciendo los intereses públicos de forma inmediata, por contraste con los poderes legislativo y judicial, que lo hacen de forma mediata. (López, 2011).

  1. Teniendo en cuenta lo anterior, analice como se observa la administración publica en el Estado Unitario y en el Estado Federal?

En un Estado Unitario, como el colombiano, la Administración Pública se observa los diferentes organismos que conforman la Rama Ejecutiva del Poder Público y por todos los demás organismos y entidades de naturaleza pública que ayudan a cumplir con los fines esenciales del Estado.

En el Estado Federal la administración pública se observa en que cada Estado Federado tiene para su funcionamiento órganos y autoridades propios en los asuntos legislativo, político-administrativo y judicial, en busca de responder de manera autónoma a las necesidades propias de cada población

  1. Quienes integran la Administración Pública en Colombia?

La Administración Pública se integra por los organismos que conforman la Rama Ejecutiva del Poder Público y por todos los demás organismos y entidades de naturaleza pública que de manera permanente tienen a su cargo el ejercicio de las actividades y funciones administrativas o la prestación de servicios públicos del Estado Colombiano. (Ley 489 de 1998, Art 39 Inciso 1).

5.1. (^) Establezca cuales son las organismos principales de la administración en el ámbito nacional y territorial.

Los organismos principales de la Administración en el ámbito nacional son: La Presidencia de la República, los ministerios y los departamentos administrativos. (Ley 489 de 1998, Art 39 Inciso 2)

En el ámbito territorial, los organismos principales son: Las gobernaciones, las alcaldías, las secretarías de despacho y los departamentos administrativos. (Ley 489 de 1998, Art 39 Inciso 4)

5.2. Quienes integran el sector central de la administración

Los ministerios, los departamentos administrativos y las superintendencias constituyen el Sector Central de la Administración Pública Nacional. (Ley 489 de 1998, Art 39 Inciso 3)

5.3. Quienes integran el sector descentralizado de la administración

central que las cumplen en su nombre propio y bajo su responsabilidad. Por esta razón, cada entidad territorial adquiere su propia personería jurídica pública, atenuando así la jerarquía administrativa.

9.1. Elementos o características de la descentralización

Características:

–– Se otorgan competencias y funciones que son propias de la entidad a la cual se descentraliza (diferente de la desconcentración, donde la Nación, aunque traslada funciones, es la que decide por intermedio de un agente).

–– Se otorgan, o transfieren facultades (competencias) y tareas concretas (funciones), de las cuales se desprende la escala central del Gobierno (la Nación) para que las cumpla otra persona jurídica pública de carácter territorial o por servicios.

9.2. Cuantas clases de Descentralización se tiene en Colombia, identifíquelas y defínalas

En Colombia existen tres clases de Descentralización.

La Descentralización territorial, la descentralización especializada o por servicios y la descentralización por colaboración.

Descentralización territorial : es el otorgamiento de competencias o funciones administrativas a las colectividades regionales o locales, para que las ejerzan en su propio nombre y bajo su propia responsabilidad. Es decir se otorgan a las colectividades locales cierta autonomía para que se manejen por sí mismas. Esta descentralización se manifiesta en los departamentos, los distritos y los municipios, que por lo mismo reciben el nombre de entidades territoriales.

Descentralización Especializada o por Servicios : Consiste en el otorgamiento de competencias o funciones de la administración a entidades que se crean para ejercer una actividad especializada. En Colombia se presenta a través de los establecimientos públicos, empresas industriales y comerciales del Estado, sociedades públicas y Sociedades de economía Mixta, Superintendencias y Unidades Administrativas Especiales con personería jurídica, Empresas Sociales del Estado, Empresas Oficiales de Servicios públicos y otras creadas por la ley.

Descentralización por colaboración : Consiste en el otorgamiento de competencias o funciones de la administración a particulares para que las ejerzan en nombre de ella. Ej. La Actividad notarial, el registro público de comercio, en manos de las Cámaras de Comercio.

5.6. Desconcentración

La desconcentración es la radicación de competencias y funciones en dependencias ubicadas fuera de la sede principal del organismo o entidad administrativa, sin perjuicio de las potestades y deberes de orientación e instrucción que corresponde ejercer a los jefes superiores de la Administración, la cual no implica delegación y podrá hacerse por territorio y por funciones. (Ley 489 de 1998, Art 8)

9.3. Elementos o características de la Desconcentración

–– Las funciones continúan en cabeza de organismos y entidades nacionales.

–– Algunas de esas funciones son desempeñadas por representantes de dichos organismos y entidades, quienes se desplazan físicamente a diferentes partes de la geografía nacional.

9.4. Clases de Desconcentración, explíquelas

Existen dos clases: Territorial y por funciones

Desconcentración Territorial : traslado de funciones de la ciudad capital hacia otras ciudades del país (Ej. Regionales del Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA-).

Desconcentración por funciones : se da cuando, mediante la ley se otorga, directamente, una función específica a cierta autoridad, aunque dicha función corresponde, en principio, a otra autoridad. Ej. Al presidente de la República como suprema autoridad administrativa, le correspondería teóricamente ejercer todas las funciones administrativas, sin embargo por aspectos prácticos, muchas de esas funciones son otorgadas a los ministros.

5.7. Delegación

Consiste en la transferencia, por las autoridades administrativas (Presidente, Ministros, Gobernadores, Alcaldes), del ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias. (Ley 489 de 1998, Art 9).

9.5. Elementos o características de la Delegación

–– Se realiza mediante un acto llamado de delegación (documento escrito donde consta qué funciones se delegan).

–– Puede darse entre personas naturales o jurídicas (entidades).

–– Existe una persona que delega (el delegante) y otra en quien se delega (el delegatario).

–– La delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual recae, principalmente en el delegatario (artículo 211 de la Constitución).

–– Los organismos y entidades administrativas nacionales pueden delegar funciones a entidades descentralizadas por funciones o a entidades territoriales, para lo cual se deben celebrar convenios (que fijen derechos y obligaciones).

9.6. Cuáles son los requisitos de la Delegación

En el acto de la delegación, que siempre será escrito, se determinará la autoridad delegataria y las funciones o asuntos específicos cuya atención y decisión se transfieren.

El Presidente de la República, los ministros, los directores de departamento administrativo y los representantes legales de entidades descentralizadas deberán informarse en todo momento sobre el desarrollo de las delegaciones que hayan otorgado e impartir orientaciones generales sobre el ejercicio de las funciones delegadas.

(Ley 489 de 1998, Art 10)

Lo que sucede es que en el concepto de autonomía se incluye la capacidad para administrarse a sí mismo y la capacidad para dictarse sus propias normas, dentro del marco normativo general dado por un ente superior.

En Colombia se utiliza la autonomía.

La razón de ser de la autonomía es el administrarse así mismo, con sujeción a la ley o norma que los creó o autorizó y a sus estatutos internos.

  1. En que consiste el Control Jerárquico y el Control de Tutela, diferencias, y en donde operan estos?

Control Jerárquico : Es aquel que ejerce la autoridad superior sobre las autoridades o funcionarios inferiores, con fundamento en su rango y autoridad.

Control de tutela : Es aquel que ejerce el poder central sobre las entidades y autoridades descentralizadas, tanto territorialmente como por servicios.

Diferencias:

Control Jerárquico Control de Tutela Se aplica en el caso de centralización. se aplica en el caso de descentralización

En donde operan estos:

El Control jerárquico opera en organismos centralizados, que son los que se encuentran sometidos a una estructura jerárquica.

El control de tutela opera en entidades descentralizadas, tanto territorialmente como por servicios.

BIBLIOGRAFÍA

Beltrán, Alfredo (1999). Sentencia C-561/99 de la Corte Constitucional. Bogotá D.C.

CONGRESO NACIONAL DE COLOMBIA (1998). Ley 489 de 1998. Bogotá D.C

DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN (2005). El Estado y Su Organización. Bogotá D.C.

DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN (2010). Elementos Básicos sobre El Estado Colombiano. Bogotá D.C

López, B. (2011) El concepto de administración pública. Revista Plaza Pública. Recuperado de https://www.plazapublica.com.gt/content/el-concepto-de-administracion-publica el 28 de marzo de 2019.

Madrid-Malo, Mario (2005). “Diccionario de la Constitución Política de Colombia”. 3ª edición. Bogotá D. C. Librería Ediciones del Profesional Ltda.

Rodríguez, Libardo (2015). La Estructura del Poder Público en Colombia.