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sirve para ver lahistoria de colombia, Apuntes de Derecho Laboral

sirve para ver lahistoria de colombia

Tipo: Apuntes

2022/2023

Subido el 14/03/2023

alejandro-loboa
alejandro-loboa 🇨🇴

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EDITORIAL
¿La investigación jurídica y socio-jurídica?
Hasta la fecha se ha hablado mucho de investigación jurídica y socio-jurídica con
fórmulas y distinciones muy simples y quizás equívocas. También se han hecho grandes
homenajes a tales distinciones hasta el punto que hoy es bien conocida la existencia de
innumerables grupos y centros de investigación que llevan impregnado en su nombre
la categoría compuesta de la investigación jurídica y socio-jurídica. Es más, existe una
asociación llamada Red de grupos y centros de investigación jurídica y socio-jurídica.
Adicionalmente a todo esto, se conoce de la existencia de un doctorado que se acerca
a tal titulación, el doctorado en Sociología Jurídica de la Universidad Externado de
Colombia.
No obstante, el problema fundamental de las distinciones y denominaciones ante-
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aproximarse a algunas contribuciones sobre el particular. En tal sentido, se describirá
en brevedad los intereses sobre los cuales recae la investigación jurídica, y segundo,
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punto de equilibrio o como dice el distinguido profesor Pedro Pablo Flórez constituyen
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pertenecientes a los problemas del mundo jurídico. Y ¿cuáles son ellos? La respuesta
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EDITORIAL

¿La investigación jurídica y socio-jurídica?

Hasta la fecha se ha hablado mucho de investigación jurídica y socio-jurídica con fórmulas y distinciones muy simples y quizás equívocas. También se han hecho grandes homenajes a tales distinciones hasta el punto que hoy es bien conocida la existencia de innumerables grupos y centros de investigación que llevan impregnado en su nombre la categoría compuesta de la investigación jurídica y socio-jurídica. Es más, existe una asociación llamada Red de grupos y centros de investigación jurídica y socio-jurídica. Adicionalmente a todo esto, se conoce de la existencia de un doctorado que se acerca a tal titulación, el doctorado en Sociología Jurídica de la Universidad Externado de Colombia. No obstante, el problema fundamental de las distinciones y denominaciones ante- riores es multicaule, y ejemplo de ello, es la falta de una rigurosa formación social por parte de los abogados, situación esta que se observa –notoriamente– en los planes de estudios en Derecho, donde cada vez existen menos créditos académicos en disciplinas \FLHQFLDVFRPROD¿ORVRItDODVRFLRORJtDODDQWURSRORJtDODSVLFRORJtDHQWUHRWUDV/R cierto en todo caso, es que la sociología –a diferencia de otras ciencias– juega un papel clave para comprender la investigación socio-jurídica, pues de ella se desprende toda la fundamentación teórica y técnica que permite comprender los fenómenos sociales y el Derecho como institución socialmente creada. Tal vez lo manifestado, hasta el momento resulte ser un equívoco en este editorial, VLQHPEDUJRWLHQHFRPRSUHWHQVLyQODQHFHVLGDGGHUHWRPDUXQDUHÀH[LyQVHULDVREUH estos dos escenarios de investigación. De ahí que se hace oportuno en esta ocasión aproximarse a algunas contribuciones sobre el particular. En tal sentido, se describirá en brevedad los intereses sobre los cuales recae la investigación jurídica, y segundo, grosso modo , los criterios sociológicos y su relación con el Derecho, los cuales en un punto de equilibrio o como dice el distinguido profesor Pedro Pablo Flórez constituyen “un punto de quiebre”. En ese orden lógico, la investigación jurídica debe centrarse en objetos de estudio pertenecientes a los problemas del mundo jurídico. Y ¿cuáles son ellos? La respuesta HVTXHVRQLQ¿QLWRVORVWHPDV\VHUHFRQRFHQSRUTXHVHGHULYDQGHDFFLRQHVMXUtGLFD- mente relevantes. Así, para ejemplarizar, pueden ser objeto de estudio el contenido de la sentencia, las demandas, las excepciones, el estudio de la jurisdicción y competencia,

los autos, las regulaciones legislativas que dirimen situaciones técnicas del Derecho, como los términos procesales, las acciones y presupuestos procesales. De igual forma, en este orden está la contratación estatal, los delitos contra la administración pública, los contratos mercantiles, laborales, civiles, entre otros intereses jurídicos. No obstante, se agrega a lo anterior, el hecho de que tal análisis debe centrarse sobre fenómenos ju- rídicos, como la analogía, las lagunas, los vacíos, la vaguedad, las ambigüedades y las antinomias jurídicas. De otro lado, lo socio-jurídico parte del reconocimiento que tienen los aspectos so- ciales para el Derecho, bajo la aclaración prima facie GHORTXHVLJQL¿FDODVRFLRORJtD Para los expertos, la sociología es una ciencia que estudia los fenómenos sociales, y en concreto, las relaciones intersubjetivas de los seres humanos, pero irónicamente desde categorías recientes como la postmodernidad, se dice que esta ciencia entró en crisis, de ahí que son bien conocidas aquellas frases que denuncian lo siguiente: “con Sociología y sin Sociología la sociedad sigue igual”. La otra señala: “que la Sociología es aquello que todo mundo sabe en palabras que nadie entiende”. Lo cierto es que es una ciencia compleja que todos hacen en el “aquí y ahora” del “mundo de la vida”. No obstante, pocos son conscientes que lo que hacen es sociología. De esta forma, existe sociología del taxi, de la buseta, del estándar comic , sociología del sexo, del motel, del político, del campesino, del vigilante, de las mujeres bonitas y de las feas, del investigador, del corte y pega, del profesor, del estudiante, etc. 6LELHQHVFLHUWRTXHHODEDQLFRGHSRVLELOLGDGHVVRFLROyJLFDVHVDPSOLRQRVLJQL¿FD TXHHVWDPRVHQSUHVHQFLDD¿UPDWLYDPHQWHGHREMHWRVGHHVWXGLRVRFLRMXUtGLFRVVLQRGH simples posibilidades de investigación de este tipo, pues para perfeccionar esta fusión llamada socio-jurídica, se requieren trascendentalmente cuatro criterios: El primero es que exista una relación entre la norma jurídica y lo que Durkheim llamó un “hecho so- cial” o viceversa, una relación entre lo que Weber llamó una “acción social” y la norma jurídica; el segundo criterio requiere que el hecho social produzca una consecuencia jurídica relevante; el tercero, necesita que la norma jurídica en sus efectos produzca un impacto en la sociedad o en un grupo determinado en términos de cambio positivo o negativo; y el cuarto, estriba en que los tres criterios anteriores se puedan valorar en “un SXQWRGHTXLHEUH´HOFXDOVHUHGXFHDODFDWHJRUtDGHH¿FDFLD!RVHDTXHVHSXHGD observar una materialización entre los supuestos fácticos de las normas y la resonancia fáctica que devela la sociedad.

Ferney Asdrúbal Rodríguez Serpa Abogado, Sociólogo, Mg en Derecho Procesal Docente-Investigador Grupo Derecho Procesal Editor Revista Justicia de la Universidad Simón Bolívar, Barranquilla-Cúcuta-Colombia

terms, the actions and procedural budgets. Of equal form, in this order the state con- tracting, the crimes against the administration it publishes this one, the supply, labor, FLYLOFRQWUDFWVEHWZHHQRWKHUMXULGLFDOLQWHUHVWV1HYHUWKHOHVVKHMRLQVWRWKHSUHYLRXV thing, the fact that such a juridical analysis must centre on juridical phenomena, as the analogy, the lagoons, the emptinesses, the vagueness, the ambiguities and the juridical antinomies. Of other one side, sociojuridica departs from the recognition that has the social as- SHFWVIRUULJKWORZRIWKHH[SODQDWLRQ©SUHPLXPIDFLRªIURPZKDWPHDQVWKHVRFLRORJ\ For the experts in the latter, the sociology is a science that studies the social fenómeno and in I make concrete intersubjective relaciones of the human beings, but ironically from recent categories as the postmodernity, it is said that this science I enter crisis, RIWKHUHWKDWLVZHOONQRZQWKRVHSKUDVHVWKDWWKHIROORZLQJWKLQJGHQRXQFHV©ZLWK VRFLRORJ\DQGZLWKRXWVRFLRORJ\WKHFRPSDQ\LVVWLOOHTXDOª2WKHURQHLQGLFDWHV©WKDW WKHVRFLRORJ\LVWKDWRQHWKDWDQ\ZRUOGNQRZVLQZRUGVWKDWQRERG\GHDOVª7KHFHUWDLQ WKLQJLVWKDWLWLVDFRPSOH[VFLHQFHWKDWWKH\WKH\DOOGRLQ©KHUHDQGQRZªRIWKH©ZRUOG RIWKHOLIHª1HYHUWKHOHVVIHZRQHVDUHFRQVFLRXVWKDWZKDWWKH\GRLVDVRFLRORJ\2I this form, there exists sociology of the taxi, of the buseta, of the standard comis, sociol- RJ\RIWKHVH[RIWKHPRWHORIWKHSROLWLFLDQRIWKHSHDVDQWRIWKHZDWFKPDQRIWKH QLFHZRPHQDQGRIWKHXJO\RQHVRIWKHLQYHVWLJDWRURIWKHFXWDQGWULFNRIWKHWHDFKHU of the student, etc. 7KRXJKLWLVWUXHWKDWWKHUDQJHRIVRFLRORJLFDOSRVVLELOLWLHVLVZLGHWKLVGRHVQRW PHDQ WKDW ZH DUH LQ KH DWWHQGV DI¿UPDWLYHO\ RI REMHFWV RI VWXGLHV VRFLRMXULGLFD EXW of simple possibilities of investigation of this type, so to perfect this merger so called VRFLRMXULGLFD WKH\ DUH QHHGHG WUDQVFHQGHQWDOO\ RI IRXU FULWHULD 7KH ¿UVW RQH LV WKDW WKH\H[LVWDUHODWLRQEHWZHHQWKHMXULGLFDOQRUPDQGZKDW,DPFDOOHG'XUNKHLPD©VR- FLDOIDFWªRUYLFHYHUVDDUHODWLRQEHWZHHQZKDW:HEHU,FDOOD©VRFLDODFWLRQªDQGWKH juridical norm; the second criterion, it needs that the social fact produces a juridical relevant consequence; the third party, it is necessary that the juridical norm in his ef- fects produces an impact in the company or in a certain group of she in terms of positive or negative change; and quarter rests on that three previous criteria could be valued in ©DSRLQWRIWKHUHIDLOVªZKLFKGLPLQLVKHVWRWKHFDWHJRU\RIHI¿FLHQF!ERQ\ZKLFK FRXOGREVHUYHDPDWHULDOL]DWLRQEHWZHHQWKHVXSSRVLWLRQVIDFWLFRIWKHSURFHGXUHDQGWKH resonance factual that reveals the company.

Ferney Asdrubal Rodriguez Serpa /DZ\HU6RFLRORJLVW0JLQ/LWLJDWLRQ Teacher-Researcher Group Litigation Justice Magazine Editor at Simon Bolivar University, Barranquilla-Colombia-Cucuta