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LA CARGA: Se denomina carga a las mercancías que son objeto de transporte mediante el pago de un flete. También se puede denominar carga a las mercancías que un buque, un avión u otro tipo de vehículo transportador, tiene en su bodega o depósito en un momento dado. CLASIFICACION GENERAL DE LAS CARGAS La carga desde el punto de vista del transporte es un conjunto de bienes o mercancías protegidas por un embalaje apropiado que facilita su rápida movilización. Existen dos tipos principales de carga: general y a granel. A los objetos también se les denomina carga. Cada tipo de carga se transporta con una frecuencia y una preparación específica. ⮚ CARGA GENERAL: Comprende una serie de productos que se almacenan en cantidades más pequeñas que aquellas a granel. Dichos objetos están compuestos de artículos individuales cuya preparación determina su tipo a saber: Suelta convencional (no unitarizada) y unitarizada. ● Suelta convencional: (no unitarizada): este tipo de objetos consiste en bienes sueltos o individuales, manipulados como unidades separadas, fardos, pequeños sacos, paquetes, cajas, tambores, piezas atadas, bultos etc. ● Unitarizada: está compuesta de artículos individuales, tales como cajas, paquetes, otros elementos desunidos u objetos sueltos, agrupados en unidades como eslingas, paletas o estibas, gabarras y contenedores, los cuales están listos para ser transportados.
● Toda carga unitarizada tiene que acomodarse en su respectiva unidad con anterioridad a su llegada a la terminal de carga. Por ejemplo, los contenedores deben ser llenados y estibados primero. ⮚ CARGA A GRANEL: Los graneles sólidos o secos y líquidos se almacenan, por lo general, en tanques o silos y se transportan por bandas transportadoras o ductos, respectivamente. Ambos tipos de productos se movilizan por bombeo o succión, cucharones de almeja, banda de cangilones y otros elementos mecánicos. Ninguno de estos productos requiere embalaje o unitarización ya que el contenedor es su embalaje. CLASIFICACIÓN DE LA CARGA POR SU NATURALEZA ⮚ CARGA PERECEDERA: Se denomina carga perecedera, aquella mercancía susceptible al deterioro en sus características físicas, químicas y microbiológicas, como resultado del paso del tiempo y las condiciones del medio ambiente, es decir, cuando es expuesta a condiciones extremas de temperatura, calor, humedad o presión. ⮚ CARGA DE DIMENSIONES Y PESOS ESPECIALES: El Ministerio de Transporte mediante las resoluciones 4100 del 28 de diciembre del 2004 y 13791 del 21 de diciembre de 1988 fijo los límites de pesos y dimensiones para los vehículos de carga en el territorio nacional. Las cargas transportadas en condiciones de operación normal por las carreteras del país deberán cumplir con las siguientes especificaciones: ● La carga de un vehículo deberá estar acomodada, sujeta y cubierta de forma que: no ponga en peligro la vida de las personas, ni cause daños a terceros, no arrastre la vía, ni caiga sobre esta; no estorbe la visibilidad del conductor, ni comprometa la estabilidad o la conducción del camión, no oculte las luces, incluidas las de frenado, direccionales y las de posición, ni los dispositivos reflectantes y las placas de identificación. ● La carga de dimensiones especiales es la que sobresale de la proyección en planta del vehículo. Se autoriza el tránsito de vehículos con carga que sobresalga por el extremo posterior del vehículo hasta un metro sin que por ello puedan excederse los límites de PBV (peso bruto vehicular) y los pesos por eje. ● Para el transporte de carga indivisible que sobresalga por la parte posterior del vehículo en una longitud mayor de un metro e inferior a tres metros o cargas anchas con una dimensión menor o igual a cuatro con veinte centímetros deberá obtenerse el visto bueno de la Dirección de Carreteras del Ministerio De Transporte. ● El transporte de cargas sobresalientes podrá efectuarse únicamente en horas diurnas, demarcando la carga con banderolas rojas y portando dos letreros con fondo amarillo y letras negras colocadas adelante y atrás del vehículo, perfectamente visibles, con las leyendas carga larga o carga ancha o carga larga y ancha, según sea el caso; estos letreros deberán ser retirados cuando el vehículo circule descargado o cuando su carga no sobresalga de la plataforma. ● Para el transporte de cargas indivisibles de pesos tales que los vehículos cargados superen los máximos pesos brutos vehiculares, las condiciones del transporte se fijarán por resolución ministerial, previo visto bueno del Área Técnica del Ministerio de Transporte. Se prohíbe efectuar transformaciones cuando las nuevas dimensiones de los vehículos excedan los límites máximos especificados en dicha resolución.
Elaborado por: Lina R. Romero Varón