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PROCEDIMIENTO PARA LA CONFORMACIÓN DEL COPASO
Tipo: Ejercicios
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NOMBRAMIENTO DEL VIGIA DE SST
Contribuir a la divulgación y promoción de la Seguridad y Salud en el Trabajo, convirtiéndose en un organismo de comunicación, prevención y en muchos casos control de los riesgos en las áreas de trabajo. Además de ofrecer la información básica sobre el comité a sus miembros y la comunidad en general.
El alcance de este documento incluye las actividades propias del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo COPASST, para su conformación y funcionamiento dentro de las labores propias de la organización.
Resolución 2013 de 1986
Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo:
Es un organismo integrado por número igual de representantes del patrono y de los trabajadores, cuya función es la promoción, vigilancia del cumplimiento de las normas y reglamentos de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo:
Las empresas o establecimientos de trabajo que tengan a su servicio menos de diez trabajadores, deberán actuar en coordinación con los trabajadores para desarrollar bajo la responsabilidad del empleador el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. (Realizara las mismas funciones del comité).
♦ Vigilar el cumplimiento por parte de empleadores y trabajadores el Reglamento de higiene y seguridad Industrial, el desarrollo del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo y normas legales. ♦ Coordinar, proponer y participar en las actividades de capacitación en Seguridad y Salud en el Trabajo dirigido a los trabajadores, supervisores, directivos y miembros del comité.
Se encarga de la promoción y vigilancia de las normas en temas de seguridad y
salud en el trabajo dentro de las empresas públicas y privadas.
¿Quiénes conforman el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo?
El Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo debe ser conformado por representantes del empleador y de los trabajadores con sus respectivos suplentes en igual número así:
♦ De 10 a 49 Trabajadores un representante por cada una de las partes. ♦ De 50 a 499 Trabajadores dos representantes por cada una de las partes. ♦ De 500 a 999 Trabajadores tres representantes por cada una de las partes. ♦ De más de 1000 Trabajadores cuatro representantes por cada una de las partes.
¿Vigencia del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo?
El periodo de trabajo del comité será de dos años el cual se podrá reelegir después de este lapso de tiempo.
¿Cada cuánto y cómo se reúne el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo?
♦ Una vez al mes, o de manera extraordinaria, en el caso de presentarse algún accidente grave o riesgo inminente.
♦ Los miembros del comité deben asistir puntualmente a las reuniones, participar en la deliberación, dar sugerencias y recomendaciones, aprobar actas y ser voceros de los trabajadores en lo concerniente a Seguridad y salud en el trabajo.
♦ (^) Las reuniones serán lideradas por el presidente del comité, el cual orientará de una forma dinámica y práctica.
♦ El quórum para sesionar el comité estará constituido por la mitad más uno de sus miembros. Pasados los primeros treinta minutos de la hora señalada para comenzar la reunión el Comité sesionará con los miembros presentes y sus decisiones tendrán plena validez (Art. 8 Res 2013 de 1986).
♦ El comité se reunirá con carácter extraordinario en caso de accidente grave o riesgo eminente, con la presencia del responsable del área donde ocurrió el accidente o donde se determinó el riesgo, dentro de los cinco (5) días siguientes a la ocurrencia del hecho.
¿Qué tipo de capacitación requiere el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo?
Para lograr un buen desempeño en las actividades que debe desarrollar el Comité Paritario o Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo es necesario que los
miembros del comité tengan conocimientos mínimos en Seguridad y salud en el
trabajo, para lo cual sugerimos que tengan la siguiente capacitación:
♦ (^) Sistema General de Riesgos Laborales. ♦ Legislación en Seguridad y salud en el trabajo. ♦ Funciones miembros del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo. ♦ Inspecciones de Seguridad. ♦ Investigación de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Laborales.
¿Qué tipo de actividades acompaña el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo?
El comité acompaña toda actividad de Seguridad y Salud en el Trabajo que adelante la organización y lo que se refiere a la gestión del SG SST, dentro de los
cuales se encuentran los programas de salud y seguridad industrial, capacitación, programa de vigilancia epidemiológico entre otros.
♦ El empleador elegirá libremente sus representantes con sus respectivos suplentes, además noticiara mediante acta convocatoria el ejercicio de elección, para todos los miembros de la organización mediante Acta de convocatoria conformación comités , aproximadamente 2 semanas antes la sesión de votos.
♦ Es necesario elegir una persona que se encargue de coordinar el proceso de elección, deberá informar a todos los trabajadores qué es el comité, sus funciones y cuál será el proceso de elección por medio de charlas, carteleras, folletos, convocatoria. Se recomienda que esta persona sea la que este manejando el Sistema de gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (deberá conocer la reglamentación y legislación respecto a conformación del Comité y Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo).
♦ Para realizar la elección de los integrantes del comité cuenta con una hoja de inscripción de candidatos Hoja de inscripción de candidatos.
♦ Para la apertura de las elecciones de los candidatos se realizará un acta, la cual definirá hora, fecha y los jurados que intervendrán en el proceso. Acta de apertura de elecciones comités.
♦ La persona encargada del proceso llevará un control de los votantes por medio de un registro específico. Resultado de votaciones comités. El conteo