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Modelo de poder especial demanda de alimentos
Tipo: Apuntes
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LAURA VICTORIA CASTILLO RIVERA ABOGADA Carrera 23 # 52- 54 Oficina 603 Edificio La Gloriosa Cel. 315 926 37. 24 Señor JUEZ DE FAMILIA DE UNICA INSTANCIA DE BUCARAMANGA (REPARTO) E.S.D REFERENCIA : PROCESO EJECUTIVO - DEMANDANTE: María José Torres Fonseca - DEMANDADO: Sergio Guerra Jiménez. María José Torres Fonseca , mayor de edad, vecina de la ciudad de Bucaramanga, Santander identificada cédula de ciudadanía N° 1.0045689234 , domiciliada en Avenida la rosita #27- 37 Barrio Mejoras públicas, con notificación al correo electrónico MariaJT@outlook.com, Cel 3165702500, obrando como madre y representante legal de la menor DULCE MARIA GUERRA TORRES identificada con Tarjeta de identidad 1.14271529 con 10 años de edad, manifiesto a usted respetuosamente, que otorgo poder especial, amplio y suficiente a la señora Laura Victoria Castillo Rivera mayor de edad, domiciliada en la ciudad de Bucaramanga, Santander identificada cédula de ciudadanía N° 1.003381064 con tarjeta profesional No. 093453 del consejo superior de judicatura con dirección de correo electrónico Lauracastillorivera@hotmail.com para que inicie el trámite y lleve hasta su terminación DEMANDA EJECUTIVA POR ALIMENTOS PARA MENORES, en contra del señor Sergio Guerra Jiménez , mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.0045930247, domiciliado en la ciudad de Bucaramanga, Carrera 21a #76 Barrio San Francisco, con notificación personal al correo electrónico Sergio567@outlook.com, Cel 3178203729. Lo anterior en razón al incumplimiento del acta de conciliación No. 0353 de fecha 25 de junio del 2018, donde se taza la cuota de alimentos por un valor de doscientos mil pesos colombianos (200.000) los cuales debían ser pagados mensualmente por parte del señor Sergio Guerra Jiménez a la señora María José Torres Fonseca en representación legal de la menor de edad Dulce María Guerra Torres. Mi apoderada queda facultada para solicitar medidas cautelares, desistir, conciliar, renunciar, reasumir, notificar, retirar la demanda con todos sus anexos, transigir, sustituir el poder con todas sus facultades en otro abogado. Lo anterior conforme a las facultades expresas en el artículo 77 del Código General del proceso.
LAURA VICTORIA CASTILLO RIVERA ABOGADA Carrera 23 # 52- 54 Oficina 603 Edificio La Gloriosa Cel. 315 926 37. 24 Asimismo, le solicito, le conceda personería jurídica a mi apoderado para que pueda tramitar todo lo concerniente a dicha Demanda Atentamente, C.C 1. Acepto C.C 1.