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Paso a seguir para el correcto resguardo de evidencia
Tipo: Apuntes
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¡No te pierdas las partes importantes!
NICOLÁS MADURO MOROS Presidente de la República Bolivariana de Venezuela
TARECK EL AISSAMI Vicepresidente Ejecutivo de la República
TAREK WILLIAM SAAB HALABI Fiscal General de la República
NÉSTOR LUIS REVEROL TORRES Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores Justicia y Paz
KATHERINE HARINGHTON Vicefiscal General
JOSÉ HUMBERTO RAMÍREZ MÁRQUEZ Viceministro del Sistema Integrado de Investigación Penal
Agosto de 2017 Caracas - Venezuela
CORREDACTORES
TÉCNICOS
METODOLÓGICOS
JURÍDICO
COLABORADORES
MINISTERIO PÚBLICO
ELVIS AGUILAR Ingeniero
ÁLVARO BORJA Criminalista
ADÁN HERNÁNDEZ Antropólogo
JOSÉ HERNÁNDEZ Criminalista
CARLOS MARCIALES Criminalista
MINISTERIO PÚBLICO
LUIS ACEVEDO Profesor
MINISTERIO PÚBLICO
FRANK MILA Abogado
MPPRIJP EDWIN BONILLO Profesor FÉLIX IZARRA Criminalista ALEJANDRO RAMÍREZ Administrador BERTYMAR TORO Administrador
Diseño y Diagramación: José Daniel Arcila - Publicista (MPPRIJP)
CICPC JEAN APONTE Criminalista ESTELA BECERRA Criminalista JESSICA COLMENARES Criminalista WILLY GÓMEZ Criminalista FRANKLIN MANAMÁ Criminalista LIZZETTA MARÍN Criminalista JENNY VALLENILLA Criminalista
MP LUISANA MANCIPE Abogado
DP CARLOS DEL POZO Investigador GNB RÓMULO ANDAZOL Antropólogo
CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICAS
VALMORE ANDRADE Criminalista
ROBERD DURAN Criminalista
HÉCTOR PARRA Criminalista
ALEJANDRO RODELO Criminalista
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ
YBIS PRATO Profesora
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Procedimiento de Fijación ............................. OBTENCIÓN POR CONSIGNACIÓN .................................. Definición .................................................................. Escenarios ................................................................. Procedimientos de Obtención por Consignación ...... Procedimiento de Recepción ......................... Procedimiento de Fijación ..............................
OBTENCIÓN POR DERIVACIÓN .......................................... Definición .................................................................. Escenarios ................................................................. Procedimientos de Obtención por Derivación ........... Procedimiento de Búsqueda ............................ Procedimiento de Fijación ............................. Procedimiento de Colección ............................
FASE DE LABORATORIO .............................................................................. Definición ..........................................................................................
PROCESO DE PERITACIÓN Definición .............................................................................. Procedimientos de la Peritación ................................ Procedimiento de Recepción ........................... Procedimiento de Designación ....................... Procedimiento de Peritaje ............................... Procedimiento de Remisión .............................
FASE DE DISPOSICIÓN JUDICIAL ................................................................ Definición ..........................................................................................
PROCESO DE RESGUARDO JUDICIAL ............................................
PROCESO DE EXHIBICIÓN EN AUDIENCIA ....................................
FASE DE DISPOSICIÓN FINAL ..................................................................... Definición ..........................................................................................
PROCESO DE CIERRE Definición .............................................................................. Formas de Cierre ....................................................... Procedimientos de Cierre .......................................... Procedimiento de Ejecución ........................... Procedimiento de Cierre de la Planilla de Registro de Cadena de Custodia ...................
FIGURAS DE CARÁCTER CONTÍNUO Definición ..........................................................................................
PROCESO DE RESGUARDO Definición .............................................................................. Escenarios ............................................................................. Etapas del Resguardo Temporal ..........................................
Procedimientos de Resguardo ............................................. Procedimiento de Ingreso ........................................ Procedimiento de Depósito ..................................... Procedimiento de Egreso ......................................... Consideraciones Generales para la Instalación y Funcionamiento de las Áreas de Resguardo............. Consideraciones Asociadas a la Remisión de Evidencias al Área de Resguardo ............................. Procedimiento de Traslado .................................................. Actividad de Transferencia ...................................................
DOCUMENTOS ASOCIADOS ................................................................................ FLUJOGRAMAS ...................................................................................................... GLOSARIO DE TÉRMINOS ..................................................................................... REGISTRO DE MODIFICACIONES E INCORPORACIÓN DE PROTOCOLOS .......
ANEXOS ..................................................................................................................
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En atención a las exigencias establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal (2001), el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz y el Ministerio Público, elaboraron el Manual Único de Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas, con el objeto de regular los procedimientos generales y específicos de las evidencias físicas que intervienen en la investigación penal. En la praxis, las inquietudes surgidas en los funcionarios que de manera directa o indirecta vienen participando en la protección y tratamiento de las evidencias físicas relacionadas con un hecho presuntamente punible, constituyeron alertas técnicas sustantivas de primer orden. Por esta razón surgió la necesidad de adecuar el contenido del manual a la normativa legal vigente, incorporar nuevos métodos y técnicas consideradas internacionalmente, así como eliminar los vacíos procedimentales que se observaron.
La labor de adecuación del manual único, requirió el trabajo articulado entre los diversos órganos y entes relacionados con la Cadena de Custodia de Evidencias Físicas, entre ellos el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, con sus órganos y entes adscritos; Ministerio Público, Defensa Pública, Ministerio del Poder Popular para la Defensa, entre otros. El equipo asesor realizó los aportes al contenido de este manual, considerando su valiosa experiencia en el campo de la investigación penal, con el propósito de normar y estandarizar los procesos inherentes de cadena de custodia de evidencias físicas, concebido ahora como un sistema, en el que todos sus procesos interactúan para consolidarse como garantía legal desde la obtención de la evidencia física, hasta la disposición final.
En el manual se describen de manera general, los procesos y procedimientos que integran el Sistema de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas, constituido por cuatro fases: Inicial, Laboratorio, de Disposición Judicial y de Disposición Final.
En la Fase Inicial se encuentra el Proceso de Obtención, que contempla de manera única (para cada evidencia) o combinada (para varias evidencias en un mismo hecho), mediante cuatro modalidades: Obtención Técnica, Obtención por Aseguramiento, Obtención por Consignación y Obtención por Derivación, las cuales consagran las diferentes formas en que los operarios del manual puedan iniciar el proceso de la cadena de custodia de las evidencias físicas.
En la Fase de Laboratorio se encuentra el Proceso de Peritación, relativo a los estudios forenses bajo ambiente controlado, con la finalidad de desarrollar los dictámenes periciales. El Proceso de Peritación se desarrolla con los procedimientos de recepción de la evidencia, designación, peritaje y remisión.
En la Fase de Disposición Judicial, se contemplan el Proceso de Resguardo Judicial y la posibilidad del Proceso de Exhibición en audiencia de las Evidencias Físicas, acompañado de los procedimientos y actividades de traslado y transferencia.
En la Fase de Disposición Final, se demuestra el dinamismo de la concepción del sistema, pues el proceso de Cadena de Custodia no siempre finaliza con la culminación del proceso penal, dado que puede terminar con una Disposición Final aplicada a la evidencia física luego de su valoración; la cual se puede materializar en los siguientes escenarios: Devolución, Entrega, Destrucción y Consumida en Peritaje.
Es Importante resaltar tres figuras de carácter continuo, comunes a todas las fases, denominadas Proceso de Resguardo, Procedimiento de Traslado y Actividad de Transferencias. El Proceso de Resguardo que persigue la preservación de las evidencias y se caracteriza por el cumplimento de los procedimientos de Recepción, Registro, Almacenamiento y Salida. Asimismo, se plasman las consideraciones generales relativas a la instalación y el funcionamiento de las áreas de resguardo de evidencias físicas.
Esta reforma del manual, incluye un glosario de términos, cuya finalidad es unificar criterios, en el tratamiento de evidencias físicas, para empoderar el lenguaje criminalístico-forense venezolano, conforme a las consideraciones internacionales en la materia.
El manual, como génesis en materia metodológica y procedimental, permitirá la creación de los protocolos, que se corresponderán con el funcionamiento propio de las ciencias, y no con la estructura organizativa de institución alguna, partícipe en el sistema de cadena de custodia.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV 1999), contempla en su Título I, de los Principios Fundamentales, artículo dos, que:
“Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político”
De igual modo, el artículo 253 de la Norma Suprema, establece como órganos integrantes del Sistema de Justicia: al Tribunal Supremo de Justicia, con los demás Tribunales que determine la ley, el Ministerio Publico, la Defensoría Pública y los Órganos de Investigación Penal, entre otros. Precisamente son éstos los órganos vinculados principalmente al sistema de justicia penal en apego al debido proceso, tal como lo dispone el artículo 49 de la Carta Magna.
En este contexto, el correcto tratamiento de las evidencias físicas constituye parte esencial del respeto al debido proceso en el marco de la justicia penal, razón por la cual el constituyente consagró en el numeral 3 del artículo 285 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la atribución del Ministerio Público de ordenar y dirigir la investigación penal de los presuntos hechos punibles, así como la obligación de asegurar los objetos activos y pasivos relacionados con la perpetración del delito.
En tal sentido, la obligación de aseguramiento de los objetos vinculados a la comisión del presunto hecho punible encuentra desarrollo legal en el numeral 12 del artículo 111, conjuntamente con los artículos 187 y 188 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP); que, referidos a la Cadena de Custodia de Evidencias Físicas y a las áreas de resguardo, brindan el marco jurídico en el que ha de desenvolverse el manejo de las evidencias desde su obtención hasta su disposición final. Es por ello que el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz conjuntamente con el Ministerio Público, basándose en la competencia conferida por el COPP, desarrollaron un manual en materia de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas.
En octubre del año 2012, entró en vigencia el “Manual Único de Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas”, el cual ha tenido una trascendencia medular en el proceso penal venezolano; no obstante, durante su vigencia se han manifestado diversas dificultades operativas, técnicas y administrativas, que determinan la necesidad de implementar su adecuación y actualización. Por esa razón, luego de haber realizado un análisis integral del mismo, se generó un nuevo instrumento ahora denominado “Manual Único de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas”.
La nueva versión del “Manual Único de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas”, cumple con lo previsto en el Código Orgánico Procesal Penal y con los objetivos establecidos de la Ley del Plan de la Patria, correspondiente al Segundo Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social 2013 – 2019 y las líneas estratégicas de la Gran Misión ¡A toda Vida! Venezuela.
El siguiente manual será de uso obligatorio en todo el territorio nacional, y tendrá impacto sobre todas las instituciones vinculadas con el sistema de justicia penal.
Igualmente deberán cumplir las disposiciones del presente manual, el talento humano no adscrito al sistema de justicia, siempre que estén debidamente autorizados para prestar servicios en materia de Cadena de Custodia.
Regular los procesos, procedimientos, métodos y técnicas, de la cadena de custodia de evidencias físicas relacionadas con un hecho presuntamente delictivo, con la finalidad de garantizar su integridad desde el momento de su obtención hasta su disposición final.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
El desarrollo del Manual Único de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas se fundamenta en la Teoría General de Sistemas de Ludwig von Bertalanffy, mejor conocida por la sigla TGS. Se trata de una teoría interdisciplinaria que busca trascender los problemas tecnológicos, científicos y operativos de cada rama del saber y de las disciplinas aplicadas que la conforman. La teoría intenta generar un conjunto de modelos y principios para el análisis de los diversos objetos de estudio de las ciencias, incluida la ciencia administrativa, desde el supuesto de interdependencia recíproca e integración de los lineamientos generados para la producción de saberes.
La teoría opera bajo la fórmula ENTRADA—PROCESO—SALIDA (E—P—S), en la que el evento objeto de aplicación sistémica constituye un circuito, una red que se desenvuelve en un contexto externo de complejidad relativa, en la que debido al principio de retroacción o retrocomunicación siempre es factible reconocer el nivel de logro de funcionamiento, la consecución de los objetivos y el establecimiento de los correctivos que garanticen la marcha plena y permanente del sistema. En atención a lo antes expuesto, resulta totalmente válido afirmar que la cadena de custodia de evidencias físicas es un sistema.
Es el conjunto ordenado de normas, procesos e instituciones que interactúan y se interrelacionan de manera permanente para regular el funcionamiento de la Cadena de Custodia de Evidencias Físicas en todas sus fases como garantía legal dentro del proceso penal.
Está estructurado en cuatro fases, en función de los diferentes estadíos por los cuales puede transitar la evidencia, denominadas: Fase Inicial, Fase de Laboratorio, Fase de Disposición Judicial y Fase de Disposición Final.
IMPORTANCIA
Ofrecer a las partes y demás sujetos procesales, garantías sobre la autenticidad e integridad de la evidencia física, para que puedan conocer quién, cómo, cuándo, dónde se obtuvo, se peritó, se resguardó la evidencia y finalizó la Cadena de Custodia.
El sistema de cadena de custodia se activa con el conocimiento del presunto hecho punible, al instante en el que las autoridades competentes designan talento humano y recursos materiales para la comprobación del hecho, es de carácter secuencial y finaliza con la culminación del proceso penal.
Los criterios de funcionamiento del Sistema de Cadena de Custodia son: Criterio de Auditabilidad, Criterio de Continuidad, Criterio de Integridad, Criterio de Sustentabilidad y Criterio de Robustez.
Es el conjunto de procedimientos y actividades de naturaleza técnico científica, que se llevan a cabo para garantizar que las evidencias físicas obtenidas reciban el tratamiento adecuado y se evite su modificación injustificada, así como su pérdida o sustitución durante cualquiera de las fases en las que se encuentre.
Este proceso comprende todas las actividades dirigidas a garantizar el seguimiento, control, preservación, seguridad de las evidencias físicas y la documentación correspondiente, desde la obtención, durante el peritaje, el resguardo y la posible exhibición, hasta su disposición final.
La aplicación del proceso de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas está directamente relacionada con el desempeño de los procedimientos secuencialmente establecidos; así como con la adecuada manipulación de las mismas que debe ser realizada por personas debidamente autorizadas y capacitadas de acuerdo a la actividad que les corresponda realizar.
El proceso de Cadena de Custodia está constituido por cinco procesos de control, y un proceso de carácter continuo. Los procesos de control son: Proceso de Obtención, Proceso de Peritación, Proceso de Resguardo Judicial, el posible Proceso de Exhibición y el Proceso de Cierre. El Proceso de carácter continuo es el de Resguardo, además del procedimiento de traslado y la actividad de transferencia.
Es la fase génesis del sistema, integradora de la evidencia física a la cadena de custodia, que comprende el proceso de obtención con sus diversas formas y en la que se inicia el proceso de resguardo de las evidencias físicas.
Es el momento en el cual los operarios del manual pueden iniciar la cadena de custodia de las evidencias; está constituido por cuatro formas: Obtención Técnica, Obtención por Aseguramiento, Obtención por Consignación y Obtención por Derivación. Según la naturaleza del caso, puede iniciarse el proceso de manera única (para cada evidencia) o combinada (para varias evidencias en un mismo hecho), por medio de la ejecución de una o la combinación de las formas de obtención mencionadas.