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investigación y apuntes de los 3 estatus del caput
Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones
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Profesor: Alumno: Miriam Sequera Andreina Acosta Kepp C.I 30.661. 1MA Caracas, 31 de octubre del 2022
En el presente trabajo se manifiesta parte de la estructura social del Imperio Romano, enfocándose este trabajo en los 3 estatus del Caput, el cual eran aquellas capacidades que debían tener los ciudadanos Romanos para considerarse realmente sujeto de derecho y de cómo influye el estado, la familia, su ciudadanía y el esclavo sobre él. En Roma, el status marcaba los elementos constitutivos de la personalidad jurídica que se denominaba el “Caput” (capacidad). Así, la personalidad jurídica resultaba de la acumulación por parte de un individuo de los tres status: En Roma la persona física tenía que tener tres estatus: Status libertatis, status civitatis y status familiae, es decir, hombre libre, ciudadano romano y jefe de familia. Capacidad de hecho y derecho: Los que reunían estos tres elementos tenían plena capacidad jurídica, sin embargo, no podrían tener pleno ejercicio de su derecho en razón de su edad, sexo o de alteración en sus capacidades mentales. CLASIFICACIÓN DE LAS PERSONAS FÍSICAS 1era división: Hombres Libres y no esclavos Libertos: Era un antiguo esclavo que había sido liberado de su servidumbre y se había convertido en un ciudadano libre. Ingenuos: Quienes nacen libres y no han sido esclavos en derecho. 2da división: Ciudadanía Ciudadanos Romanos: En el sentido de ser habitantes de territorio sujeto a derecho romano, quienes gozaban plenamente de todos los derechos que seguían al status de ciudadano romano. Ciudadanos No Romanos: Su uso estaba prohibido tanto a los ciudadanos de derecho latino como a las mujeres, así como a los peregrinos (extranjeros) y a cualquier otro no- ciudadano (esclavos, hijos no legítimos, etc.). 3er división: Personas Alieni Juris: Aquellos que se encuentran sometidos a la patria potestad de otro. Sui Juris: Era la persona constituida en el estatus famillie con propio derecho. 4ta división: Personas Bajo tutela: Carece de capacidad y por ello la medida de protección es la representación Personas Bajo Curatela: es capaz, pero requiere de un complemento capacidad. STATUS LIBERTATIS 1- Esclavos Es el más importante en Derecho romano. Si pierdes la libertad, pierdes todo lo demás (la ciudadanía y la familia). Al perder la libertad sufres una capitio deminutio máxima, que significa que pierdes la cabeza que representa a tu persona, y por tanto pasarías a convertirte automáticamente en esclavo. El “ Caput ” pertenece a los hombres libres, a los ciudadanos, a la familia, Pero
Per censum ( por censo ): Si el dueño del esclavo lo inscribe en algún censo realizado por el magistrado correspondiente, el esclavo pasa a ser libre desde la entrada en vigencia del censo. Per vindicta ( por juicio ): se trata de un juicio simulado en el cual el dueño del esclavo ( dominus ) se presenta ante algún magistrado y declara su deseo de hacerlo libre; este pasa a ser hombre libre desde el momento de la sentencia. In sacrosanta ecclesia ( en la iglesia ) : Se produce si, en la iglesia, el dueño toma como testigo al obispo para dar libertad al esclavo. También se considera el otorgarle la libertad al esclavo frente a los feligreses. Per testamentum ( por testamento ): Cuando el dueño del esclavo transcribe sus bienes en su testamento y declara al esclavo hombre libre, este queda en libertad al momento de la muerte de su dueño. Estas se subdividen en: No Solemne : En la que el esclavo era liberado, pero no se le otorgaba la ciudadanía romana, sino que quedaba en condición de ciudadano latino (latini iuniani), esto obligaba al liberado latino a traspasar todos sus bienes a su antiguo dueño al momento de su muerte. o Inter Amicos ( entre amigos ): El dueño declara libre al esclavo en presencia de cinco testigos. o Per Epistolam ( por carta ): El dominus le escribía una carta al esclavo otorgándole la libertad. Justiniano exigió, además, cinco testigos que firmaran o dieran fe del contenido de la carta. o Per Mensam ( en la mesa ): Cuando el esclavo es invitado a comer a la mesa del dominus. Acciones respecto a la libertad: Cuando alguien quería reclamar como esclavo suyo a quien vivía como libre, ejercía contra él una acción llamada vindicatio in servitutem. En el caso contrario, cuando alguien quería demostrar la libertad de uno que vive como esclavo, el que afirmaba la libertad ( adsertor libertatis ) podía ejercer una vindicatio in libertatem para que se declarara la libertad del esclavo aparente. STATUS CIVITATIS El Status Civitatis era aquel que no fuera esclavo, es decir, una persona libre. Existían diferencias importantes entre las personas libres, ya que estas podían no tener la ciudadanía romana. El ciudadano romano gozaba de todas las prerrogativas establecidas en las distintas leyes, del derecho civil, tanto en orden privado como público. En derecho privado gozaba de: Conubium: Es la facultad de contraer matrimonio civilmente, de realizas las i utae nuptiae. Este acto tenía como consecuencia, la posibilidad de ejercer la patria
potestad sobre los hijos nacidos entro del matrimonio y de que estos siguiesen la condición del paterfamilias. Commercium: Consistía en el derecho de adquirir y transmitir la propiedad. Concedía al ciudadano el derecho de transmitir su patrimonio por sucesión testamentaria, así como el de ser heredero y realizar cualquier otro negocio jurídico. En Orden público el gozaba de: Ius suffragi : El derecho de votar en los comicios. Ius honorum : El derecho de desempeñar cualquier función pública o religiosa ADQUISICIÓN DE LA CIUDADANÍA ROMANA Nacimiento : El Estado de las personas se determina por la condición del padre o de la madre, y no por el lugar de nacimiento. Si el hijo es nacido fuera de justas nupcias, sigue la condición de la madre. Si el hijo es nacido dentro de justas nupcias, sigue la condición del padre. Causas posteriores al nacimiento: o Manumisión: Cuando esta es solemne, hecha por un propietario quiritario (ciudadano romano), el esclavo es liberto ciudadano romano. o Por concesión graciosa: Dada por los comicios, senadoconsulto o rescripto imperial, acordado a los peregrinos. o Beneficio de la Ley: Se le concede la ciudadanía al peregrino que haga condenar a un funcionario público por concusión (Cobro de multas en provecho propio de un funcionario). o Por cumplimiento de ciertas condiciones: Haber sido magistrado de ciudad latina, sirviendo durante cierto tiempo en la milicia, armando una nave para transporte de trigo, construyendo un molino, etc. o Edicto de Caracalla Antonino: En el año 212 después de Cristo, por un interés fiscal, se concedió la ciudadanía romana a todos los habitantes del Imperio, excluyendo a los dedicticios. COMO SE PODIA PERDER LA CIUDADANIA ROMANA El hecho de ser reducido a la esclavitud mediante sentencia o por decisión propia de hacerse ciudadano de otro país (DICATIONE). Muerte Natural. STATUS FAMILIAE FAMILIA ROMANA: Es la reunión de personas que se encuentran bajo la autoridad de un pater familiae, quien es dueño absoluto de las personas que están bajo a su autoridad (Su mujer casada in manus, sus hijos varones solteros y casados, las esposas de sus hijos casadas in manus, los descendientes de sus hijos varones, sus hijas solteras y casadas sine manus, los hijos adoptados). PARENTESCO
Solo Parentesco y herencia entre hombres El parentesco y herencia es distribuida de manera igual. CONCLUSIÓN Al concluir el presente trabajo podemos determinar qué: Los tres status del caput figuraban para el ciudadano Romano la unión de tres elementos; la libertad, el derecho de ciudadanía y los derechos de familia o de agnación. Para que una persona fuese considerada plenamente capaz debía concurrir lo que los romanos denominaron los tres status del caput. En el mismo se puede apreciar la importancia del status, las causas, clasificación, la comparación con la vida cotidiana actual de cada uno de los tópicos descritos en cada caput y su evolución a través del tiempo en las instituciones y leyes actuales.