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Ley estatutaria 1751, Esquemas y mapas conceptuales de Teoría Jurídica y Social

Cuadro resumen de los elementos principales de la ley 1751

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2022/2023

Subido el 06/03/2023

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LEY ESTATUTARIA 1751 DEL 18 DE FEBRERO DEL 2015
ARTICULO RESUMEN
Artículo 1 .
Objetivo
Garantizar el derecho fundamental a la salud.
Artículo 2: Naturaleza
y contenido del
derecho fundamental a
la salud.
El Estado adoptará políticas para asegurar la igualdad
de trato y oportunidades en el acceso a las
actividades de salud.
Promoción, prevención, diagnóstico,
tratamiento, rehabilitación y paliación
para todas las personas.
Artículo 3°: Ámbito de
aplicación. A todos los que intervengan de manera directa o indirecta en el derecho a la salud.
Artículo 4°: Definición
de Sistema de Salud. Es el conjunto articulado y armónico de principios y
normas, derechos y deberes. Controles; información
y evaluación.
Artículo 5°.
Obligaciones del
Estado
No afectar directa o indirectamente en el disfrute a la salud.
Formular y adoptar políticas que garanticen el goce a la salud, igualdad de trato y oportunidades
para toda la población.
Promoción de la salud, prevención y atención de la enfermedad y rehabilitación.
Establecer mecanismos para evitar la violación del derecho a la salud.
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LEY ESTATUTARIA 1751 DEL 18 DE FEBRERO DEL 2015

ARTICULO RESUMEN

Artículo 1. Objetivo Garantizar el derecho fundamental a la salud. Artículo 2: Naturaleza y contenido del derecho fundamental a la salud. El Estado adoptará políticas para asegurar la igualdad de trato y oportunidades en el acceso a las actividades de salud. Promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación para todas las personas. Artículo 3°: Ámbito de aplicación. A todos los que intervengan de manera directa o indirecta en el derecho a la salud. Artículo 4°: Definición de Sistema de Salud. Es el conjunto articulado y armónico de principios y normas, derechos y deberes. Controles; información y evaluación. Artículo 5°. Obligaciones del Estado  No afectar directa o indirectamente en el disfrute a la salud.  Formular y adoptar políticas que garanticen el goce a la salud, igualdad de trato y oportunidades para toda la población.  Promoción de la salud, prevención y atención de la enfermedad y rehabilitación.  Establecer mecanismos para evitar la violación del derecho a la salud.

 Inspección, vigilancia y control.  Velar por el cumplimiento del derecho a la salud  Seguimiento continuo de la evolución de las condiciones de salud.  Realizar evaluaciones sobre los resultados de goce de la salud  Financiar de manera sostenible los servicios de salud.  Intervenir el mercado de medicamentos, dispositivos médicos e insumos en salud  con el fin de optimizar su utilización y asegurar la accesibilidad. Artículo 6°. Elementos y principios del derecho fundamental a la salud.

ELEMENTOS

Disponibilidad. (Programas de salud y personal médico y profesional competente). Aceptabilidad. ( Respeto de la ética médica, así como de las diversas culturas de las personas, minorías étnicas, pueblos y comunidades). Accesibilidad. (Ser accesibles a todos, en condiciones de igualdad). Calidad e idoneidad profesional.

PRINCIPIOS

Universalidad Pro homine. Equidad Continuidad Oportunidad Prevalencia de derechos. Progresividad del derecho Libre elección Sostenibilidad Solidaridad Eficiencia Interculturalidad Protección a los pueblos indígenas Protección pueblos y comunidades indígenas. Artículo 7°. Evaluación anual de los indicadores del goce efectivo. Se divulgará evaluaciones anuales sobre los resultados de goce efectivo del derecho fundamental a la salud con base en los elementos. Artículo 8°. La integralidad Los servicios deberán ser suministrados de manera completa para prevenir, paliar o curar la enfermedad, con independencia del origen de la enfermedad o condición de salud, comprende

Propender por su autocuidado, el de su familia y el de su comunidad Atender oportunamente las recomendaciones formuladas en los programas de promoción y prevención. Actuar de manera solidaria ante las situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas. Respetar al personal responsable de la prestación y administración de los servicios salud Usar adecuada y racionalmente las prestaciones ofrecidas, así como los recursos del sistema. Cumplir las normas del sistema de salud. Actuar de buena fe frente al sistema de salud. Suministrar de manera oportuna y suficiente la información que se requiera para efectos del servicio. Contribuir solidariamente al financiamiento de los gastos que demande la atención en salud y la seguridad social en salud, de acuerdo con su capacidad de pago. Artículo 11. Sujetos de especial protección. La atención de niños, niñas y adolescentes, mujeres en estado de embarazo, desplazados, víctimas de violencia y del conflicto armado, la población adulta mayor, personas que sufren de enfermedades huérfanas y personas en condición de discapacidad, gozarán de especial protección por parte del Estado. CAPÍTULO II Garantía y mecanismos de protección del derecho fundamental a la salud Artículo 12. Participación en las decisiones del El derecho de las personas a participar en las decisiones adoptadas por los agentes del sistema de salud que la  Participar en la formulación de la política de salud  Participar en las instancias de deliberación, veeduría y seguimiento del Sistema.  Participar en los programas de promoción y prevención

sistema de salud afectan o interesan. ^ Participar en las decisiones de inclusión o^ exclusión de servicios y tecnologías  Participar en los procesos de definición de prioridades de salud  Participar en decisiones que puedan significar una limitación o restricción  Participar en la evaluación de los resultados de las políticas de salud.