

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Los mejores documentos en venta realizados por estudiantes que han terminado sus estudios
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Descubre las mejores universidades de tu país según los usuarios de Docsity
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
CUADRO COMPARATIVO DE LAS COSAS CORPORALES E INCORPORALES EN EL DERECHO ROMANO
Tipo: Diapositivas
Oferta a tiempo limitado
Subido el 06/04/2020
5
(4)2 documentos
1 / 3
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!
En oferta
Cosas Corporales Cosa corporal es la que se aprecia por los sentidos, que se puede tocar. Se distingue porque las cosas corporales eran las únicas susceptibles de posesión. Por ejemplo : Un fundo, un esclavo, un vestido, una cantidad de oro o de plata, entre otros. Cosas Incorporales Cosa incorporal es la que no cae bajo el dominio de los sentidos, es una simple concepción del espíritu. Las cosas incorporales no eran susceptibles de posesión, puesto que no se podía tener un poder físico sobre una cosa inmaterial. Un ejemplo de cosa incorporal sería: El derecho de usufructo, los derechos de crédito, entre otros.
Cosas Consumibles Las cosas consumibles son aquellas extinguibles por su primer uso y que de acuerdo con su naturaleza pasan a otro patrimonio, como es el caso de los alimentos, de los granos, del dinero. El consumo puede ser de tipo material cuando la cosa se extingue físicamente; y comercial, cuando la cosa desaparece para el sujeto que la usa y pasa al patrimonio de otra persona. Cosas Inconsumibles Son aquellas que se usan, pero que no se consumen. Las cosas consumibles son fungibles, pero no todas las cosas fungibles son consumibles. Por ejemplo, un libro en manos de un librero, es una cosa fungible, él tiene muchos libros y cuando una persona le va a comprar uno le entrega el libro, pero no es consumible, ya que su uso normal es el de ser leído y la lectura no es condición de su desaparición.
Propiedad La propiedad entraña un poder jurídico sobre las cosas. El derecho de propiedad era absoluto y se define por el dominio exclusivo del propietario sobre el objeto. Por ejemplo: El propietario de un fundo, el propietario de un esclavo, entre otros. Posesión La posesión es el derecho de tener una cosa corporal en su poder, reteniéndola con la voluntad de poseerla y disponer de ella como lo haría su propietario. Las cosas que podían ser objetos de posesión, eran las cosas susceptible de propiedad privada y las cosas corporales.