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Infografía de el proceso de justicia restaurativa, Esquemas y mapas conceptuales de Derecho Civil

Se detalla el proceso de la Justicia restaurativa de los mecanismos alternativos de solución de controversias

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2023/2024

Subido el 27/05/2024

paola-adamary-paramo
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sus procesos
Justicia restaurativa y
I. Restaurar a la parte afectada en el ámbito emocional, material y
social;
II. Procurar la integración de las partes en su entorno evitando futuros
conflictos;
III. Ayudar a las partes a comprender el impacto de las decisiones
tomadas frente al conflicto y adoptar la responsabilidad que les
corresponda;
Obje tivo s
IV. Gen erar esp acios se guros d e integr ación so cial y
comunit aria en ámbitos familia res, esc olares, vecinale s y
demás e scenario s de des arrollo de la p ersona;
V. Brin dar a la s partes la opo rtunidad de desa rrollar un plan
para tr atar de atender las con secuenci as del c onflicto , y
VI. Aux iliar en la solu ción de conflic tos en e l ámbito escolar ,
procura ndo la r eparació n, rein corporac ión y re stauraci ón de
las rel aciones entre la s parte s afecta das, sie mpre act uando
con per sonal es pecializ ado en perspect iva de i nfancia y
adolesc encia.
Los procesos o prácticas restaurativas se podrán llevar a cabo a través de
cualquier metodología que, a juicio de la persona facilitadora y
especializada, produzca resultados restaurativos, entendiéndose como tales
el reconocimiento de la responsabilidad, la reparación del daño, la restitución
de derechos o el servicio a la comunidad, siempre bajo una expectativa de
no repetición, ello encaminado a atender las necesidades y
responsabilidades individuales y colectivas de las partes
Artí culo 8 2
Las personas facilitadoras especializadas en Justicia Restaurativa
podrán ofrecer procesos restaurativos a las partes en los mecanismos
alternativos de solución de controversias.
En los procesos restaurativos se podrá contar con la participación de
equipos multidisciplinarios, de acuerdo a las necesidades del
conflicto.
Arti culo 8 3
Para el ejercicio de los procesos restaurativos se podrá contar con la
participación de especialistas en disciplinas diversas, bajo la
coordinación en todos los casos de las personas facilitadoras
encargadas de los mecanismos alternativos de solución de
controversias que corresponda, con la finalidad de fomentar el
bienestar psicológico y emocional de las partes involucradas en el
conflicto.
Artí culo 84
Los procesos de justicia restaurativa, a su vez pueden comprender la
implementación de procesos de justicia terapéutica con la finalidad de
abordar el conflicto de manera integral, con tendencia a la
humanización de la justicia alternativa y para atender y prevenir los
factores de riesgo que están perpetuando el conflicto y la vulneración
de los derechos de los intervinientes en él.
Arti culo 8 5
Art.81 Las prác ticas o proceso s r estaurat ivos tendrá n po r
obje to aten der las necesi dades y respon sabilida des
indi viduales y col ectivas de la s partes invo lucrada s e n u n
conf licto, busca ndo l ograr la integrac ión de la s mi smas en
su e ntorno d e desar rollo.

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¡Descarga Infografía de el proceso de justicia restaurativa y más Esquemas y mapas conceptuales en PDF de Derecho Civil solo en Docsity!

sus procesos

Justicia restaurativa y

I. Restaurar a la parte afectada en el ámbito emocional, material y social; II. Procurar la integración de las partes en su entorno evitando futuros conflictos; III. Ayudar a las partes a comprender el impacto de las decisiones tomadas frente al conflicto y adoptar la responsabilidad que les corresponda;

Objetivos

IV. Generar espacios seguros de integración social y comunitaria en ámbitos familiares, escolares, vecinales y demás escenarios de desarrollo de la persona; V. Brindar a las partes la oportunidad de desarrollar un plan para tratar de atender las consecuencias del conflicto, y VI. Auxiliar en la solución de conflictos en el ámbito escolar, procurando la reparación, reincorporación y restauración de las relaciones entre las partes afectadas, siempre actuando con personal especializado en perspectiva de infancia y adolescencia. Los procesos o prácticas restaurativas se podrán llevar a cabo a través de cualquier metodología que, a juicio de la persona facilitadora y especializada, produzca resultados restaurativos, entendiéndose como tales el reconocimiento de la responsabilidad, la reparación del daño, la restitución de derechos o el servicio a la comunidad, siempre bajo una expectativa de no repetición, ello encaminado a atender las necesidades y responsabilidades individuales y colectivas de las partes Artículo 82 Las personas facilitadoras especializadas en Justicia Restaurativa podrán ofrecer procesos restaurativos a las partes en los mecanismos alternativos de solución de controversias. En los procesos restaurativos se podrá contar con la participación de equipos multidisciplinarios, de acuerdo a las necesidades del conflicto. Articulo 83 participación^ Para el ejercicio de los procesos restaurativos se podrá contar con la de especialistas en disciplinas diversas, bajo la coordinación encargadas ende todoslos mecanismos los casos dealternativos las personas de soluciónfacilitadoras de controversias bienestar psicológico y emocional de las partes involucradas en el que corresponda, con la finalidad de fomentar el conflicto.

Artículo 84

Los procesos de justicia restaurativa, a su vez pueden comprender la

implementación de procesos de justicia terapéutica con la finalidad de

abordar el conflicto de manera integral, con tendencia a la

humanización de la justicia alternativa y para atender y prevenir los

factores de riesgo que están perpetuando el conflicto y la vulneración

de los derechos de los intervinientes en él.

Articulo 85 Art.81 Las prácticas o procesos restaurativos tendrán por objeto atender las necesidades y responsabilidades individuales y colectivas de las partes involucradas en un conflicto, buscando lograr la integración de las mismas en su entorno de desarrollo.