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Generalidades sobre los Derechos humanos, Exámenes de Derechos Humanos

Doctrina sobre las generalidades de los derechos humanos IG: @Rafaaelgomez enviar si tienes dudas al respecto, podría ser de gran ayuda

Tipo: Exámenes

2019/2020

Subido el 29/09/2020

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UNIVERSIDAD RAFAEL BELLOSO CHACIN
FACUTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y JURÍDICAS
DERECHOS HUMANOS. SECCION D-613
Nombre: RAFAEL GÓMEZ C.I 30.519.576
TALER #1
1. Explique desde el punto de vista doctrinal que se entiende por
Derechos Humanos y ¿cuáles son sus características?
Los Derechos Humanos vienen relacionados con la dignidad humana, la
concepción de Héctor Faúndez (Instituto Interamericano de derechos
Humanos.1996,) afirma que: “Los derechos humanos pueden definirse como las
prerrogativas que, conforme al Derecho Internacional, tiene todo individuo frente a
los órganos del poder para preservar su dignidad como ser humano, y cuya
función es excluir la interferencia del Estado en áreas específicas de la vida
individual, o asegurar la prestación de determinados servicios por parte del
Estado, para satisfacer sus necesidades básicas, y que reflejan las exigencias
fundamentales que cada ser humano puede formular a la sociedad de que forma
parte”. Por otra parte, las características de los derechos humanos nos ayudan a
comprender de una mejor manera que son y qué elementos poseen. Estas
características son: Innatos o inherentes: Son innatos o inherentes porque todas
las personas nacemos con derechos que nos pertenecen simplemente por nuestra
condición de ser. Son universales: porque son aplicables a todas las personas
sin distinción alguna pues estos derechos son de y para todas y todos. Son
inalienables e intransferibles: porque a nadie puede cancelársele o destituírsele
y, al mismo tiempo, nadie puede renunciar a ellos, puesto que son inherentes a las
personas. Son acumulativos, imprescriptibles o irreversibles: dado que ningún
ser humano puede renunciar a ellos ni transferirlos. Son inviolables: Nadie está
autorizado para atentar, lesionar o destruir los derechos humanos de una persona.
Esto quiere decir que las personas y los gobiernos deben regirse por el respeto a
los derechos humanos. Son Obligatorios: es obligatorio respetar todos los
derechos humanos incluidos en nuestras leyes y también aquellos que aún no lo
están. El Estado tiene la obligación de adoptar de manera oportuna y adecuada
todas las medidas a su alcance para garantizar la realización de los derechos.
Son indivisibles, interdependientes, complementarios y no jerárquicos: Los
derechos humanos están relacionados entre sí. Es decir, no podemos hacer
ninguna separación ni pensar que unos son más importantes que otros. La
negación de algún derecho en particular significa poner en peligro el conjunto de la
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¡Descarga Generalidades sobre los Derechos humanos y más Exámenes en PDF de Derechos Humanos solo en Docsity!

UNIVERSIDAD RAFAEL BELLOSO CHACIN

FACUTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y JURÍDICAS

DERECHOS HUMANOS. SECCION D-

Nombre: RAFAEL GÓMEZ C.I 30.519. TALER #

1. Explique desde el punto de vista doctrinal que se entiende por Derechos Humanos y ¿cuáles son sus características? Los Derechos Humanos vienen relacionados con la dignidad humana, la concepción de Héctor Faúndez (Instituto Interamericano de derechos Humanos.1996,) afirma que: “Los derechos humanos pueden definirse como las prerrogativas que, conforme al Derecho Internacional, tiene todo individuo frente a los órganos del poder para preservar su dignidad como ser humano, y cuya función es excluir la interferencia del Estado en áreas específicas de la vida individual, o asegurar la prestación de determinados servicios por parte del Estado, para satisfacer sus necesidades básicas, y que reflejan las exigencias fundamentales que cada ser humano puede formular a la sociedad de que forma parte”. Por otra parte, las características de los derechos humanos nos ayudan a comprender de una mejor manera que son y qué elementos poseen. Estas características son: Innatos o inherentes: Son innatos o inherentes porque todas las personas nacemos con derechos que nos pertenecen simplemente por nuestra condición de ser. Son universales: porque son aplicables a todas las personas sin distinción alguna pues estos derechos son de y para todas y todos. Son inalienables e intransferibles : porque a nadie puede cancelársele o destituírsele y, al mismo tiempo, nadie puede renunciar a ellos, puesto que son inherentes a las personas. Son acumulativos, imprescriptibles o irreversibles: dado que ningún ser humano puede renunciar a ellos ni transferirlos. Son inviolables: Nadie está autorizado para atentar, lesionar o destruir los derechos humanos de una persona. Esto quiere decir que las personas y los gobiernos deben regirse por el respeto a los derechos humanos. Son Obligatorios: es obligatorio respetar todos los derechos humanos incluidos en nuestras leyes y también aquellos que aún no lo están. El Estado tiene la obligación de adoptar de manera oportuna y adecuada todas las medidas a su alcance para garantizar la realización de los derechos. Son indivisibles, interdependientes, complementarios y no jerárquicos: Los derechos humanos están relacionados entre sí. Es decir, no podemos hacer ninguna separación ni pensar que unos son más importantes que otros. La negación de algún derecho en particular significa poner en peligro el conjunto de la

dignidad de la persona, por lo que el disfrute de algún derecho no puede hacerse a costa de los demás.

2. Explique según la doctrina la clasificación de los Derechos Humanos. Eusebio Fernández (El Problema de los fundamentos de los Derechos Humanos, Madrid, España. 1981). Maneja una clasificación de los derechos humanos basada en generaciones, que engloban distintas ramas del Derecho, estas generaciones son: Primera generación: En esta generación corresponden los derechos Civiles y políticos. Los derechos civiles protegen la vida personal e individual, esto comprende a su vez los derechos de la intimidad personal, los derechos de seguridad personal, los de seguridad económica y los derechos de libertad económica. A su vez, los Derechos políticos son derechos de intervención en la formación de la opinión pública. Segunda Generación: en esta generación corresponden los Derechos sociales, económicos y culturales. Los primeros comprenden los derechos de desenvolvimiento personal y los derechos estrictos que implican una prestación positiva del Estado inspirándose en los principios de justicia y seguridad social. Tercera Generación: Abarcan los Derechos de Solidaridad, este grupo fue promovido a partir de la década de los setenta para incentivar el progreso social y elevar el nivel de vida de todos los pueblos, en un marco de respeto y colaboración mutua entre las distintas naciones de la comunidad internacional. Entre otros, destacan los relacionados con: La autodeterminación. La independencia económica y política. La identidad nacional y cultural. 3. Explique desde el punto de vista doctrinal la conceptualización de las siguientes bases filosóficas, cite autores: a. Dignidad del Hombre, b. Tesis del Derecho Natural, c. Tesis del derecho Positivo, d. Derechos y deberes del Hombre. Dignidad del hombre: Cfr. FERNÁNDEZ, (Dignidad Humana y Ciudadanía Cosmopolita, 2002) “el valor de cada persona, el respeto mínimo a su condición de ser humano, respeto que impide que su vida o su integridad sea sustituida por otro valor social”. Tesis del derecho natural: Serna Pedro, “Ius naturalismo” (Diccionario de filosofía, 2010) afirma que el Derecho natural en términos generales es aquel conjunto de principios de razón práctica que muestran las formas básicas de realización humana, y que distinguen el pensamiento práctico correcto respecto del incorrecto. Tesis del derecho positivo: Rolando Tamayo y Salmorán (Teoría del Derecho Global, 2006) Está constituido por el conjunto normativo vigente en un momento determinado; es decir, es el conjunto de reglas que, por hallarse en vigor, han de aplicarse a los casos que lo ameriten con la última del Estado. Derechos y deberes del Hombre: DECLARACIÓN

año 1821 cuando el país se independiza completamente de los colonizadores españoles y la esclavitud llega a su fin. Sin embargo, luego de las violaciones a los derechos humanos durante las dos dictaduras del siglo XX es en 1999 cuando se consagra una nueva Constitución conteniendo importantes disposiciones en materia de protección a los derechos humanos tanto civiles y políticos como económicos, sociales y culturales. El Habeas Corpus: ( Guillermo Pérez Gómez) Es una institución jurídica que obliga a que toda persona detenida sea presentada en un plazo preventivo determinado ante el juez de instrucción. Bill of Rights: La 'Carta de Derechos de los Estados Unidos' es el nombre colectivo que se le otorgan a las primeras diez enmiendas de la Constitución de los Estados Unidos aprobadas el 15 de diciembre de 1791. La Declaración de Virginia: Es un documento redactado en 1776 para proclamar los derechos inherentes de los hombres, incluido el derecho a reformar o abolir un gobierno "inadecuado". Influyó en varios documentos posteriores, incluida la Declaración de Independencia de los Estados Unidos (1776) y la Declaración de Derechos de los Estados Unidos (1789). La declaración de la independencia de Estados Unidos: La Declaración de Independencia de los Estados Unidos de América es un documento redactado por el segundo Congreso Continental el 4 de julio de 1776 que proclamó que las Trece Colonias norteamericanas, entonces en guerra con el Reino de Gran Bretaña— se habían autodefinido como trece nuevos Estados soberanos e independientes y ya no reconocían el dominio británico. La declaración del hombre y el ciudadano: En 1789, el pueblo de Francia causó la abolición de una monarquía absoluta y creó la plataforma para el establecimiento de la primera República Francesa. La Declaración proclama que a todos los ciudadanos se les deben garantizar los derechos de “libertad de propiedad, seguridad y resistencia a la opresión”.

7. Identifique el articulado que le da inicio en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela a los Derechos Humanos Los Derechos Humanos se encuentran consagrados en La constitución de la República Bolivariana de Venezuela a partir del artículo 19, ubicado en el título III “De los Derechos Humanos y Garantías”. Dicho artículo hace referencia sobre la obligación que tiene el Estado al garantizar a todas las personas dentro del territorio nacional sin discriminación alguna, el goce y ejercicio de los Derechos Humanos. 8. Explique el principio de progresividad a la luz del derecho venezolano. La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia ha interpretado, que uno de los aspectos fundamentales del principio de progresividad, es el fortalecer los mecanismos de protección de los derechos y que no solo la interpretación, sino

incluso la creación de las normas deben hacerse respetando el contenido de esos derechos. La Sentencia Nº 1654 del 13 de julio de 2007, Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, señala que la progresividad de los derechos humanos mencionados en el artículo 19 de la Constitución se refiere a la tendencia general de mejorar cada vez más la protección que debe brindar el Estado al tratamiento de estos derechos de las personas”. Y en consecuencia, la obligación correlativa de no disminuirlos. Así mismo, Jaime Rodríguez Arana, “Los Derechos Fundamentales en el Estado Social y el Derecho Administrativo Constitucional”, Caracas. 2006. Sostiene que el principio de progresividad de los derechos humanos en Venezuela debe además interpretarse de conformidad con el artículo 2 de la Constitución que propugna que “Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia”

9. Explique la cláusula abierta de los derechos humanos, y la jerarquía constitucional de los derechos humanos en el derecho positivo venezolano. La cláusula abierta de los derechos humanos se encentra en el artículo 22 de la Constitución “La enunciación de los derechos y garantías contenidos en esta Constitución y en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos no debe entenderse como negación de otros que, siendo inherentes a la persona, no figuren expresamente en ellos. La falta de ley reglamentaria de estos derechos no menoscaba el ejercicio de los mismos”. Así mismo, La constitución de 1999 les ha otorgado un rango constitucional a los tratados internacionales sobre Derechos Humanos. Pues, así se encuentra establecido en el artículo 23: Artículo 23. “Los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorable a las establecidas por esta Constitución y la ley dela República, y son de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del Poder Público”. BIBLIOGRAFÍA.  www.temasdederecho.wordpress.com/  “Programa Venezolano de educación en Derechos Humanos. Provea. Caracas, 2008.  www.archives.gov/espanol/declaracion-de-derechos.html  www.leyderecho.org/derecho-positivo/  www.endvawnow.org