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Flujograma notificacion en derecho laboral D. 806/2020 colombia, Esquemas y mapas conceptuales de Derecho Laboral

es un flijograma en el cual se presenta la explicacion de la forma en que se notifican los procesos laborales de acuerdo con el D. 806 de 2020

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2020/2021

Subido el 09/06/2021

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Lina Vanessa Guerrero
ID: U00097404
NOTIFICACION
PERSONAL
Antes del Covid-19
Se regía por los arts. 29
y 41 del CPT y de la SS;
y el art. 291 del CGP.
Con ocasión de la
pandemia por Covid-19
Se rige por el D. 806 de
2020.
¿Se conoce la
dirección de la
persona a
notificar?
¿Se conoce
la dirección
de la persona
a notificar?
Buyj3328-
SI
NO
SI
Se surte la notificación
personal, previa citación o
aviso en concordancia con
el art. 291 del CGP.
Se procede al emplazamiento y al
nombramiento de curador ad litem;
de acuerdo a lo señalado en los
arts. 29 del CPT y de la SS y 108
del CGP.
Se procede a notificarse
de manera electrónica, a
través de mensaje de
datos. Art. 8 del D. 806 de
2020.
Se envía la providencia a la
dirección de correo electrónico o
sitio web informado. Si se deben
enviar anexos, estos deberán
adjuntarse en el mismo mensaje.
Se entenderá por notificado
en debida forma,
transcurridos dos días
hábiles siguientes al envío
del mensaje de datos. Los
términos comenzarán a
correr desde el día siguiente
a la notificación.
Se procederá al
emplazamiento en los
términos del art. 10 del D.
806 de 2020. Únicamente
a través del registro
nacional de personas
emplazadas.
¿La dirección
de notificación
es
electrónica?
SI
NO
La Corte Constitucional en
Sentencia C-420 de 2020,
condicionó el inciso 3 del art. 8,
en el entendido que el termino de
2 días hábiles allí dispuesto, se
empezara a contar cuando se
recepcione el acuse de recibo o
se pueda constatar por medio de
un software el acceso del
destinatario al mensaje de datos.
El demandante enviará por correo certificado la
citación para notificación personal (art 291 del
CGP) no obstante, ésta no se surtirá
físicamente, por lo tanto, en la comunicación
enviada deberá incluirse correo electrónico del
Juzgado para que la persona a notificar pueda
comunicarse y se cumpla con lo dispuesto en el
art. 8 del D. 806 de 2020.

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Lina Vanessa Guerrero

ID: U

NOTIFICACION

PERSONAL

Antes del Covid- 19 Se regía por los arts. 29 y 41 del CPT y de la SS; y el art. 291 del CGP. Con ocasión de la pandemia por Covid- 19 Se rige por el D. 806 de

¿Se conoce la dirección de la persona a notificar? ¿Se conoce la dirección de la persona a notificar?

Buyj3328-

SI

NO

SI

NO

Se surte la notificación personal, previa citación o aviso en concordancia con el art. 291 del CGP. Se procede al emplazamiento y al nombramiento de curador ad litem; de acuerdo a lo señalado en los arts. 29 del CPT y de la SS y 108 del CGP. Se procede a notificarse de manera electrónica, a través de mensaje de datos. Art. 8 del D. 806 de

Se envía la providencia a la dirección de correo electrónico o sitio web informado. Si se deben enviar anexos, estos deberán adjuntarse en el mismo mensaje. Se entenderá por notificado en debida forma, transcurridos dos días hábiles siguientes al envío del mensaje de datos. Los términos comenzarán a correr desde el día siguiente a la notificación. Se procederá al emplazamiento en los términos del art. 10 del D. 806 de 2020. Únicamente a través del registro nacional de personas emplazadas. ¿La dirección de notificación es electrónica?

SI

NO

La Corte Constitucional en Sentencia C-420 de 2020, condicionó el inciso 3 del art. 8, en el entendido que el termino de 2 días hábiles allí dispuesto, se empezara a contar cuando se recepcione el acuse de recibo o se pueda constatar por medio de un software el acceso del destinatario al mensaje de datos. El demandante enviará por correo certificado la citación para notificación personal (art 291 del CGP) no obstante, ésta no se surtirá físicamente, por lo tanto, en la comunicación enviada deberá incluirse correo electrónico del Juzgado para que la persona a notificar pueda comunicarse y se cumpla con lo dispuesto en el art. 8 del D. 806 de 2020.