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ESQUEMA 7 O MAPA CONCEPTUAL LEY 600, Ejercicios de Derecho Penal

ESQUEMA 7 O MAPA CONCEPTUAL LEY 600

Tipo: Ejercicios

2020/2021
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Subido el 06/10/2021

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LEY 600 DE 2000
Por la cual se expide el código de procedimiento penal
Sistema procesal mixto con rezagos inquisitivos, pero con una marcada tendencia acusatoria.
ETAPAS PROCESALES
INVESTIGACIÓN
Fiscal y Policía Judicial
JUZGAMIENTO
Juez de Conocimiento
ACCIÓN PENAL
- Denuncia.
- Querella.
- Petición → De parte.
→De oficio.
Art. 322 PREVIA
Determinar si existe acción penal. Término
de 6 meses. Resolución de apertura de
instrucción o de inhibitoria.
Art. 393 CALIFICACIÓN
Mediante providencia de
sustanciación se declarará
cerrada la investigación. El
expediente pasa al
Despacho para calificación.
Se corre traslado por ocho
(8) días a los sujetos
procesales para presentar
solicitudes. La calificación se
verificará en un plazo
máximo de quince (15) días
hábiles.
Art. 398 Resolución de
Acusación: Narración sucinta de
la conducta investigada.
Circunstancias de modo, tiempo
y lugar. Indicación y evaluación
de las pruebas.
Art. 399 Resolución de
preclusión de la instrucción: Se
dicta cesación de
procedimiento. En caso de duda,
se resolverá a favor del
procesado.
El proceso queda a
disposición común de los
sujetos procesales por el
término de quince (15)
días, para preparar las
audiencias preparatoria y
pública.
Art. 401 PREPARATORIA
Finalizado el término de traslado común, el juez citará
a la audiencia dentro de los cinco (05) días siguientes,
donde se resolverán nulidades y pruebas a practicar
en la audiencia pública. El juez podrá decretar
pruebas de oficio. Se fijará fecha y hora para la
celebración de la audiencia pública dentro de los diez
(10) días hábiles siguientes.
Art. 403 AUDIENCIA
PÚBLICA
El juez concederá la
palabra en el siguiente
orden: Fiscal,
Representante de
Ministerio Público,
Apoderado de la parte
civil, Sindicado y Defensor.
Los sujetos procesales
podrán interrogar al
sindicado.
Se procederá a la
práctica de pruebas.
Art. 410 Sentencia.
Finalizada la práctica de pruebas y la intervención de
los sujetos procesales, el Juez decidirá dentro de los
quince (15) días siguientes.
No es reformable ni revocable por el mismo juez o
sala de decisión que la hubiera dictado, salvo en caso de
error aritmético, en el nombre del procesado o de
omisión sustancial en la parte resolutiva.
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¡Descarga ESQUEMA 7 O MAPA CONCEPTUAL LEY 600 y más Ejercicios en PDF de Derecho Penal solo en Docsity!

LEY 600 DE 2000

Por la cual se expide el código de procedimiento penal

Sistema procesal mixto con rezagos inquisitivos, pero con una marcada tendencia acusatoria.

ETAPAS PROCESALES

INVESTIGACIÓN

Fiscal y Policía Judicial

JUZGAMIENTO

Juez de Conocimiento

ACCIÓN PENAL

- Denuncia.

- Querella.

- Petición → De parte.

→De oficio.

Art. 322 PREVIA

Determinar si existe acción penal. Término de 6 meses. Resolución de apertura de instrucción o de inhibitoria.

Art. 329 INSTRUCCIÓN

Determinar si se ha infringido la ley penal y quiénes son los autores (Sindicado – Imputado) Término de 18 meses. Si son más de 3 sindicados o delitos será de 24 meses. El imputado quedará vinculado al proceso una vez sea escuchado en indagatoria o declarado persona ausente.

Art. 393 CALIFICACIÓN

Mediante providencia de sustanciación se declarará cerrada la investigación. El expediente pasa al Despacho para calificación. Se corre traslado por ocho (8) días a los sujetos procesales para presentar solicitudes. La calificación se verificará en un plazo máximo de quince (15) días hábiles.

Art. 398 Resolución de

Acusación: Narración sucinta de

la conducta investigada.

Circunstancias de modo, tiempo

y lugar. Indicación y evaluación

de las pruebas.

Art. 399 Resolución de

preclusión de la instrucción: Se

dicta cesación de

procedimiento. En caso de duda,

se resolverá a favor del

procesado.

El proceso queda a disposición común de los sujetos procesales por el término de quince (15) días, para preparar las audiencias preparatoria y pública.

Art. 401 PREPARATORIA

Finalizado el término de traslado común, el juez citará a la audiencia dentro de los cinco (05) días siguientes, donde se resolverán nulidades y pruebas a practicar en la audiencia pública. El juez podrá decretar pruebas de oficio. Se fijará fecha y hora para la celebración de la audiencia pública dentro de los diez (10) días hábiles siguientes.

Art. 403 AUDIENCIA

PÚBLICA

✓ El juez concederá la palabra en el siguiente orden: Fiscal, Representante de Ministerio Público, Apoderado de la parte civil, Sindicado y Defensor. ✓ Los sujetos procesales podrán interrogar al sindicado. ✓ Se procederá a la práctica de pruebas.

Art. 410 Sentencia.

✓ Finalizada la práctica de pruebas y la intervención de los sujetos procesales, el Juez decidirá dentro de los quince (15) días siguientes. ✓ No es reformable ni revocable por el mismo juez o sala de decisión que la hubiera dictado, salvo en caso de error aritmético, en el nombre del procesado o de omisión sustancial en la parte resolutiva.