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Recurso de Incidente de Desacato
Tipo: Diapositivas
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Doctor: ISAIAS HINCAPIE MONCADA. Juez Promiscuo Municipal de Arjona Bolívar. E. S. D. REF: INCIDENTE DE DESACATO OLGA LINA PEREZ CASTILLA , mayor de edad, domiciliada y residenciada en la población de Arjona Bolívar, identificada como aparece al pie de mi correspondiente firma, en calidad de accionante dentro de la Acción de Tutela No. 2023/00196-00 , instaurada contra LA ALCALDIA MUNICIPAL DE ARJONA BOLIVAR , comedidamente manifiesto a su despacho que por medio del presente escrito interpongo Incidente de Desacato contra la accionada ALCALDIA MUNICIPAL DE ARJONA BOLIVAR , habida consideración de los siguientes hechos: HECHOS. Por el solo hecho de que la accionada ALCALDIA MUNICIPAL DE ARJONA BOLIVAR, no ha dado cumplimiento al fallo de tutela de fecha abril 11 de 2023 el cual fue notificada vía correo electrónico a todos los intervinientes, y que a la fecha de presentación de este incidente no se ha manifestado al respecto. Lo anterior en atención a lo dispuesto en el artículo 52 y 53 del decreto 2591/91 y la jurisprudencia
de en la sentencia T-459 de junio de 2003 solicito: PRETENSIONES. Ordenar el arresto por una (1) semana del Alcalde Municipal de Arjona Bolívar representante legal de la Misma Isaías Rafael Simancas Castro Identificado con numero de documento 73.559.568 y/o quien haga sus veces. Multar con 10 salarios mínimos LMV al señor , Alcalde Municipal de Arjona Bolívar representante legal de la Misma Isaías Rafael Simancas Castro Identificado con numero de documento 73.559.568 y/o quien haga sus veces. Condenar en costas y perjuicios a el Alcalde Municipal de Arjona Bolívar representante legal de la Misma Isaías Rafael Simancas Castro Identificado con numero de documento 73.559.568 y/o quien haga sus veces. JURISPRUDENCIA DE LA CORTE CONSTITUCIONAL La Corte Constitucional mediante la sentencia T-459 de 2003 se pronunció con relación al incumplimiento tardío de una sentencia de tutela, en los siguientes términos. “Teniendo en cuenta que este incidente tiene como objeto no sólo lograr la efectiva materialización de los derechos fundamentales afectados, sino el de verificar si la persona o autoridad a la cual se le dio la orden de tutela la ha incumplido y establecer si es del caso
La entidad accionada en el Palacio Municipal Plaza Principal de Arjona Bolívar e-mail alcaldia@arjona- bolivar.gov.co La suscrita, a través del correo electrónico derechoadquirido@hotmail.com OLGA LINA PEREZ CASTILLA. C.C 30.763.825 De Arjona Bolívar.