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Resumen del Capitulo 1 De Oscar Lange Economía Política
Tipo: Resúmenes
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Sobre la Historia de la Denominación “Economía Política” y de otras expresiones similares El término “economía” proviene de Aristóteles y designa la ciencia de las leyes de la economía doméstica. En griego Oikos significa casa y nomos Ley. La expresión “Economía Política” empezó a usarse al principio del siglo XVII. La introdujo Montchrestien al publicar en 1615 un libro titulado Traité de l ´economie politique. El adjetivo politique indicaba que se trataba de las leyes de la economía del Estado, en efecto, Montchrestien se ocupó esencialmente en su libro de las finanzas de Estado. Como consecuencia de ello, después se extendió la denominación “Economía política” para designar las investigaciones consagradas a los problemas de la actividad económica social. El termino griego politikos es sinónimo de “social” (asi, Aristoteles definio al hombre como un “animal social” zoon politikon). Por esta causa, consideramos que las expresiones “economia política” y “economia social” son sinónimas, aunque esta ultima exprese mejor el contenido verdadero de esta ciencia. Definición La economía Política o Economía Social, es la Ciencia de las leyes sociales que rigen la producción y la distribución de los medios materiales que sirven para satisfacer las necesidades humanas. … en materia de economía política lo que interesa es su aspecto social. Las necesidades humanas y los medios de satisfacerlas. Una parte de estas necesidades biológicas, cuya satisfacción es indispensable para vivir, las otras consecuencias de la vida en común de los hombres dentro de la sociedad. Estas necesidades son individuales o colectivas. Los bienes son, pues medios materiales que satisfacen las necesidades humanas. La inmensa mayoría de los medios que satisfacen las necesidades se obtienen de la naturaleza por vía de extracción, de transformación, de modificación de los caracteres físicos, químicos o biológicos, por medio de un desplazamiento en el espacio o de la conservación en el tiempo.
La actividad humana encaminada a la utilización de las reservas y de las fuerzas de la naturaleza con el fin de crear bienes, la designamos con el termino producción; en cuenta a los bienes obtenidos por medio de tal actividad, los llamamos productos. La producción es la actividad humana que adapta las reservas y las fuerzas de la naturaleza a las necesidades humanas. Los medios de producción y los medios de consumo. La producción, por consiguiente, se basa en el trabajo. El hombre en sus trabajos, se sirve de diversos objetos materiales que llamamos medios de producción. (Pedir ejemplos) tales como: arados, bestias de carga, maquinas, edificios industriales, vagones, barcos, mineral de hierro, acero, azufre, etc. Algunos medios de producción son transformados en el curso del proceso del trabajo y entonces los denominamos objetos de trabajo. (Pedir ejemplos) son las riquezas naturales, como la tierra, la fauna de los bosques, el carbón de las minas, etc.; así como las materias primas y los productos semi acabados o artículos intermedios tales como el algodón, las maquinas a medio fabricar y otros. Otro segundo grupo de medios de producción sirve para transformar, para modificar los objetos de trabajo, y son los que se llaman medios de trabajo. A título de ejemplo se pueden citar ante todo los instrumentos de trabajo, es decir: objetos especialmente adaptados a la ejecución de una actividad dada como la hachas, las laminas de sierra, las maquinas, el instrumental químico, las locomotoras, etc. Ciertos objetos, que no son verdaderos instrumentos, pero que son, sin embargo, necesarios constituyen igualmente medios de trabajo, ejemplo edificios, carreteras, almacenes e igualmente la tierra (y pueden ser, a la vez objeto de trabajo. Los medios de producción no sirven directamente para la satisfacción de necesidades; pero sirven indirectamente para este fin. Son indispensables para la producción de los bienes que constituyen los medios que las satisfacen. Los primeros los denominamos bienes de producción y los segundos bienes de consumo, a veces se emplean igualmente las expresiones bienes indirectos y bienes directos Lange Oskar. (1966) Economía Política I Problemas Generales. Fondo de Cultura Económica. México-Buenos Aires. Capítulo I
El proceso económico es un conjunto de acciones humanas que se repiten constantemente. En ciertas condiciones, que se derivan del desarrollo histórico de una determinada sociedad, estas acciones se repiten de forma definida, es decir tienen su modelo peculiar de regularidad. El modelo puede descomponerse en ciertos elementos, relaciones o nexos. Esta relaciones o nexos se designan con el nombre de leyes económicas. Se distinguen tres tipos: Leyes causales, son aquellas relaciones en las que a continuación de algún hecho determinado (en el caso considerado, se trata de una acción o de un acto), sobreviene constantemente otro hecho determinado, teniendo en cuenta que esta sucesión de hechos se produce en el tiempo. El primer hecho, el anterior se llama causa , el segundo hecho, el posterior, se llama efecto. Por el contrario Leyes de concomitancia, se componen de relaciones que consisten en que dos o mas hechos aparecen juntos constantemente. Se llaman también leyes de estructura por que los hechos que aparecen constantemente juntos forman una estructura regular de hechos. Por ultimo Leyes funcionales , aparecen cuando existe una relación (o un nexo) entre dos hechos cuantitativamente mensurables, por lo que pueden ser representadas con ayuda de funciones matemáticas. Carácter objetivo de las leyes económicas Las leyes económicas tienen carácter objetivo; es decir, constituyen una característica verdadera, real, del proceso económico. Esto lo expresamos diciendo que las leyes económicas “gobiernan” el proceso económico, que “actúan” en el curso de su desarrollo. Las leyes económicas y las leyes de la economía política Las leyes de la economía política investigan esas leyes económicas que “actúan” objetivamente o, las descubre. Formula los resultados de esta investigación bajo la forma de enunciados que demuestran la acción de las diversas leyes económicas.
Estos enunciados constituyen lo que llamamos las leyes que economía política. Forman un reflejo mas o menos adecuado de las leyes económicas objetivas. Esto significa que las leyes de la economía política no reflejan todos los detalles de las relaciones o nexos que aparecen el proceso económico, solo lo esencial. Carácter estocástico (estadístico) de las leyes económicas Marx y Engels destacaron el carácter estadístico de las leyes económicas. Al analizar el proceso de producción Marx escribe: “Dentro de la misma rama industrial, cada obrero individual, difiere mas o menos del tipo medio del obrero. Estas divergencias individuales que matemáticamente se llaman “errores”, se compensan y desaparecen en cuanto se reúne un número relativamente grande de obreros” Cuando estudia el proceso de la realización de los valores de mercado Marx hace constar: “considerando cada caso aisladamente, se halla dominada por el azar y, por tanto, la ley interior que se impone en el seno de estos casos fortuitos y los regula solo se traduce cuando estos casos fortuitos se agrupan en grandes masas”. En fin, Engels al tratar de la ley de la formación de la tasa de media de beneficio en el capitalismo, dice: “En la realidad, de la tasa de beneficio varia de beneficio en negocio y de año conforme a diversas circunstancias, y la tasa general únicamente existe como promedio de muchas empresas y de una serie de años. ….. esto significa que, para obtener una realidad absoluta y no aproximada, las acciones deben combinarse la acción simultanea de otras leyes. En la masa de acciones repetidas, las consecuencias de las relaciones accesorias o accidentales se compensan o anulan recíprocamente; por el contrario, las relaciones necesarias o esenciales, o sea, las leyes económicas se hacen visibles. La mutua compensación de los efectos de las relaciones accidentales y la aparición de las relaciones necesarias, que se realiza en ciertas condiciones cuando hechos de un determinado tipo que se repiten en forma masiva, es lo que se llama la ley de grandes números. La ley de grandes números permite que se manifiesten las leyes económicas en el proceso económico, o mejor como otros formulan, esta ley constituye la forma especifica en la que se manifiestan las leyes económicas. Precisamente por esto dijimos anteriormente que las leyes económicas tienen carácter estocástico , o sea estadístico. La ley de los grandes números permite también a la economía política formular sus leyes de manera de un reflejo aproximadamente adecuado de las leyes económicas objetivas que actúan en el proceso económico real; y esta ley permite distinguir entre lo necesario y lo casual.
Las relaciones de producción y de distribución determinan los estímulos e incentivos económicos que dirigen la actividad humana, así como los medios de realización a su alcance. Así pues, aparecen leyes económicas que son expresión de los estímulos económicos existentes y de la forma en que los hombres reaccionan antes ellos. Estas leyes se llaman leyes del comportamiento humano. Las relaciones de cooperación, división del trabajo, formas de organización del proceso productivo y las relaciones de balance del proceso productivo determinan las formas en que se intrican o se entrelazan las actividades económicas de los hombres. Algunas relaciones económicas no dependen de las relaciones de producción, sino que son consecuencia de una superestructura de un modo de producción dado (Estado) que influye en el proceso de intrincamiento o entrelazamiento de las acciones humanas. Alcance histórico de las leyes económicas Las leyes económicas, son producto del desarrollo histórico de la sociedad humana, y el alcance de su acción esta también históricamente determinado. Cada ley, tanto en la naturaleza como en la sociedad humana, tiene una acción cuyo alcance esta limitado en el tiempo y en el espacio. Los cambios que intervienen en la naturaleza son muy lentas comparados con los cambios que se operan en la historia de la sociedad humana y, por tanto, comparados con las modificaciones de las condiciones de acción de las leyes económicas. Estas condiciones cambian de una época histórica a otra. La economía política como dice Engels, “es, por tanto, una ciencia sustancialmente histórica. La materia sobre la que versa es una materia histórica; es decir; sujeta a cambio constante; tiene que investigar, en primer término, las leyes especiales de cada etapa de desarrollo de la producción y del intercambio. “No son leyes eternas de la naturaleza, sino leyes históricas que aparecen y desaparecen” El alcance histórico de las diversas leyes económicas varia, en consecuencia, según la duración de la validez de las condiciones que son fuente de su acción. Por esto, es necesario definir de forma mas detallada el alcance de estas diversas condiciones, así como el de las leyes económicas que le corresponden. Alcance de las leyes técnicas y de balance de la producción
Las leyes técnicas y de balance de la producción de la producción tiene un carácter social e histórico de la misma manera que el proceso mismo de la producción. Puesto que, conforme a la ley del desarrollo progresivo de las fuerzas productivas, el desarrollo de estas fuerzas no se hace en principio sino en una sola dirección; su desarrollo hacer surgir nuevas y más diversificadas leyes técnicas y de balance de la producción, a la vez que las leyes mas antiguas, mas generales siguen actuando. Leyes específicas de una formación social dada Determinadas por las relaciones de producción y las relaciones de producción y las relaciones de distribución que les corresponden, de tal manera que su acción se limita exclusivamente a una formación social históricamente definida, e incluso únicamente a una fase particular del desarrollo de esta formación social dada. Leyes económicas comunes a diversas formaciones sociales Estas expresan propiedades comunes a las bases económicas de varias formaciones: su acción se extiende sobre todas aquellas cuya base económica posee dichas propiedades comunes o relaciones que se manifiestan en más de una formación social. (Ley de oferta y demanda y ley de la formación de los precios). Leyes que se desprenden de la acción reciproca de las superestructuras Estas leyes se modifican a través de la formación social, al mismo tiempo que se modifica la acción reciproca de la superestructura. (Estado), que se modifican al mismo tiempo que sufre transformaciones, especialmente cuando las sufre superestructura político-jurídica de la formación. El modo de acción de la formación social Cada formación social constituye un complejo equilibrado interiormente constituido por las fuerzas productivas y las relaciones de producción, que juntas forman el modo de producción. Este modo constituye un sistema de relaciones de causa y efecto que aparece en una formación social determinada y cuyos eslabones son las diversas leyes económicas. Su acción se ordena en un todo; se desarrolla un sistema de acción de las leyes económicas, característico de la formación social considerada. La ley económica fundamental de una formación social Es la ley particular que determina todo el mundo de acción de la formación social, subordinado el empleo de los medios de producción y las fuerzas productivas, determina el principal incentivo económico. Por tanto, la acción de todas las leyes económicas de una formación dada esta subordinada a la ley económica fundamental de dicha formación. Las leyes económicas y los procesos sociológicos dialecticos
Las leyes económicas en el socialismo Esto no significa que, en las condiciones de la formación social socialista, las leyes dejen de actuar o pierdan el carácter de leyes que funcionan independientemente de la conciencia y de la voluntad de los hombres. Vencer la espontaneidad del proceso del desarrollo social no consiste, pues, en eliminar la acción de las leyes económicas, ya que esto es imposible, sino crear condiciones en las cuales “las causas sociales puestas en movimiento” provoquen “los efectos deseados”. Lange Oskar. (1966) Economía Política I Problemas Generales. Fondo de Cultura Económica. México-Buenos Aires. Capítulo III