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DERECHO PENAL ENEMIGO, Esquemas y mapas conceptuales de Derecho Penal

ESTE DOCUMENTO ES SOBRE EL DERECHO PENAL DEL ENEMIGO ARGUMENTADA POR Manuel Cancio Meliá Y Günther Jakobs ELABORADO EN UN MAPA CONCEPTUAL

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2019/2020

Subido el 05/07/2020

jhosep-valentino
jhosep-valentino 🇵🇪

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MAPA CONCEPTUAL “DERECHO
PENAL DEL ENEMIGO
Alumno: BARRANTES VALENTIN JHOSEP ARTURO
Curso: DERECHO PENAL
Sección: F
Define:
o
sostiene:
DERECHO PENAL DEL
ENEMIGO
El derecho penal del enemigo se define como un
discurso teórico doctrinal y planteamiento político
criminal dirigido a instaurar un sistema punitivo
distinto del derecho penal ordinario, garantista, liberar
de la persona o del ciudadano, con la finalidad de
identificar aquel sujeto que se consideran peligrosos y
que se ha apartado del derecho.
Günther
Jakobs
El derecho penal enemigo es un derecho penal que
castiga a un determinado sujeto por haber cometido una
acción o un hecho contrario al ordenamiento jurídico, el
cual quedo en el pasado; sin embargo, también es
castigado por su probabilidad de peligrosidad futura.
Que no todos los ciudadanos pueden
ser considerados como persona, ya
que aparte está el enemigo.
Persona
Aquel individuo que
representa un papel en la
sociedad que aporta un rol
en armonía con las normas.
Individuos que con su actitud o
mediante su incorporación a
organizaciones delictivas se
apartan del derecho estos no
organizan comportamiento
conforme a derecho, se
dedican a actividades delictivas.
Günther Jakobs clasifica
al ciudadano en 3 fases:
El ciudadano que
no está en
contra con el
ordenamiento
jurídico
El sujeto que está en contra
del ordenamiento jurídico
gracias al poder coactivo del
estado es llamado al orden a
reparar el daño causado
El enemigo por su
conducta delincuencial
no puede ser llamado
al orden jurídico
Conclusión
El derecho penal del enemigo se
encarga de estos sujetos que son
enemigos de la sociedad, y por lo
tanto no puede ser encargado del
derecho penal
Manuel
Cancio Meliá
Sostiene que el derecho penal
enemigo es una factualizacion, es
decir lo contrario de una
normativización con el fin de
identificar el peligro que emana
de una determinada persona
Menciona que Günther Jakobs no
describe cual es la situación real de
las sociedades que recurran a
normas de estas características ya
que cuando un determinado sujeto
es elegido como enemigo refleja un
conflicto social que está detrás de
sus actos delincuenciales.
El derecho penal enemigo
se refiere a situaciones
que la identidad de la
sociedad está implicada
es producto de una
situación social
Este pensamiento se vio
reflejado por el
acontecimiento
terrorista ocurrido en el
año 2001 en New york

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MAPA CONCEPTUAL “DERECHO

PENAL DEL ENEMIGO”

Alumno: BARRANTES VALENTIN JHOSEP ARTURO Curso: DERECHO PENAL Sección: F Define: o sostiene:

DERECHO PENAL DEL

ENEMIGO

El derecho penal del enemigo se define como un discurso teórico doctrinal y planteamiento político criminal dirigido a instaurar un sistema punitivo distinto del derecho penal ordinario, garantista, liberar de la persona o del ciudadano, con la finalidad de identificar aquel sujeto que se consideran peligrosos y que se ha apartado del derecho.

Günther

Jakobs

El derecho penal enemigo es un derecho penal que castiga a un determinado sujeto por haber cometido una acción o un hecho contrario al ordenamiento jurídico, el cual quedo en el pasado; sin embargo, también es castigado por su probabilidad de peligrosidad futura. Que no todos los ciudadanos pueden ser considerados como persona, ya que aparte está el enemigo. Persona Aquel individuo que representa un papel en la sociedad que aporta un rol en armonía con las normas. Enemigo Individuos que con su actitud o mediante su incorporación a organizaciones delictivas se apartan del derecho estos no organizan comportamiento conforme a derecho, se dedican a actividades delictivas. Günther Jakobs clasifica

al ciudadano en 3 fases:

El ciudadano que no está en contra con el ordenamiento jurídico El sujeto que está en contra del ordenamiento jurídico gracias al poder coactivo del estado es llamado al orden a reparar el daño causado El enemigo por su conducta delincuencial no puede ser llamado al orden jurídico Conclusión El^ derecho penal del enemigo se encarga de estos sujetos que son enemigos de la sociedad, y por lo tanto no puede ser encargado del derecho penal

Manuel

Cancio Meliá

Sostiene que el derecho penal enemigo es una factualizacion, es decir lo contrario de una normativización con el fin de identificar el peligro que emana de una determinada persona Menciona que Günther Jakobs no describe cual es la situación real de las sociedades que recurran a normas de estas características ya que cuando un determinado sujeto es elegido como enemigo refleja un conflicto social que está detrás de sus actos delincuenciales. El derecho penal enemigo se refiere a situaciones que la identidad de la sociedad está implicada es producto de una situación social Este pensamiento se vio reflejado por el acontecimiento terrorista ocurrido en el año 2001 en New york