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DERECHO DE PETICION A CONSTRUCTORA CON EL FIN DE SOLICITAR DEVOLUCION DE DINERO, Ejercicios de Derecho Constitucional

Derecho de petición a constructora solicitando devolucion de dinero

Tipo: Ejercicios

2020/2021

Subido el 01/04/2024

isabel-cristina-lopez-enciso
isabel-cristina-lopez-enciso 🇨🇴

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Santiago de Cali, 30 de Octubre de 2022
Señores
CONSTRUCTORA HABITEK S.A.S
Attn: Sr. FRANCISCO MUÑOZ
Gerente
Ciudad
Ref: Derecho de Petición
Reciba un respetuoso saludo.
Nosotros, Diana Patricia Posada Mesa, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía numero
43869821 y Diego Alberto Gallego identificado con la cédula de ciudadanía número 71792128, en ejercicio
del derecho de petición que consagra el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia, Ley 1755 del
30 de junio de 2015 y demás normas concordantes, por medio del presente me permito solicitar se atienda
la petición que más adelante formulare, de conformidad a los siguientes HECHOS:
1. El 10 de abril de 2019 nos vinculamos al proyecto inmobiliario LIVING APARTAESTUDIOS,
desarrollado por ustedes, suscribiendo el encargo fiduciario número 10044140277-3 de ALIANZA
FIDUCIARIA S.A., con el cual reservamos el apartamento 403 y el parqueadero 19. En dicho encargo
se estableció un precio del inmueble correspondiente a CIENTO NOVENTA Y SIETE MILLONES
DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL PESOS ($197.265.000) MCTE, con todos los acabados y
totalmente terminado de acuerdo con los planos y las imágenes entregadas en la cotización, con
una cuota inicial de $59´179.500, la cual a la fecha se encuentra pagada en su totalidad, y un
saldo de $138´085.000 mcte.
2. El 11 de abril de 2019 recibimos una comunicación por escrito, firmada por la gerencia de HABITEK
en la cual nos informaban la aprobación de nuestra solicitud de venta del referido inmueble en
obra gris, y que “una vez el proyecto alcance el punto de equilibrio y esté próximo a iniciar obra se
informará sobre el descuento a realizar por entregarse en obra gris y se formalizará mediante otro
si para modificar el valor total del apartamento.”
3. No obstante la anterior comunicación, a la fecha no hemos recibimos el otrosí para modificar el
encargo fiduciario en cuento a la entrega en obra gris, y por consecuencia, en el valor final del
inmueble, y si bien es cierto recibimos un otros Si del contrato de promesa de Compra Venta el
día 14 de Septiembre del 2022 vía correo electrónico, esta no correspondía a las condiciones
comerciales de nuestra reserva, lo cual fue comunicado a la señora Ana María Hernández vía
telefónicos sin que hasta la fecha hayamos recibido una respuesta.
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Santiago de Cali, 30 de Octubre de 2022 Señores CONSTRUCTORA HABITEK S.A.S Attn: Sr. FRANCISCO MUÑOZ Gerente Ciudad Ref: Derecho de Petición Reciba un respetuoso saludo. Nosotros, Diana Patricia Posada Mesa, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía numero 43869821 y Diego Alberto Gallego identificado con la cédula de ciudadanía número 71792128 , en ejercicio del derecho de petición que consagra el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia, Ley 1755 del 30 de junio de 2015 y demás normas concordantes, por medio del presente me permito solicitar se atienda la petición que más adelante formulare, de conformidad a los siguientes HECHOS:

  1. El 10 de abril de 2019 nos vinculamos al proyecto inmobiliario LIVING APARTAESTUDIOS, desarrollado por ustedes, suscribiendo el encargo fiduciario número 10044140277-3 de ALIANZA FIDUCIARIA S.A., con el cual reservamos el apartamento 403 y el parqueadero 19. En dicho encargo se estableció un precio del inmueble correspondiente a CIENTO NOVENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL PESOS ($197.265.000) MCTE, con todos los acabados y totalmente terminado de acuerdo con los planos y las imágenes entregadas en la cotización, con una cuota inicial de $ 59 ´ 179. 500 , la cual a la fecha se encuentra pagada en su totalidad , y un saldo de $138´085.00 0 mcte.
  2. El 11 de abril de 2019 recibimos una comunicación por escrito, firmada por la gerencia de HABITEK en la cual nos informaban la aprobación de nuestra solicitud de venta del referido inmueble en obra gris, y que “ una vez el proyecto alcance el punto de equilibrio y esté próximo a iniciar obra se informará sobre el descuento a realizar por entregarse en obra gris y se formalizará mediante otro si para modificar el valor total del apartamento .”
  3. No obstante la anterior comunicación, a la fecha no hemos recibimos el otrosí para modificar el encargo fiduciario en cuento a la entrega en obra gris, y por consecuencia, en el valor final del inmueble, y si bien es cierto recibimos un otros Si del contrato de promesa de Compra Venta el día 14 de Septiembre del 2022 vía correo electrónico, esta no correspondía a las condiciones comerciales de nuestra reserva, lo cual fue comunicado a la señora Ana María Hernández vía telefónicos sin que hasta la fecha hayamos recibido una respuesta.
  1. El día 18 de Enero del 2022 después de escribirle vía WhatsApp a la Directora Comercial del momento “Natalia Osorio” recibidos un Audio de ella donde nos informo que al día siguiente recibiríamos el valor del apto en obra Gris. Documento que la fecha no hemos recibido. Y nos confirmo de nuevo en el audio que el apto si puede ser entregado en obra gris.
  2. El día 19 de Febrero 2022 al no tener respuesta de la Directora Comercial del momento “Natalia Osorio” se le escribió de nuevo y no respondió.
  3. El día 8 de Marzo al seguir sin respuesta de la Directora Comercial del momento “Natalia Osorio” se le escribió de nuevo vía WhatsApp y no respondió, el día 10 de Marzo recibos una llamada de Natalia Osorio Indicando que ella ya no hacia parte de la Compañía y que debía hablar con el Nuevo Director Comercial Ronal, indicandos este dia vía WhatsApp el numero del nuevo asesor comercial.
  4. Desde el día 12 de Marzo del 2022, trate de comunicarme con el Señor Ronald, y no fue posible, el dia 14 de Marzo del 2022 vía Whats App le enviamos un audio con la respectiva pregunta solicitando el costos del apto en obra gris, Ante estas pregunta fuimos informados por el señor Ronal via Whats App que el apto ya estaba terminado, ese mismo día le enviamos la carta fimada por el Gerente de la compañía Francisco Muñoz donde se nos Autorizaba la venta del apto en obra gris.
  5. Fuimos informados via Whats App por el señor Ronald el día 14 de Marzo del 2022 que el apartamento reservado por nosotros ya estaba terminado, es decir, no estaba en obra gris tal como había sido el acuerdo y esto por que nosotros preguntamos.
  6. El día 26 de Marzo del 2022 fuimos haber el apto en el sitio, con la Señora Natalia Osorio, por que el señor Ronal nos indico que hablamos con ella, vimos el apto efectivamente no cumplía con la entrega en obra gris. Ante esto hablamos con el señor Ronald y nos explico que podíamos entregar el apto y el parqueadero en sesión de Venta.
  7. 31 de Marzo del 2022, enviamos un correo para entregar el apto en sesión de venta.
  8. Al recibir el otro si el dia 14 de Septiembre del 2022 vía correo electrónico y viendo que esta no correspondía a las condiciones comerciales de nuestra reserva, Mediante correos electrónicos de fechas 29 de Septiembre 2022 , 10 de Octubre 2022, 27 de Octubre 2022 , hemos solicitado a HABITECK dar solución a la situación que se ha presentado con nuestra reserva, sin que hasta la fecha hayamos logrado una respuesta de parte de ustedes. PETICIONES
  9. Realizar la devolución del valor pagado por nosotros, es decir, la suma de CINCUENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS PESOS ($59´179.500,oo) MCTE, sin realizar ningún tipo de descuento por conceptos de penalidad, comisiones fiduciarias, impuestos ni ningún otro concepto, dado que HABITEK modificó las condiciones de venta y entrega del