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Tipo: Ejercicios
Subido el 11/03/2022
5 documentos
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Señor JUEZ CIVIL MUNICIPAL DE TUNJA (Reparto) E. S. D.
Ref: DEMANDA EJECUTIVA DE MÍNIMA CUANTIA
CÈSAR ARMANDO PINZÒN COY , mayor de edad, domiciliado y residenciado en Tunja, identificado como aparece al píe de mi firma, abogado en ejercicio, portador de la Tarjeta Profesional No165.159 del Consejo Superior de la Judicatura, obrando como apoderado del señor WILTON LEONEL RODRIGUEZ GUTIERREZ , por medio del presente escrito presento ante su despacho DEMANDA EJECUTIVA SINGULAR DE MENOR CUANTIA en contra de WILSON FERNANDO MARIÑO BECERRA identificado con la C.C. 7.170.852, escrito que fundamento en las siguientes :
PRIMERO: El señor WILSON FERNANDO MARIÑO BECERRA identificada con la C.C. 7.170. firmó y aceptó pagaré Número 427 a favor de SERVIANDAMIOS METALTEC o LEONEL RODRIGUEZ GUTIERREZ, titulo diligenciado por valor de $ 148.174.685 como saldo adeudado por concepto de alquiler de equipos para construcción.
TERCERO: el ejecutado le está adeudando a mi Poderdante la suma de $ 148.174.685 por concepto de capital que debía pagar a más tardar el día 31 de agosto de 2020 según consta en el pagaré No. 427.
CUARTO: el ejecutado se obligó a cancelar intereses en caso de mora, liquidados sobre el capital adeudado a la tasa máxima legalmente permitida por cada día de retardo, según se desprende del pagaré No. 427, mora presentada desde el pasado 12 de octubre de 2020
QUINTO: De los documentos aportados con la demanda, se desprenden unas obligaciones claras, expresas y actualmente exigibles, por lo tanto existe méritos ejecutivos para adelantar el siguiente proceso.
SEXTO: El señor WILTON LEONEL RODRIGUEZ GUTIERREZ me otorgó poder con fin de iniciar proceso ejecutivo singular, razón por lo cual estoy legitimado para iniciar la respetiva acción ejecutiva.
Con base en los anteriores hechos y los fundamentos de derecho que en el respectivo acápite invocaré, solicito respetuosamente se dicte auto de mandamiento ejecutivo a favor de mi
representado WILTON LEONEL RODRIGUEZ GUTIERREZ y en contra de WILSON FERNANDO MARIÑO BECERRA identificado con la C.C. 7.170.852 por las siguientes sumas de dinero:
a. Por el valor de los intereses moratorios sobre el valor del capital desde el día 01 de Septiembre de 2020 y hasta el día en que se efectúe el pago Total de la obligación, de conformidad a la tasa máxima legal vigente permitida por la Superintendencia Financiera de Colombia.
Para que sean tenidas como pruebas por parte de mí representado, solicito se tengan las siguientes:
Documentales:
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Fundamento la presente demanda en lo consagrado en los artículos 15, 17, 25, 26, 28 82, 83, 84, 85, 89, 90, 422 y S.S., 599 a 602 del Código General del Proceso, artículos 619 a 647, 651 a 667, 782, 822, 884 del Código de Comercio y demás normas concordantes.
COMPETENCIA Y CUANTÍA
Es Usted competente para conocer de este proceso, señor Juez, en virtud del lugar de cumplimiento de la obligación, la naturaleza del asunto y el valor total de las pretensiones las cuales estimo en la suma de $ 22.904.572 y en consecuencia se trata de un asunto de mínima cuantía.
CLASE DE PROCESO
A la presente demanda debe dársele el trámite del proceso Ejecutivo de Mínima Cuantía.
ANEXOS
NOTIFICACIONES
El ejecutado WILSON FERNANDO MARIÑO BECERRA las recibirá en la calle 47ª numero 1ª – 25 Este de la ciudad de Tunja. Adicionalmente me permito manifestar que desconozco su correo electrónico.
Señor JUEZ CIVIL MUNICIPAL DE TUNJA (Reparto) E. S. D.
Ref: SOLICITUD MEDIDAS CAUTELARES