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DECRETO 678 DE MAYO 2020, Apuntes de Contabilidad

resumen decreto 678 de mayo 2020

Tipo: Apuntes

2020/2021

Subido el 08/04/2021

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maria-paulina-barraza-jimenez 🇨🇴

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CONTROL TRIBUTARIO
DECRETO 678 DE MAYO 2020
PRESENTADO POR
MARIA PAULINA BARRAZA JIMENEZ
TUTOR
ORLANDO ROMERO
CORPORACION UNIVERSITARIA REMINGTON
CONTADURIA PÚBLICA
MONTERIA – CORDOBA
2020
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¡Descarga DECRETO 678 DE MAYO 2020 y más Apuntes en PDF de Contabilidad solo en Docsity!

CONTROL TRIBUTARIO

DECRETO 678 DE MAYO 2020

PRESENTADO POR

MARIA PAULINA BARRAZA JIMENEZ

TUTOR

ORLANDO ROMERO

CORPORACION UNIVERSITARIA REMINGTON

CONTADURIA PÚBLICA

MONTERIA – CORDOBA

DECRETO 678 DE 20 DE MAYO 2020

Por medio del cual se establecen medidas para la gestión tributaria, financiera y presupuestal de las entidades territoriales, en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante el Decreto 637 de 2020. Primeramente este decreto les otorga a los gobernadores y alcaldes la facultad de reorientar las rentas de destinación específicas para financiar los gastos de funcionamiento del ente territorial, también le otorga a estos mismos la facultad de realizar adiciones o modificaciones o traslados a las operaciones presupuestales a las que haya lugar para atender la emergencia sanitaria y económica que presenta el país. A su vez este decreto le permite a las entidades territoriales realizar créditos con entidades financieras durante la vigencia 2020 y 2021 para aliviar las presiones económicas en las que se encuentran debido a la pandemia COVID 19, y dichos ingresos serán destinados a tender la insuficiencia de caja temporal para los gastos de funcionamiento y de inversión de este. Todo esto bajo ciertos criterios que se encuentran previstos en este decreto reglamentario. Así mismo se encuentran contemplados que si las entidades superan el límite de sus gastos de funcionamiento debido a la reducción de ingresos corrientes de libre destinación debido a la emergencia sanitaria estas no serán sometidas medidas por incumplimiento a los limites de gastos que se encuentran contemplados en la ley 819 de 2003.

departamento para que los destine libremente en los compromisos adquiridos durante esta emergencia. Pienso que mediante este decreto el gobierno busca recaudar recursos que le permitan a las entidades territoriales de cada departamento solventar sus gastos de funcionamiento durante la duración de la emergencia sanitaria, debido a que por la pandemia la mayoría de los contribuyentes se quedaron sin forma de pago para la carga impositiva que le representa a cada uno. Esta medida le a permito a muchas personas del común, no solo a las empresas a poder cancelar impuestos que tenían pendientes como lo son las multas de transito, impuesto predial e industria y comercio y los cueles se le había sido imposible cancelar por los intereses acumulados que se les venían presentando, además de la reducción del capital que varía desde un 20% hasta un 10% dependiendo de la fecha de pago a la cual se cobija. Así mismo como este decreto presenta muchos atractivos en la reducción de impuestos para muchos ciudadanos y empresas en general, también se presenta llamativo para fomentar el aumento en la corrupción en las entidades territoriales, ya que da vía libre a las alcaldía y gobernaciones para la implementación de modificaciones, adiciones y traslados en los presupuestos que tiene cada departamento, además de la libre destinación de la sobretasa del ACPM, todo ello solventar los gastos generados durante la emergencia, ya lo vimos con el sobrecosto en los mercados entregados si así se puede llamar a lo entregado durante la pandemia y los cuales estaban regulados por los entes pertinentes y en

los cuales resultaron involucrados funcionaros públicos de gran renombre a nivel nacional, que se puede esperar si les dan vía libre a los departamentos para los gastos que según ellos se generen durante la pandemia, además no se les aplicara ninguna medida si sobrepasan los límites de los gastos de funcionamiento, eso quiere decir que podrán hacer y deshacer con los dineros de los municipios sin algún ente que los regule y promoviendo así mayor gastos por corrupción y un mayor déficit fiscal que el que se presenta en la actualidad.