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Este traba es una ponencia donde expone la problemática de corrupción en la contratación estatal
Tipo: Monografías, Ensayos
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“Mal manejo de los recursos públicos”
Presentado a: Jhojan Fernando Sánchez Araque
Presentado por: María José Balaguera Quintero Gisel Eleia Peñuela Carrillo
Fundación Universitaria de San Gil – UNISANGIL Derecho Administrativo General Nocturno 2020
Introducción …………………………………………………………………. 3
Corrupción en la Contratación Estatal ………………………………......
Corrupción en la contratación estatal en el mundo 2019………. Corrupción en la contratación estatal en américa latina y Colombia 2019…………………………………………………… 16
Conclusiones ……………………………………………………………….
Bibliografía …………………………………………………………………..
Mal manejo de los recursos públicos
Según el artículo 209 de la Constitución política Colombiana “la función Administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.”
El principio de economía optimiza el uso del tiempo y de los demás recursos, procurando el más alto nivel de calidad en la contratación. Por ende, partiendo de la idea de que Colombia es un Estado Social de Derecho, cuya visión está enfocada al cumplimiento de los derechos fundamentales, garantizando la dignidad humana y el bienestar social, todas sus acciones tienen la finalidad de respaldar que los ciudadanos colombianos tengan la posibilidad de vivir dignamente, por lo que la administración pública está obligada a establecer la mejor forma de suplir las necesidades de la comunidad.
La celebración de contratos por parte de las entidades públicas, según los mandatos constitucionales tiene como función “la satisfacción de las necesidades colectivas y de interés general a cuyo logro deben colaborar quienes contratan con la administración, no obstante que pretendan obtener con su ejecución un beneficio económico inicialmente calculado”^1 , asegurando así el cumplimiento de los fines del Estado, la prestación de servicios de garantía y la materialización de los derechos Constitucionales de los particulares; susceptibles de ser realizados mediante la aplicación del Estatuto de contratación estatal (Ley 80 de 1993) y de las demás normas concordantes.
Estos, son subordinados en la práctica a restricciones y limitaciones evitando así la indebida utilización de los recursos públicos en beneficio de los particulares, disminuyendo los índices de corrupción y mejorando la percepción de la celebración de contratos al interior de la opinión pública. Iniciamos definiendo la contratación estatal, la cual es una de las herramientas jurídicas mediante las cuales se exterioriza la actividad administrativa; es un instrumento jurídico que permite lograr el eficaz desarrollo de la acción del Estado dentro de una técnica jurídica de colaboración, cuyo propósito es la satisfacción del interés general y de las necesidades colectivas.
Con la ley 80 de 1993 se debe cumplir con los requisitos mencionados en el artículo 1502 del Código Civil y adicionado a esto, con las particularidades que llevan a la configuración de un contrato de la administración como lo es:^2
(^1) Colombia, Consejo de Estado, Radicado 25000-23-26-000-1997-04390-01 (18080), Sentencia de
31 de agosto de 2011, M. P. Ruth Stella Correa Palacio. (^2) Bahamón Jara, Martha Lucía. Elementos y presupuestos de la contratación estatal. Bogotá:
Editorial Universidad Católica de Colombia, 2018.
Tras verificar las particularidades anteriores se predica la existencia de un contrato administrativo. En este acto jurídico bilateral que conlleva acuerdo de voluntades, se da una contraposición de intereses implicando las prestaciones recíprocas del servicio llegando así a pactarse una remuneración, lo que quiere decir que el contrato es de naturaleza Onerosa.
Los sujetos que hacen parte en la contratación estatal son: de un lado la entidad pública contratante y de otro el contratista, ya sea una persona natural o jurídica, nacional o extranjera, un grupo de personas unidas mediante figuras similares al “joint venture”^3 como el consorcio y la unión temporal o una promesa de sociedad futura. Las personas jurídicas nacionales o extranjeras que deseen celebrar contratos con las entidades estatales deben acreditar principalmente la capacidad legal para celebrar el contrato, de conformidad con la normatividad comercial. Igualmente, deben demostrar que su objeto social les permite ejercer la actividad de que trata el contrato a adjudicar, acreditar la experiencia, capacidades técnicas y financieras requeridas y que no se encuentran incursas en causales de inhabilidad o incompatibilidad que limiten su ejercicio. Otras opciones de orden corporativo para presentar ciertas propuestas de negocio a una entidad estatal, son:
Para garantizar los principios de igualdad, libre competencia, transparencia y de selección objetiva, se han establecido una serie de modalidades de selección con el fin de que las entidades públicas puedan garantizar la escogencia de la mejor
(^3) Invierta en Colombia 2016
y los medios de legalizarlo para mantener el poder maximizando el número de votos.
Estos conceptos nos permiten identificar un enfoque corrupto de los servicios públicos, que lo trata como un acto que se desvía de la función natural de las funciones públicas para servir intereses privados (familia, círculo de amigos, etc.) para obtener beneficios económicos o estatus social, por otro lado, centrados en el mercado. Según esto, los funcionarios públicos consideran su trabajo como una empresa, y él se esfuerza por maximizar sus ingresos.
Por lo tanto, la corrupción pública debe entenderse como cualquier acción u omisión realizada por los empleados públicos para obtener beneficios no autorizados. Por lo tanto, no solo las acciones son castigadas, también los deberes que no cumplió prescritos por la ley, tales como leyes o regulaciones no aplicables. La corrupción no necesariamente transfiere dinero en beneficio de los funcionarios públicos, sino que también puede ser el resultado de otro tipo de beneficio obtenido por la lealtad de individuos o instituciones a líderes, partidos y comunidades, empresa o sindicato.
Paradójicamente, algunas de las prácticas corruptas más comúnmente implementadas se encuentran en el campo del derecho público, dedicada exclusivamente a la realización de procesos contractuales, los cuales constan de características especiales, tienen sus propias reglas y normas exclusivas y, mediante ellos, se deben satisfacer necesidades e intereses de los administrados, en función de los compromisos del Estado. Al respecto, Teresa Medina manifestó que “ La corrupción en la contratación pública se materializa a partir de una serie de actuaciones de distinta naturaleza que, o bien suponen la quiebra de la legalidad o bien la quiebra de la imparcialidad, pero que, en cualquier caso, implican la adopción, por parte de los servidores públicos, de decisiones que se desvían del objetivo propio de la actuación administrativa que es el interés general para obtener alguna clase de beneficio para sí o para un tercero. ”^9
Transparencia Internacional señaló que, dado que la contratación pública proporciona un alto rendimiento económico, se ha considerado como una etapa de fraude y corrupción, que se ha demostrado en el índice de percepción en los últimos años enfrentándose en nuestro país a la impunidad del delito.
A pesar de los esfuerzos legislativos realizados por las autoridades nacionales con fines de investigación, las normas de castigo no han logrado alcanzar sus propósitos preventivos o persuasivos, sino que ha sido todo lo contrario.
Este trabajo pretende dar a conocer cómo el flagelo de la corrupción abate el escenario contractual del sector público, ocasionando un daño grave a la sociedad y enriqueciendo a un grupo selecto de personas.
De acuerdo con la situación anterior, surge una pregunta: en el caso de Colombia, ¿cómo funciona la corrupción en el proceso de contratación estatal y por qué es tan beneficioso para el sujeto que interviene en actos criminales?.
(^9) 2010, p. 7
En el caso de manejar grandes cantidades de fondos del tesoro nacional, prevalecerá la discreción y la subjetividad de la persona que cargó la inversión. Los públicos o políticos propensos a la corrupción son predispuestos a actividades fraudulentas; existe una alta probabilidad de impunidad allí muy adecuada para la corrupción.
Por esto, vemos con regularidad en los diferentes medios de comunicación escándalos que han salido a la luz pública que tienen relación con la contratación pública tanto en entidades públicas, como en las privadas con actividades del estado. Esta problemática en un entorno social se ve como si fuera una acción natural del Estado y sus administradores, lo cual hace que se cree indiferencia y desconocimiento hacia el tema.
Durante las etapas de contratación, pueden presentarse actos de corrupción, debido a la amplia potestad que tiene el funcionario a cargo en: la elaboración de los documentos y estudios previos, los análisis de mercado y del sector; y los pliegos de condiciones en los que se incluyen los factores de selección, ponderación y demás documentos.
Las facilidades de manipular las condiciones y guiar los procesos por parte del empleado público son demasiado altas y por supuesto, con altos beneficios, de la misma manera que resulta adjudicar procesos con personas jurídicas o naturales; procesos estos que finalmente no se van a ejecutar pues, en mucho de los casos, la remuneración recibida por la comisión es más alta que las infracción impuestas en la ley para estas, o en el peor de los casos, la escasa posibilidad de ser procesado y sancionado.
En ese orden, es claro que la corrupción produce unos efectos que para algunos resultan positivos, debido a que son receptores de dinero a título de “soborno” o “coima”, con el fin de acelerar una actuación de la administración, a través de: agilizar plazos, realizar una adjudicación sin cumplir los requisitos legales y prescindir de todas las exigencias que implican los términos y las fases de los concursos que adelanta el Estado. De esta manera, los funcionarios públicos se habitúan a mejorar sus condiciones salariales a través de este tipo de actos, teniendo en cuenta que además del salario básico, reciben la “coima” por la ayuda prestada^10.
Aunque la contratación pública es una herramienta para satisfacer las necesidades de la sociedad, en algunos casos, esta demanda se ve distorsionada por los intereses de ciertos funcionarios o terceros beneficiarios, que algunas veces tienen parentesco, amistad, relaciones laborales con ellos o en su defecto intereses económicos comunes. En todos los casos, el propósito es el mismo: Transferir fondos destinados a beneficios generales a unos pocos o pocos bolsillos, restringiendo que personas con las capacidades técnicas, de conocimiento y profesionales puedan satisfacer necesidades administrativas.
Una vez tenemos clara esta necesidad, se adelanta el tema de adjudicación según el siguiente marco normativo: La Ley 80 de 1993, decreto 1082 de 2015, Ley 1150
(^10) (Berdugo y Caparrós, 2009)
corresponden al 36,94 % del total de la contratación de las entidades territoriales; mientras que la licitación pública únicamente asciende a 28, %; la subasta, a 3.40 %; la selección abreviada de menor cuantía, a 7,92 % y la contratación de mínima cuantía, 3,97 %.
contratos firmados con el sector público son de naturaleza perfectamente bilateral, ya que imponen obligaciones a ambas partes: contratante (entidades públicas) y contratistas. Sin embargo, Teniendo en cuenta el propósito de respaldar dichos contratos, para proteger el interés público, los contratistas pueden ejercer los derechos variables otorgados por los legisladores, que a menudo abusan de ellos para modificarlos unilateralmente. Por ejemplo, sucede que incluso antes de que se concluya el contrato, el contratante notificará al contratista los cambios planificados y los cambios en el contrato (destinados a beneficiarse de él) para que pueda ajustar el presupuesto a un precio más bajo y disfrutar de más posibilidades de ganar.
La corrupción no termina al adjudicarse el contrato. Tan pronto este se empieza a ejecutar, salen al camino nuevas oportunidades para realizar actos ilícitos, los cuales aumentan los costos de inversión y la eficiencia disminuye, efecto de las figuras mencionadas.
No satisfechos los actores en el contrato, muchas veces se aprovechas de los adelantos que hace la Administración para la ejecución de las obras sin haberse realizados en el cual interviene un supervisor, el cual lleva su comisión de igual manera.
Según el punto de vista analítico, el estudio de la corrupción significa una perspectiva integral desde el punto de vista legal, económico y político. Ahora abarcaremos las implicaciones económicas de la corrupción.
El fenómeno de la corrupción visto como un hecho económico implica conocer cuál es el uso que se da a los recursos; cuáles son los efectos que genera sobre los precios de los bienes y servicios transados y, en último término, observar las consecuencias sobre el crecimiento económico.^13
En algunas fuentes de la literatura económica se considera que la corrupción beneficia la actividad económica, porque facilita la eficiencia de la asignación de recursos^14.
Por un lado, cuando los funcionarios reciben sobornos por su gestión, tienden a ser más diligentes; y por el otro, emprendedores evitan regulaciones engorrosas, acelerando así el proceso de inversión requerido. Los recursos pueden desempeñar un papel útil, ya que son grasas para lubricar la operación económica.
(^13) Villamizar (2001:113) (^14) Leff, 1964
Los funcionarios ya no son entonces prestadores de un servicio, sino agentes buscadores de renta, a partir de la posición privilegiada que obtienen para decidir sobre bienes y servicios en la economía. Los agentes más afectados son los innovadores, que no están adaptados a los sobornos. Por ello, su actividad se ve desfavorecida, debido a que no tiene lobbies establecidos y no son parte de la élite gubernamental^15
Planificación, presupuesto, gestión de recursos humanos, gestión de recursos físicos y control financiero. En otras áreas de gestión, este fenómeno degrada las funciones públicas.
La corrupción en la contratación pública ocasiona una serie de consecuencias que generan altos y graves costos con repercusiones no sólo de carácter económico, sino político y social, debido a las diversas formas en que este fenómeno se puede manifestar. En efecto, las secuelas negativas de la corrupción distorsionan la economía, especialmente en sus variables macroeconómicas. De esta forma, se reduce la inversión, en razón de la incertidumbre que causa, y debido a la ineficiencia que se refleja en la baja productividad de la misma, generando sobrecostos que las empresas son incapaces de cubrir, como resultado de las acciones intermediarias de los agentes y del pago de sobornos, llevando esto, finalmente, a un desestimulo generalizado tanto en la inversión doméstica y extranjera como en la aplicación de nuevas ideas e innovaciones tecnológicas y, por lo tanto, disminuyendo el crecimiento económico.
Las consecuencias directas están relacionadas con las tarifas de transacción más altas incurridas por pagos no oficiales Lo mismo se aplica a los funcionarios públicos durante el proceso de compra nacional; estas violaciones durante el proceso de contratación, más las pérdidas debido al incumplimiento de las regulaciones y las condiciones inciertas, incurrirán en costos adicionales, que se transferirán a mayores Precios de bienes y servicios. Cuando define los costos de transacción Williamson (1985) diferencia en los procesos de contratación unos costos ex ante y otros denominados ex post.
El primero, incorpora los costos de negociación (se refiere a los costos de elaboración de pliegos, publicación, estudio de propuesta y adjudicación de la licitación, para el contratante y el estudio de pliegos, inscripción de la licitación y elaboración de la propuesta, para el contratista), de redacción del contrato incluyendo las contingencias reconocidas, las cláusulas de salvaguardia y las medidas de protección así como las instancias a las cuales recurrir para saldar las diferencias.
Por otro lado el componente ex post, hace alusión a los costos de renegociación y ajuste del contrato original y de gobernabilidad, es decir de hacer cumplir el contrato en caso de discrepancia; sin embargo, como se ha dicho, no se contempla el costo generado por los sobornos en los procesos de contratación estatal, los que pueden incrementar los costos ex ante y/o ex post. Este mayor
(^15) Murphy, 1993
La estructuración por dentro de las entidades suele ser frágil, es común que los funcionarios no conozcan a fondo los aspectos técnicos, incluidos los costos de los negocios, motivo de la licitación ni el vaivén de los mercados en torno al soborno.
Otro punto importante en la corrupción de la contratación pública distrital específicamente en los procesos de licitación, son: No se exige que la experiencia Corrupción en la contratación pública en Colombia 28 (contratos, otras y servicios previos) sea de calidad y los estándares de cumplimiento altos, lo cual facilita el ingreso de proponentes problemáticos; no se adopta el principio de utilidad razonable como elemento regulador del precio de la licitación, lo cual permite que el adjudicatario del contrato obtenga ganancias desproporcionadas a costa de la entidad contratante; se recarga la lista de requisitos habilitantes formales (certificados, registros, traducciones, autenticaciones, copias), con lo que los funcionarios encargados de hacer la adjudicación adquieren un alto margen de maniobra para desechar o acoger propuestas; la falta de exigencia de una experiencia técnica de calidad también contribuye a que quienes se ganen las licitaciones, sean intermediarios bien conectados, que después subcontratan las obras o servicios.
Frecuentemente esos intermediarios son sociedades o corporaciones cuyo objeto social es sospechosamente multipropósito, no hay transparencia en los procesos y se reajustan los precios del contrato, durante la realización de la contratación. Los contratos no se ejecutan adecuadamente, muchas veces con materiales de baja calidad, se celebran contratos con objeto difuso y poco claro, falta de precisión en la definición de las obligaciones del contratista. Es frecuente sobre todo en relación con las obras civiles, que las entidades salgan a contratar sin haber madurado los proyectos y sin que estén completos los estudios, diseños y licencias, de tal manera que no se exige ejecución a las obras, además presentan estados financieros inexistentes y con frecuencia se presenta cruces de roles, durante el proceso de la obra, actúan empresas interventoras diferentes, cada vez, de tal manera que no hay responsabilidad de ninguna firma.^20
Los gobernantes corruptos no actúan solos, por lo general se sirven de amigos que están en diferentes sectores de la administración, lo cual facilita la oportunidad de negocio; aunque del hecho de que un gobernante tenga amigos provistos de buenos contratos no puede inferirse, con certeza, que participa en maniobras corruptas, pero si hay motivos para prender las alarmas porque esas relaciones vienen como anillo al dedo, para las maniobras de ese tipo.
Cualquier gobernante puede tener negocios en el exterior sin que eso indique que sea corrupto, pero también es un hecho que las cadenas de movilización de recursos de dudosa procedencia suelen contar con terminales, en países diferentes a aquel donde se generaron y especialmente en paraísos fiscales.
(^20) (CSC, 2010, p. 32)
La población colombiana debe sentarse a reflexionar sobre el comportamiento de sus líderes políticos, religiosos y aquellos entes de control y vigilancia, polares institucionales que imparten justicia, nada es tan desmoralizante ni tan costoso en medio de un conflicto social tan acentuado como el que vive el país, que la existencia generalizada de prácticas corruptas en el manejo de los dineros públicos, en particular dentro de los procesos de contratación estatal. Se plantea la necesidad de reconocer que el problema tiene características más profundas, que requiere soluciones estructurales, situación frente a la cual se sugieren algunas alternativas generales.
La corrupción es el flagelo más grave, causa el mayor daño al desarrollo económico y social sostenible y hace que la pobreza sea permanente. La corrupción a menudo se manifiesta como un componente importante y burocrático del robo. Continuar proporcionando recursos públicos en círculos sin ley, casi siempre favorece a los delincuentes de cuello blanco.
Las sanciones bajas y las lagunas legales pueden evitar que la justicia actúe en interés de los ciudadanos para garantizar la transparencia institucional y garantizar Estado.
Este fenómeno afecta el estado de derecho, el sistema económico, el sistema político y las violaciones de las leyes y reglamentos, causando el caos en un país donde los países tienen enormes reservas de recursos naturales, animales y plantas, animales y plantas, minerales y poblaciones con gran biodiversidad. La recursión tiene los elementos necesarios para convertirse en un gran país.
A continuación haremos un análisis de la corrupción en las entidades estatales a nivel mundial y nacional, para tener una visión más clara del flagelo en nuestro entorno, el cual compete a toda la comunidad
CORRUPCIÓN EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL EN El MUNDO 2019
60% de los países que mejoraron significativamente sus puntuaciones en el IPC desde 2012 también fortalecieron sus regulaciones sobre las donaciones a las campañas políticas.
“La falta de un progreso real contra la corrupción en la mayoría de los países es decepcionante y tiene profundos efectos negativos en la ciudadanía mundial”, dice Patricia Moreira, directora ejecutiva de Transparency International. “Para tener alguna posibilidad de reducir la corrupción y mejorar la vida de la gente, debemos acabar con la relación entre la política y los grandes flujos de dinero. Toda la ciudadanía debe estar representada en los procesos de toma de decisiones”.
Los países con procesos de consulta amplios y transparentes tienen una media de 61 puntos en el IPC. Por el contrario, cuando existe poca o ninguna consulta, la puntuación media es de solo 32.
Una amplia mayoría de países que empeoraron significativamente sus puntuaciones en el IPC desde 2012 no impulsan la participación de los actores políticos, sociales y empresariales más relevantes en los procesos de toma de decisiones.
RECOMENDACIONES
Para reducir la corrupción y recuperar la confianza en la política, Transparency International recomienda a los gobiernos:
Según los datos que recoge el Índice de Percepciones de la Corrupción, que elabora cada año Transparency International , la situación en la región latinoamericana y del Caribe es poco optimista. Salvo un grupo reducido de países, como es el caso de Uruguay, Chile o Costa Rica, la situación en el resto
de países no invita a pensar que sus sistemas y quienes participan en él lo hagan de una forma limpia y responsable.
Según los datos que recoge el Índice de Percepciones de la Corrupción, que elabora cada año Transparency International , la situación en la región latinoamericana y del Caribe es poco optimista. Salvo un grupo reducido de países, como es el caso de Uruguay, Chile o Costa Rica, la situación en el resto de países no invita a pensar que sus sistemas y quienes participan en él lo hagan de una forma limpia y responsable.
Entre los 180 países evaluados, Colombia está en el puesto 96, mejorando tres lugares en comparación al año anterior, pero manteniendo el mismo puntaje de 37 puntos sobre 100. Esta calificación se da a partir de datos de fuentes que miden los niveles de corrupción en el sector público y revisa otros aspectos como:
En el informe también se ofrecen varias soluciones para avanzar en los esfuerzos anticorrupción:
Según Transparencia Colombia, la definición de los términos de referencia involucraba áreas específicas de los contratos de soborno y, por lo tanto, encontró especificaciones que estaban casi formuladas para medir a partidarios específicos. Otro problema de corrupción que se encuentra en el campo de los contratos públicos es el uso de excepciones al proceso de licitación y el uso del sistema de contratos del país para beneficiar los intereses privados. Además, se puede encontrar que aunque la ley no tiene una razón suficiente, el sector comercial todavía tiende a buscar cambios en los términos del contrato, su único propósito es aumentar el valor del contrato, ya que la ley permite que los ajustes presupuestarios no excedan el 50% del precio original del contrato.
El contratista incluso hizo todo lo posible para manipular la información con el fin de proponer un precio particularmente bajo para ganar la oferta. Por otro lado, en los estudios del Banco Mundial y el Vicepresidente de la República, los empresarios creen que esta es la violación más frecuente. El proceso de licitación es la existencia del monopolio del contratista. Se considera que estos contratistas son los únicos contratistas que pueden proporcionar productos o servicios al país, ocupan una posición dominante en el mercado de contratos nacionales y restringen la libre competencia. Vale la pena mencionar que la situación de corrupción anterior involucra a empresas nacionales y extranjeras en Colombia.
La corrupción aumenta los costos de transacción porque aumenta la eficiencia administrativa debido a la introducción de requisitos innecesarios de demora y soborno obligatorio. Del mismo modo, otra consecuencia económica directa es que al introducir irregularidades en el proceso de contratación, permitiendo o alentando la reducción de la calidad del producto o servicio, exacerbando así la desigualdad en las condiciones de competencia.
Los individuos esperan que aquellos que ingresan a dar destino de nuestra región y ejecutar la asignación de recursos sepan cómo invertir en función de las ganancias y los beneficios y la prosperidad de quienes los eligen.
Por otro lado, debemos mencionar que la sociedad civil y los medios de comunicación deben participar activamente en la lucha contra la corrupción, porque desde allí las personas se quejan de la corrupción y piden a la entidad controladora que ejerza sus funciones de supervisión y control preventivo. El control político puede y debe establecerse a través del llamado sistema de rendición de cuentas de entidades gubernamentales establecido por la Ley N° 489 de 1998, y Regulado por el Decreto N ° 1677 de 2000 y el Decreto N ° 2740 de 2001, como un espacio de diálogo entre funcionarios y ciudadanos, adoptado Control, gestión social y gestión pública de resultados.
Esta composición de regímenes especiales dificulta en gran mesura la intervención de los proveedores viables en los procesos de adquisición, y lo que es malo desvirtúa completamente la inspección ciudadana, por tanto en una civilización como la nuestra en que son pocos los llamados a estudiar las normas, la multiplicidad de las mismas hacen que su estudio y entendimiento sea mucho más difícil por el habitante normal, dejando los vacíos que hacen viable en gran medida la corrupción o la utilización de las normas para a favor de una persona en
específico. Ahora bien, la problemática no solo se queda en la vigilancia ciudadana, sino que, los funcionarios y ciudadanos que entienden bien las mismas se valen de estas para saltar de una a otra y de esta forma amparar legalmente sus objetivos particulares. Al realizar este estudio nos damos cuenta, que la contratación administrativa es una de las áreas más sensibles frente al flagelo de la corrupción, identificando algunos puntos claves.
El pueblo de Colombia debe sentarse y reflexionar sobre el comportamiento de sus líderes y entidades políticas y religiosas que controlan y vigilan, y dan justicia al sistema. En los conflictos sociales, no hay nada frustrante o costoso, al igual que Colombia. Como la gente experimenta. El país cree que la corrupción está muy extendida en la gestión de fondos públicos, especialmente en los procedimientos de contratación nacional. Es necesario darse cuenta de que este problema tiene características más profundas, que requieren soluciones estructurales. En este caso, se proponen algunas alternativas generales.
Este fenómeno afectará la violación del estado de derecho, el sistema económico, el sistema político y las leyes y reglamentos. En un país, tiene muchos recursos naturales, animales y plantas, animales y plantas, minerales y una población con una rica biodiversidad. La recursión tiene los elementos necesarios para convertirse en un gran país.
Debemos resaltar la necesidad de adoptar un programa de renovación moral estableciendo códigos de conducta; organizando campañas publicitarias; alentando la reputación basada en la honestidad de los funcionarios y de las firmas; poniendo de relieve el alto costo moral de incurrir en actividades corruptas; evitando así el efecto multiplicativo de la corrupción
Finalmente, dado que la corrupción trasciende las fronteras nacionales, se deben implementar tratados internacionales que prohíban y sancionen la corrupción internacionalmente, fortaleciendo el no pago de sobornos, asistiendo técnicamente a los países víctimas de este flagelo, y a la vez, condicionando el apoyo y la cooperación sobre la base de indicadores exitosos de lucha contra la corrupción.
Por lo tanto, podemos concluir que todavía hay muchas lagunas en el Estatuto. "Debido a la falta de claridad del concepto, la falta de pautas, métodos, condiciones generales, especialmente la falta de un sistema de contrato de entidad central que armonice el desarrollo de parámetros legales y unifique que existe un estándar de orden universal, esto afectará al estado, a los funcionarios públicos y a aquellos que tengan la intención de firmar con el público producir inseguridad jurídica. En muchos casos esta situación de caos crea condiciones propicias para la corrupción de quienes se aprovechan de estas falencias institucionales.”^21
(^21) Departamento Nacional de Planeación, Misión de Contratación. Hacia una política para la
eficiencia y la transparencia en la contratación pública. Giro Editores Ltda. Julio 2002