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Contestación de demanda de pertenencia
Tipo: Apuntes
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contra SEGUNDA ANTONIA GÓMEZ DE COTE Y PERSONAS INDETERMINADAS. PROCESO No. 110013103024-2016-00696- LUIS FELIPE TORRES MARTINEZ , mayor de edad, domiciliado y residenciado en la ciudad de Barranquilla, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.391.997 de Barranquilla, abogado en ejercicio, titular de la tarjeta profesional No. 206.721 expedida por el Consejo Superior de la Judicatura, obrando en mi condición de curador ad-litem de las Personas Indeterminadas en el asunto de la referencia, comparezco a su despacho señor Juez, a fin de contestar la demanda acorde a las siguientes, RESPECTO A LAS PRETENSIONES: No me opongo a las pretensiones formuladas, siempre y cuando la parte demandante acredite cada uno de los presupuestos que son esenciales de la acción de pertenencia invocada, para adquirir el inmueble objeto de usucapión por la prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio, esto es, que para el buen suceso de la acción en comento, se requiere que en el litigio quede demostrado: (a) la posesión anunciada -con todos sus ingredientes formadores-; (b) que el bien raíz sobre el que se ejerció y ejerce posesión es el mismo que se busca usucapir y que éste no es de aquellos respecto de los cuales esté prohibido ganar por ese modo; (c) que la permanencia de este fenómeno – tempus- lo es por un lapso igual o superior a los diez años que dispone la ley en forma continua; y (d) que existe legitimación en la causa en los extremos en contienda, esto es, que el extremo actor sea la persona -o personas- que predican haber poseído el bien materialmente determinado y, que el extremo demandado esté integrado por todos y cada uno de los sujetos que tengan derechos reales principales sobre el mismo. RESPECTO A LOS HECHOS
Solicito al señor Juez se sirva hacer comparecer al Juzgado a la demandante, para que en el día y hora señalada absuelva el interrogatorio de parte que verbalmente o por escrito en el momento de la audiencia le formularé, sobre los hechos de la demanda, la contestación de la misma y las excepciones formuladas. NOTIFICACIONES El suscrito curador ad-litem , recibirá notificaciones en la Carrera 45A No. 101-16 de Barranquilla, correo electrónico: lfelipetorres@gmail.com Atentamente, LUIS FELIPE TORRES MARTINEZ C.C. No. 79.391.997 de Barranquilla T.P. No. 206.