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Este documento proporciona una descripción detallada de los diferentes tipos de sociedades comerciales existentes en colombia, incluyendo sus requisitos de constitución, responsabilidades de los socios, estructura de capital, órganos de dirección y control, y procesos de disolución y liquidación. Abarca sociedades anónimas, de responsabilidad limitada, en comandita, colectivas y por acciones simplificadas, destacando las particularidades de cada una. Es un recurso valioso para emprendedores, estudiantes de derecho y administración de empresas, y profesionales interesados en comprender el marco legal y operativo de las formas societarias en el contexto colombiano.
Tipo: Monografías, Ensayos
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Que haya 2 socios como mínimo y que cada uno suscriba por lo menos una acción. Que el contrato social establezca el monto mínimo del capital social. mínimo de uno, sin existir límite máximo. En el caso de un único socio se crea una sociedad limitada unipersonal. Pueden ser personas físicas o jurídicas.
se compone de uno o varios socios comanditados que responden, de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales, y de uno o varios comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus aportaciones.
podrá constituirse por una o varias personas naturales o jurídicas, quienes sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes.» De manera que se puede constituir con un solo socio, o tantos como quieran quienes la conformen.
La razón social es la denominación que tendrá tu empresa y está ligada al RUC. Con esa razón social tu empresa se identificará ante la Sunat, bancos, entidades y compañías para realizar trámites, hacer compras o ventas, entre otros. podrá estar formada por el nombre de uno o más socios, e irá seguida inmediatamente por las palabras “Sociedad de Responsabilidad Limitada o de su abreviatura “S. de R.L.”, si no se señala así entonces los socios responderán de forma subsidiaria, ilimitada y solidariamente de las obligaciones sociales.
La responsabilidad social es limitada, los socios no responden tienen una responsabilidad limitada con el negocio (valga la En esta sociedad existen dos tipos de socios y, por lo tanto, dos tipos de comprometen solidaria e ilimitadamente su responsabilidad por las operaciones sociales
personalmente de las deudas societarias, solo hasta la cifra del capital que ha aportado cada uno redundancia). Esto significa que cada persona tiene una responsabilidad que se limita al capital que hayan aportado a la empresa. responsabilidad: Los socios comanditados, que responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente de las obligaciones de la sociedad. Los socios comanditarios responden de manera limitada, únicamente por el pago de sus acciones y otro o varios socios que limitan la responsabilidad a sus respectivos aportes.
El capital de la S.A.S está conformado por acciones de igual valor, que no puede ser negociadas en el mercado de valores o bolsa de valores, como es el caso de las sociedades anónimas.
son la junta de socios/accionistas y los administradores (constituid os o no en Consejo de Administración, como se explica más adelante).
La administración de la sociedad estará a cargo de los socios gestores, quienes podrán ejercerla directamente o a través de sus delegados con sujeción a lo previsto para la sociedad colectiva (art.310 del código de comercio). Los socios capitalistas o comanditarios aportan capital mientras los gestores aportan la administración de los capitales y el desarrollo de los negocios.
Por las causales indicadas en el artículo 218; Cuando ocurran pérdidas que reduzcan el patrimonio neto por debajo del cincuenta por ciento del capital suscrito, y. Cuando el noventa y cinco por ciento o más de las acciones suscritas llegue a pertenecer a un solo accionista. se disuelve cuando lo aprueba la mayoría de los accionistas en una junta general. La disolución debe publicarse en el BORM. La liquidación y disolución de sociedades debe ser llevada a cabo por uno o más liquidadores, nombrados por una junta general de accionistas si no han nombrado un liquidador antes.