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CONCILIACION EXTRAPROCESAL DE IPC EN FUERZAS MILITARES EJECICIO ACADEMICO
Tipo: Ejercicios
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Medellín, 30 de septiembre de 2020 Doctor PROCURADOR JUDICIAL DELEGADO PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS MEDELLIN ( Reparto) RAFAEL LIBRERO , mayor de edad, identificado como aparece al pie de mi firma, obrando en nombre propio, manifiesto a usted que confiero poder especial, amplio y suficiente a la Doctora XXXXXXXXXX , mayor de edad, identificada con cedula de ciudadanía No 42.787.253, abogada en ejercicio, portadora de la tarjeta profesional 432.123 del Consejo Superior de la Judicatura, para que en mi nombre y representación inicie y lleve a su terminación la solicitud de Conciliación Extrajudicial en Derecho con CAJA DE RETIRO DE LAS FUERZAS MILITARES (CREMIL ), con domicilio y residencia en la ciudad de Bogotá, o quién haga sus veces, para solicitar la RELIQUIDACIÓN de mi Asignación de Retiro con los valores de los porcentajes de IPC adeudados, teniendo en cuenta que durante los años de 1997 a 2004, se incrementó el sueldo básico de mi grado por debajo del INDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR - IPC - consolidado por el DANE y en consecuencia mi Asignación de Retiro, contraviniendo los mandatos Constitucionales de la movilidad del salario y la conservación del poder adquisitivo en la asignación de retiro, lo mismo que lo preceptuado en la Ley 238 de 1995. Igualmente para solicitar que como consecuencia de la reliquidación se REAJUSTE mi Asignación de Retiro y se cancelen las sumas dejadas de pagar por este concepto en forma indexada. Mi apoderada queda expresamente facultada para CONCILIAR(extrajudicial, prejudicial y judicialmente), recibir, desistir, transigir, comprometer, sustituir y reasumir este poder, formular la cuenta de cobro respectiva y recibir el pago de la entidad encargada para hacerlo, interponer recursos ordinarios y extraordinarios, excepcionar, en fin, ejecutar todos los actos necesarios para la buena defensa de mis intereses. Atentamente, RAFAEL LIBRERO C.C. 8.532. Acepta, XXXXXXXXXX CC. 42.787. T.P: 432.123 CSJ
Señor PROCURADOR JUDICIAL DELEGADO PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS MEDELLIN (Reparto) REFERENCIA. SOLICITUD DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL EN DERECHO CONVOCANTE : RAFAEL LIBRERO CONVOCADO: CAJA DE RETIRO DE LAS FUERZAS MILITARES (CREMIL) XXXXXXXXX , mayor de edad, identificada con cedula de ciudadanía No 42.787.253, abogada en ejercicio, portadora de la tarjeta profesional 432.123 del CSJ, obrando en calidad de apoderada del señor RAFAEL LIBRERO , persona mayor de edad, domiciliado en Medellín, identificada con cedula de ciudadanía Numero 8.532.142, respetuosamente me permito presentar ante su entidad SOLICITUD DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL, de conformidad a lo establecido en la Ley 640 de 2001, la ley 1437 de 211 artículo 161, en donde será citado LA CAJA DE RETIRO DE LAS FUERZAS MILITARES – CREMIL , domiciliada en la ciudad de Bogotá D.C., con el objeto de llegar a un acuerdo sobre el REAJUSTE DE LA ASIGNACION DE RETIRO CON BASE EN EL INDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR (IPC) con fundamento en lo siguiente: HECHOS PRIMERO : La Caja de Retiro de las Fuerzas Militares- CREMIL, le reconoció la asignación de retiro a mi poderdante, el señor RAFAEL LIBRERO, identificado con cedula de ciudadanía No 8.532.142 mediante resolución No.00182 del 5 de marzo de 1988, tal y como consta en el expediente que reposa en los archivos de esa Entidad. SEGUNDO : A partir del año de 1.997 los incremento legales anuales decretados por el Gobierno Nacional para la Fuerza Pública, han estado por debajo del INDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR consolidados por el ¨DANE¨
DECIMO: El día 8 de septiembre del 2020 , Mediante Radicado 14-89841 la CAJA DE RETIRO DE LAS FUERZAS MILITARES, CREMIL , emitió respuesta a la solicitud realizada mediante derecho de petición , en donde no acceden al reajuste de la asignación de retico con base en el IPC. PETICIONES Solicito Señor Procurador Delegado, citar a Audiencia de Conciliación Extrajudicial en Derecho a la -CAJA DE RETIRO DE LAS FUERZAS MILITARES (CREMIL) o quién haga sus veces para:
Valor asignación Valor Asignación- año anterior % incremento IPC Diferencia porcentual (CREMIL ANTES CASUR) no aplicación IPC 1997 $3.206.250 $2.700.000 18,75 21,63% -2, 1998 $3.782.092 $3.206.250 17.96 16,02% 1, 1999 $4.345.246 $3.782.092 14.89 16,70% -1, 2000 $4.746.312 $4.345.246 9,23 9,23% 0 2001 $5.173.480 $4.746.312 9 8,75% 0, 2002 $5.478.716 $5.173.480 5,9 7,65% -1, 2003 $5.862.226 $5.478.716 7.0 6,99% 0, 2004 $6.242.684 $5.862.226 6,49 6,49% 0