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Reglas de la Ley 734 de 2002 sobre Faltas Disciplinarias en Entidades Públicas, Apuntes de Informática General

Este documento detalla las reglas y procedimientos de las faltas disciplinarias en entidades públicas según la ley 734 de 2002. Se abordan temas como quién se presume culpable o inocente, la duración de la investigación, las sanciones y el recurso de reposición. Además, se incluyen casos específicos como las faltas cometidas por funcionarios retirados, las violaciones a derechos humanos y el uso de medios técnicos en la investigación.

Qué aprenderás

  • ¿Cómo se procede cuando un funcionario público retirado es objeto de una acción disciplinaria?
  • ¿Qué sanciones pueden ser impuestas a los funcionarios públicos por las faltas disciplinarias?
  • ¿Cómo se procede cuando se trata de faltas disciplinarias que constituyen violaciones a derechos humanos?
  • ¿Cuál es el procedimiento durante la actuación disciplinaria cuando no hay modo de eliminar toda duda razonable?
  • ¿Qué sucede cuando se presume culpable o inocente en una falta disciplinaria?

Tipo: Apuntes

2018/2019

Subido el 11/05/2019

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¡Descarga Reglas de la Ley 734 de 2002 sobre Faltas Disciplinarias en Entidades Públicas y más Apuntes en PDF de Informática General solo en Docsity!

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CUESTIONARIO CODIGO UNICO DISCIPLINARIO

  1. Teniendo en cuenta la Ley 734 de 2002 sobre los principios rectores de la Ley disciplinaria. A quien se atribuya una falta disciplinaria:

A. Se presume culpable mientras no se compruebe lo contrario en fallo ejecutoriado.

B. Se presume inocente mientras no se declare su responsabilidad en fallo ejecutoriado.

C. Se presume inocente porque la acción disciplinaria no aplica a funcionarios de planta en entidades públicas.

D. Se presume culpable porque las faltas disciplinarias no requieren fallo ejecutoriado.

  1. Durante la actuación disciplinaria, cuando no haya modo de eliminar toda duda razonable:

A. Se resolverá en contra del investigado.

B. Se resolverá a favor del estado.

C. Se resolverá a favor del investigado.

D. lo resolverá el contencioso administrativo

  1. Teniendo en cuenta el Articulo 16 de la Ley 734 de 2002, la sanción disciplinaria tiene función:

A. Asertiva y nominativa.

B. De justicia y condenatoria.

C. Preventiva y correctiva.

D. Ninguna de las anteriores.

B. Dos (2) años desde la ocurrencia de la falta si no se ha proferido auto de apertura de investigación disciplinaria.

C. Cinco (5) años desde la ocurrencia de la falta si no se ha proferido auto de apertura de investigación disciplinaria.

D. Un (1) año desde la ocurrencia de la falta si no se ha proferido auto de apertura de investigación disciplinaria.

  1. ¿A partir de qué momento comienza a correr el término para que una acción disciplinaria caduque en el caso de las faltas instantáneas?

A. Desde el día en que se inicie la investigación.

B. El plazo comienza a transcurrir desde el día en que el juez dicte la apertura del proceso.

C. Desde el día en que se practiquen las pruebas.

D. Desde el día de su consumación.

  1. ¿A partir de qué momento comienza a correr el término para que una acción disciplinaria caduque en el caso de las faltas omisivas?

A. Desde el día de su consumación.

B. Desde el día en que se practiquen las pruebas.

C. Desde el momento que haya cesado el deber de actuar.

D. El plazo comienza a transcurrir desde el día en que el juez dicte la apertura del proceso.

  1. Teniendo en cuenta el Articulo 32 de la Ley 734 de 2002 ¿Cuál es el término de prescripción de la sanción disciplinaria?

A. El término de prescripción es de tres (3) años contados a partir de la ejecutoria del fallo.

B. El término de prescripción es de cinco (5) años contados a partir de la ejecutoria del fallo.

C. El término de prescripción es de un (1) años contados a partir de la ejecutoria del fallo.

D. No existe término de prescripción después de la ejecutoria del fallo.

  1. Teniendo en cuenta el Articulo 42 de la Ley 734 de 2002 ¿De las siguientes cual no representa una clasificación de las faltas disciplinarias?

A. Gravísimas.

B. Graves.

C. Grado uno.

D. Leves.

  1. El Articulo 44 de la Ley 734 de 2002 establece las clases de sanciones a las cuales el servidor público está sometido ¿De las siguientes cual no representa una de estas clases de sanciones?

A. Suspensión en el ejercicio del cargo e inhabilidad especial para las faltas graves dolosas o gravísimas culposas.

B. Suspensión para las faltas graves culposas.

C. Cárcel para las faltas gravísimas culposas.

D. Multa para las faltas leves dolosas.

  1. El Articulo 46 de la Ley 734 de 2002 que trata sobre el límite de las sanciones establece que la inhabilidad general será de diez a veinte años, la inhabilidad especial no será inferior a treinta días ni superior a doce meses, la suspensión:

A. No será inferior a doce meses ni superior a veinticuatro meses.

B. No será inferior a un mes ni superior a doce meses.

C. No será inferior a veinticuatro meses ni superior a treinta y seis meses.

D. Sera de carácter permanente.

  1. Teniendo en cuenta la oficiosidad y preferencia en la acción disciplinaria, las denuncias y quejas falsas o temerarias una vez ejecutoriada la decisión que así lo reconoce:

A. Originaran una nueva investigación contra el denunciado con el fin de establecer claridad en cuanto al fallo otorgado.

B. Originaran responsabilidad patrimonial en contra del denunciante o quejoso exigible ante las autoridades judiciales competentes.

C. No originara recurso de reposición alguno.

D. Originaran responsabilidad fiscal en contra del denunciante o quejoso exigible ante las autoridades de exigencia fiscal.

  1. El Articulo 70 de la Ley 734 de 2002, establece que el servidor público que tenga conocimiento de un hecho constitutivo de posible falta disciplinaria, si fuere competente, iniciara inmediatamente la acción correspondiente. ¿Qué debe hacer si no fuere competente?

A. Se debe declarar impedido para actuar.

B. No debe proceder en el caso y por ende, este queda cerrado.

C. Realizar traslado inmediato a la Contraloría General de la Republica con el fin de que este organismo termine el proceso por ser competente.

D. Debe poner el hecho en conocimiento de la autoridad competente adjuntando las pruebas que tuviere.

  1. ¿Es procedente la acción disciplinaria contra funcionarios públicos retirados del servicio?

A. No es procedente.

B. Si es procedente.

C. Es optativa.

D. Ninguna de las anteriores.

  1. El Articulo 73 de la Ley 734 de 2002, establece las causales por las cuales se puede dar por terminado y ordenar el archivo definitivo del proceso disciplinario. ¿De las siguientes, cual no es una de estas causales?

A. Que el Juez encargado se considere impedido para actuar por grado de consanguinidad.

B. Que la actuación no podía iniciarse o proseguirse

C. Que el investigado no haya cometido la falta.

D. Que la conducta no esté prevista en la Ley como falta disciplinaria.

  1. El Articulo 74 de la Ley 734 de 2002, establece que la competencia en un proceso disciplinario se establece teniendo en cuenta la calidad del sujeto disciplinable, la naturaleza del hecho, el territorio donde se cometió la falta, el factor funcional y el de conexidad. ¿En los casos en que resulte incompatible la aplicación de los factores territorial y funcional, que factor se tendrá en cuenta para determinar la competencia?

A. Prevalecerá el factor funcional.

B. Prevalece la calidad del sujeto disciplinable.

C. Prevalece la naturaleza del hecho.

D. Prevalece la gravedad de la acción que derivo la acción disciplinaria.

  1. Toda entidad u organismo del estado con excepción de las competencias de los Consejos Superior y Seccionales de la Judicatura, deberá organizar una unidad u oficina del más alto nivel, cuya estructura jerárquica permita preservar la garantía de la doble instancia, encargada de conocer y fallar en primera instancia los procesos disciplinarios que se adelanten contra sus servidores. Si no fuere posible garantizar la segunda instancia por razones de estructura organizacional conocerá del asunto la Procuraduría General de la Nación de acuerdo a sus competencias. En aquellas entidades u organismos donde existan regionales o seccionales, se podrán crear oficinas de control interno del más alto nivel con las competencias y para los fines anotados.
  1. Cuando varios servidores públicos de la misma entidad participen en la comisión de una falta o de varias que sean conexas. ¿De qué forma se investigaran y decidirán estas faltas?

A. Se investigaran y decidirán en el varios procesos individuales por cada uno de los competentes para juzgar a cada uno individualmente.

B. Se investigaran y decidirán en el mismo proceso por quien tenga la competencia para juzgar al de mayor jerarquía.

C. Se investigaran y decidirán en un solo proceso por cada uno de los competentes para juzgar a cada uno individualmente.

D. Ninguna de las anteriores.

  1. El Articulo 82 de la Ley 734 de 2002, establece que el funcionario que se considere incompetente para conocer de una actuación disciplinaria, deberá expresarla remitiendo el expediente en el estado en que se encuentre, en el menor tiempo posible, a quien por disposición legal tenga atribuida la competencia. Si el funcionario a quien se remite la actuación acepta la competencia, avocara el conocimiento del asunto; en caso contrario:

A. El caso pasa a manos del funcionario que inicialmente se considero incompetente.

B. Remitirá el caso al superior común inmediato, con el objetivo de que este dirima el conflicto.

C. El caso se considera cerrado por no haber competencia para juzgar.

D. El caso pasa a manos de la Contraloría General de al Republica.

  1. Teniendo en cuenta los sujetos procesales en la actuación disciplinaria, el Articulo 92 de la Ley 734 de 2002, establece los derechos del investigado como sujeto procesal. ¿De los siguientes cual no hace parte de uno de estos derechos?

A. Rehusarse a rendir descargos.

B. Designar defensor.

C. Obtener copias de la actuación.

D. Impugnar y sustentar las decisiones cuando hubiere lugar a ello.

  1. ¿Se podrán utilizar medios técnicos para practicar pruebas o para el desarrollo de la actuación disciplinaria?

A. No se podrán utilizar puesto que su uso atenta contra los derechos y garantías constitucionales.

B. Solo se pueden utilizar medios técnicos aprobados por la CCA, entidad internacional certificadora de calidad en pruebas de investigación.

C. Si se podrán utilizar, siempre y cuando su uso no atente contra los derechos y garantías constitucionales.

D. Solo se podrán utilizar cuando el demandante lo autorice.

  1. El Articulo 99 de la Ley 734 de 2002, establece que cuando se perdiere o destruyere un expediente correspondiente a una actuación en curso, el funcionario competente deberá practicar todas las diligencias necesarias para lograr su reconstrucción. Para tal efecto se allegaran las copias recogidas previamente por escrito o en medio magnético y se solicitara la colaboración de los sujetos procesales, a fin de obtener copia de las diligencias o decisiones que se hubieren proferido; de igual forma se procederá respecto de las remitidas a las entidades oficiales. ¿Qué sucede cuando los procesos no pudieren ser reconstruidos?

A. El proceso se cierra por carecer de pruebas.

B. Se continúa el proceso solo con las pruebas que quedan.

C. Se tomaran pruebas de procesos anteriores que haya surtido el mismo investigado.

D. Se debe reiniciar la actuación oficiosamente.

  1. Las notificaciones de las decisiones disciplinarias pueden ser de forma personal, por estado, en estrados, por edicto o por conducta concluyente.
  1. ¿Una vez expedida la decisión disciplinaria, cual es el plazo para interponer los recursos de reposición y apelación?

A. Desde la fecha de expedición de la respectiva decisión, hasta el vencimiento de los cinco (5) días siguientes a la última notificación.

B. Desde la fecha de expedición de la respectiva decisión, hasta el vencimiento de los tres (3) días siguientes a la última notificación.

C. Desde la fecha de expedición de la respectiva decisión, hasta el vencimiento de los diez (10) días siguientes a la última notificación.

D. Los recursos de reposición y apelación, pueden interponerse en cualquier tiempo.

  1. Quien interponga recursos contra una decisión disciplinaria, deberá expresar por escrito las razones que lo sustentan ante el funcionario que profirió la correspondiente decisión.; en caso contrario, se declararan desiertos. ¿Cuál es el término para efectuar la sustentación de estos recursos?

A. La sustentación de estos recursos puede efectuarse en cualquier tiempo.

B. La sustentación de estos recursos deberá efectuarse dentro de los quince (15) días siguientes a la impugnación de los mismos.

C. La sustentación de estos recursos deberá efectuarse dentro del mismo término que se tiene para impugnar.

D. Ninguna de las anteriores.

  1. El recurso de apelación procede únicamente sobre ciertas decisiones disciplinarias. ¿De las siguientes, cual no hace parte de este grupo de decisiones?

A. Decisiones que niegan la práctica de pruebas solicitadas en los descargos.

B. Decisiones de archivo.

C. Decisiones de contravención por vencimiento de plazos para fallar.

D. Fallo de primera instancia.

  1. En cuanto a las decisiones disciplinarias ¿Cuál es el recurso que procede cuando el recurso de apelación es rechazado?

A. El recurso de contravención.

B. El recurso de Reposición

C. No procede recurso alguno.

D. El recurso de queja.

  1. ¿En qué momento quedaran en firme las decisiones que resuelvan los recursos de apelación y queja, así como aquellas contra las cuales no procede recurso alguno?

A. Quedaran en firme cuando se interponga y se falle el recurso de contravención.

B. Quedaran en firme el día que sean suscritas por el funcionario competente.

C. Quedaran en firme cuando sean notificadas al interesado.

D. Quedaran en firme 15 días después del fallo proferido por el funcionario competente.

  1. ¿Quién hubiere interpuesto un recurso en una decisión disciplinaria, podrá desistir del mismo?

A. Si podrá desistir del recurso, antes de que el funcionario competente lo decida.

B. No podrá desistir del recurso porque este activa los términos una vez lo haya interpuesto.

C. Esta decisión únicamente puede ser tomada por el funcionario competente encargado de fallar el caso.

D. Si podrá desistir del recurso, únicamente interponiendo recurso de contravención.

  1. Los fallos sancionatorios y autos de archivo podrán ser revocados de oficio o a petición del sancionado, por el Procurador General de la Nación o por

B. Podrá imponérsele multa hasta el equivalente a ochenta salarios mínimos diarios vigentes en la época de ocurrencia del hecho.

C. Podrá imponérsele multa hasta el equivalente a doscientos salarios mínimos diarios vigentes en la época de ocurrencia del hecho.

D. Podrá imponérsele multa hasta el equivalente a cincuenta salarios mínimos diarios vigentes en la época de ocurrencia del hecho.

  1. Después de impuesta la multa al testigo particular que se ha mostrado renuente a comparecer ante la citación. ¿El testigo sigue obligado a rendir la declaración?

A. El testigo no seguirá obligado a rendir la declaración siempre y cuando haya cancelado la multa impuesta.

B. Se retira la declaración del testigo como prueba del proceso, puesto que ya se cancelo la multa impuesta.

C. El testigo seguirá obligado a rendir la declaración en la fecha que el mismo elija.

D. El testigo seguirá obligado a rendir la declaración, para lo cual se fijara nueva fecha.

  1. El Articulo 145 de la Ley 734 de 2002, establece que la declaración de nulidad afectara la actuación disciplinaria desde el momento en que se presente la causal. Así lo señalara el funcionario competente y ordenara que se reponga la actuación que dependa de la decisión declarada nula. ¿En este contexto, la declaratoria de nulidad de la actuación disciplinaria, puede invalidar las pruebas allegadas y practicadas legalmente?

A. Si invalida las pruebas allegadas y practicadas legalmente.

B. Se deben volver a recopilar las pruebas con el fin de buscar la coincidencia entre las pruebas anteriores.

C. No invalida las pruebas allegadas y practicadas legalmente.

D. Estas pruebas solamente pueden ser invalidadas por el Procurador General de la Nación.

  1. ¿Cuál es el término que tiene el funcionario competente para resolver la solicitud de nulidad en la actuación disciplinaria?

A. La solicitud de nulidad se resolverá a más tardar dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de su recibo.

B. La solicitud de nulidad se resolverá a más tardar dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de su recibo.

C. La solicitud de nulidad se resolverá a más tardar dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de su recibo.

D. La solicitud de nulidad se resolverá a más tardar dentro del mes siguiente a la fecha de su recibo.

  1. Durante la investigación disciplinaria o el juzgamiento por faltas calificadas como gravísimas o graves, el funcionario que la este adelantando, podrá ordenar motivadamente la suspensión provisional del servidor público sin derecho a remuneración alguna, siempre y cuando se evidencien serios elementos de juicio que permiten establecer que la permanencia en el cargo, función o servicio público, posibilita la interferencia del autor de la falta en el trámite de la investigación o permite que continúe cometiéndola o que la reitere. ¿En caso de que al investigado se le imponga sanción de suspensión e inhabilidad o únicamente de suspensión, se podrá tener en cuenta el lapso de tiempo que el investigado permaneció suspendido provisionalmente?

A. No se tendrá en cuenta este tiempo puesto que la sanción inicia en el momento que se impute por el funcionario competente.

B. Se podrá tener en cuenta el lapso de tiempo que el investigado permaneció suspendido provisionalmente.

C. Se podrá tener en cuenta en una tercera parte del lapso de tiempo que el investigado permaneció suspendido provisionalmente.

D. Se podrá tener en cuenta el lapso de tiempo que el investigado permaneció suspendido provisionalmente siempre y cuando el mismo cancele en dinero al estado este derecho.

  1. ¿De los siguientes funcionarios cuales no son competentes para ejecutar la sanción impuesta a un funcionario público?

A. Los veedores públicos, respecto de los funcionarios adscritos a las asambleas departamentales.

B. El presidente de la Republica respecto de los Gobernadores y los alcaldes de distrito.

C. La procuraduría General de la Nacion, respecto del particular que ejerza funciones públicas.

D. El nominador respecto de los servidores públicos de libre nombramiento y remoción o de carrera.

  1. ¿Una vez ejecutoriado el fallo sancionatorio, que plazo tiene el funcionario ejecutor para hacerlo efectivo?

A. El plazo es de diez días contados a partir de la fecha de recibo de la respectiva comunicación.

B. El plazo es de quince días contados a partir de la fecha de recibo de la respectiva comunicación.

C. El plazo es de veinte días contados a partir de la fecha de recibo de la respectiva comunicación.

D. El plazo es de un mes contado a partir de la fecha de recibo de la respectiva comunicación.

  1. El Articulo 173 de la Ley 734 de 2002, establece que cuando la sanción sea de multa y el sancionado continúe vinculado a la misma entidad, el descuento podrá hacerse en forma proporcional durante los doce meses siguientes a su imposición. ¿Qué sucede y en qué forma se hará efectivo el cobro de la multa, si el funcionario se encuentra vinculado a otra entidad oficial?

A. No podrá realizarse el cobro y responderá la entidad donde se cometió la falta disciplinaria.

B. El cobro se efectuara por jurisdicción coactiva.

C. Se oficiara directamente a la nueva entidad donde esté vinculado el funcionario, para que el cobro se efectúe por descuento.

D. Se oficiara directamente a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para que realice el cobro.

  1. ¿Para los casos en que la suspensión en el cargo del funcionario haya sido convertida en multa, de qué forma se efectuara el cobro?

A. Se oficiara directamente a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para que realice el cobro.

B. No podrá efectuarse el cobro porque las suspensiones no pueden ser convertidas en multa.

C. El cobro se efectuara por jurisdicción coactiva.

D. El cobro lo realizara directamente la Contraloría General de la Republica.

  1. ¿Para los casos en que el sancionado fuere un particular que deba cancelar la multa a favor del tesoro nacional que plazo tiene para realizarlo?

A. D. Debe cancelar la multa dentro de los quince días siguientes a la ejecutoria de la decisión que la impulso y presentar la constancia de dicho pago a la Procuraduría General.

B. D. Debe cancelar la multa dentro de los diez días siguientes a la ejecutoria de la decisión que la impulso y presentar la constancia de dicho pago a la Procuraduría General.

C. D. Debe cancelar la multa dentro de los dos meses siguientes a la ejecutoria de la decisión que la impulso y presentar la constancia de dicho pago a la Procuraduría General.

D. Debe cancelar la multa dentro de los treinta días siguientes a la ejecutoria de la decisión que la impulso y presentar la constancia de dicho pago a la Procuraduría General.