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La ley 1448 de 2011 sobre victimas en colombia, que reconoce y ofrece reparaciones a personas que han sufrido hechos victimizantes como homicidios, desapariciones forzadas, secuestros, lesiones, entre otros, relacionados con el conflicto armado. La ley establece procedimientos para solicitar ayuda y documentos requeridos, así como monto de indemnización por cada tipo de daño.
Qué aprenderás
Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones
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La unidad para las victimas es la encargada de realizar todo el tramite para el reconocimiento de estas ayudas, en las cuales se realiza un estudio del caso y finalmente por medio de un acto administrativo se responde a la petición donde se reconoce la calidad de victima y su derecho a ser indemnizado. Es importante que se alleguen todos los documentos relacionados con el hecho victimizante en los cuales deberá anexar; Documento de identidad Registros civiles Declaraciones ante personerías, defensorías, alcaldías u otras Denuncias Lo esencial es demostrar su calidad de víctima de hechos victimizantes reconocidos. Estos tramites se puede realizar de manera virtual, la unidad para las victimas dispone de canales de atención y radicación virtual, los cuales servirán para realizar la solicitud de indemnización.
Una vez realice la solicitud, la unidad para las victimas cuenta con 30 días para responderla, donde podrá indicar los datos que se registraron o si faltan documentos deberá remitirlos. Una vez se apruebe y se anexe la documentación completa, se asignara un radicado, incluso si la persona esta registrada en unidad de víctimas online, podrá revisar la plataforma donde le aparecerá el registro del trámite, el cual estará en estudio, después de esto la unidad de victimas tiene 120 días hábiles para analizar el caso a fondo y dar respuesta si tienen o no derecho. MONTOS INDEMNIZACIÓN
dispuesta para victimas con urgencia manifiesta o condición de vulnerabilidad extrema; personas mayores de 74, personas cuyas EPS certifique que tienen enfermedades huérfanas, o cualquier otra que disminuya su desempeño al 40% o mas o discapacidades del 40% o más. RUTA TRANSITORIA- Personas que entregaron los documentos incompletos y están a la espera de la respuesta de la Unidad, una vez se les comunique los documentos faltantes la unidad tendrá 180 días hábiles para responder. RUTA GENERAL- si no cumplen con las condiciones de priorización estos deberán someterse a los turnos de pago y el presupuesto de la Unidad para las víctimas.