Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad

apuntes de derecho administrativo undav, Apuntes de Derecho Administrativo

apuntes para estudiar derecho administrativo

Tipo: Apuntes

2021/2022

Subido el 03/09/2023

damian-nunez-1
damian-nunez-1 🇦🇷

1 documento

1 / 3

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
Universidad Nacional de Avellaneda.
Derecho Administrativo.
Segundo parcial.
Cátedra Treacy- Lara Correa- Vazquez.
Alumno/a:
DNI:
Pautas formales: el examen podrá ser entregado hasta las 22 horas. La totalidad de las
respuestas no podrán superar las 8 (ocho) carillas, se deberá utilizar letra Times New
Roman 12.
CASO NÚMERO 1.
El Poder Ejecutivo Nacional, por medio del Decreto 25/2020, dispuso la
demolición de los ex centros clandestinos de detención ESMA y “Olimpo” en la ciudad de
Buenos Aires, “Mansión Seré” en Morón, provincia de Buenos Aires, la D- 2, “La Perla”,
el Campo de la Ribera en la provincia de Córdoba, y la Brigada de Investigaciones de
Resistencia, Chaco (art. 1º).
Ello, con el objeto de la puesta en licitación de dichos terrenos para la
construcción de “torres de departamentos de lujo”, como así también para destinar parte de
los ex centros clandestinos a la recreación pública (art. 2º). En los considerandos de la
norma, se indicó que si bien la Ley Nº 22.542 había declarado a los ex centros clandestinos
de detención como “sitios de memoria del Terrorismo de Estado”, lo cierto era que destinar
al uso privado y público los lugares mencionados representaba un símbolo de la unión
nacional que dejaba atrás viejas antinomias y expresaba la voluntad de conciliación de los
argentinos, quienes se sentían cobijados bajo el lema “familia, propiedad y religión”.
Disconformes con el reglamento dictado por el Poder Ejecutivo Nacional, los
siguientes sujetos iniciaron distintas acciones judiciales:
a) Un grupo de familiares de personas desaparecidas durante la dictadura
cívica- militar de 1976-1983;
b) Una persona que había estado detenida- desaparecida en la “Mansión Seré”
en Morón, provincia de Buenos Aires;
c) La Asociación Civil “Víctimas de la Dictadura Genocida de 1976-1983”;
d) Un profesor de la Universidad Nacional de Avellaneda que dicta la materia
“Derechos Humanos”.
Consigna: ¿Qué opina acerca de la legitimación procesal de los distintos
sujetos para iniciar las acciones judiciales mencionadas?
pf3

Vista previa parcial del texto

¡Descarga apuntes de derecho administrativo undav y más Apuntes en PDF de Derecho Administrativo solo en Docsity!

Universidad Nacional de Avellaneda. Derecho Administrativo. Segundo parcial. Cátedra Treacy- Lara Correa- Vazquez. Alumno/a: DNI: Pautas formales: el examen podrá ser entregado hasta las 22 horas. La totalidad de las respuestas no podrán superar las 8 (ocho) carillas, se deberá utilizar letra Times New Roman 12. CASO NÚMERO 1. El Poder Ejecutivo Nacional, por medio del Decreto Nº 25/2020, dispuso la demolición de los ex centros clandestinos de detención ESMA y “Olimpo” en la ciudad de Buenos Aires, “Mansión Seré” en Morón, provincia de Buenos Aires, la D- 2, “La Perla”, el Campo de la Ribera en la provincia de Córdoba, y la Brigada de Investigaciones de Resistencia, Chaco (art. 1º). Ello, con el objeto de la puesta en licitación de dichos terrenos para la construcción de “torres de departamentos de lujo”, como así también para destinar parte de los ex centros clandestinos a la recreación pública (art. 2º). En los considerandos de la norma, se indicó que si bien la Ley Nº 22.542 había declarado a los ex centros clandestinos de detención como “sitios de memoria del Terrorismo de Estado”, lo cierto era que destinar al uso privado y público los lugares mencionados representaba un símbolo de la unión nacional que dejaba atrás viejas antinomias y expresaba la voluntad de conciliación de los argentinos, quienes se sentían cobijados bajo el lema “familia, propiedad y religión”. Disconformes con el reglamento dictado por el Poder Ejecutivo Nacional, los siguientes sujetos iniciaron distintas acciones judiciales: a) Un grupo de familiares de personas desaparecidas durante la dictadura cívica- militar de 1976-1983; b) Una persona que había estado detenida- desaparecida en la “Mansión Seré” en Morón, provincia de Buenos Aires; c) La Asociación Civil “Víctimas de la Dictadura Genocida de 1976-1983”; d) Un profesor de la Universidad Nacional de Avellaneda que dicta la materia “Derechos Humanos”. Consigna: ¿Qué opina acerca de la legitimación procesal de los distintos sujetos para iniciar las acciones judiciales mencionadas?

CASO NÚMERO 2.

RES 12154-APN-

Ciudad de Buenos Aires, 24 de noviembre de 2021 Visto: EX-2020-32106075- -APN-ANAC#MTR - RAAC 61 (VANTS) Considerando: Que la empresa TRANSPORTE AEREO DEL SUR solicita la autorización de su Plan de Vuelo 20228 previsto para el día 10 de diciembre del corriente año desde el Aeroparque Internacional Jorge Newbery con destino la Ciudad de Mendoza. Que al momento de realizar la solicitud la empresa no ha abonado el saldo correspondiente a las tasas de aviación adeudadas en el último año, acumulando un monto de $ 75.000, (setenta y cinco mil pesos argentinos) Que la RESOL-2018-823-APN-ANAC#MTR autoriza a la autoridad administrativa a rechazar Planes de Vuelo correspondientes a aeronaves por cuyas operaciones se hayan generado deudas impagas, líquidas y exigibles en concepto de tasas de conformidad. Salvo que cuya deuda, registrada por el prestador, tenga una antigüedad menor a SESENTA (60) días desde su fecha de vencimiento; Que se encuentren en cumplimiento de un plan de pagos debidamente acordado con el prestador; cuya deuda, registrada por el prestador, sea inferior a PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000). Que la empresa TRANSPORTE AEREO DEL SUR, solicitó vista del expediente. Reconoce que posee una deuda, pero que se encuentra sujeta a un plan de pagos. Que la solicitud de vista fue rechazada debido que no se encuentra dentro de los derechos reconocidos a las empresas de aviación que se encuentran en mora con las tasas de aviación, y que el descargo correspondiente lo podrá realizar en sede judicial una vez que finalice el procedimiento administrativo. Que la mencionada Resolución se dicta en todo de acuerdo con el artículo 24 de la Ley 27.761 y el Decreto N° 1770/07. Que se ha expedido la Asesoría Jurídica permanente de la Administración Nacional de Aviación Civil. Por ello, EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Rechazar la solicitud del Plan de Vuelo N° 20228 de la empresa TRANSPORTE AEREO DEL SUR. ARTÍCULO SEGUNDO: Multar a la empresa TRANSPORTE AEREO DEL SUR en $10.000 (diez mil pesos argentinos) por los gastos administrativos producidos por su solicitud. ARTÍCULO TERCERO: Comuníquese a las partes y áreas intervinientes. DR. JUAN CARLOS BUELO AIRES, ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL Consigna: Identifique y explique los elementos esenciales del acto administrativo. Para usted, ¿qué vicios presenta el acto administrativo RES 12154-APN- 2021, si es que los tuviera? En su caso, ¿de qué manera podría obtener la invalidez de dicha manifestación de la voluntad estatal?