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ANÁLISIS DEL MARCO SANCIONATORIO DE LA USURPACIÓN DE IDENTIDAD, COMO DELITO PENAL EN VENEZUELA, Tesis de Derecho Penal

Trabajo Especial de Grado para optar al Título de Especialista

Tipo: Tesis

2019/2020

Subido el 04/07/2020

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República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular Para la Educación Universitaria,
Ciencia y Tecnología
Universidad Católica Santa Rosa
Vicerrectorado de Postgrado e Investigación
Especialización en Ciencias Penales y Criminológicas
ANÁLISIS DEL MARCO SANCIONATORIO DE LA USURPACIÓN DE
IDENTIDAD, COMO DELITO PENAL EN VENEZUELA.
“SANCIÓN MORAL O PENAL”
SITUACIÓN DE ESTUDIO: ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS
BAJO LA PRESUNTA COMISIÓN DE DELITO POR PARTE DE LA
POBLACIÓN VENEZOLANA DURANTE EL PRIMER SEMESTRE DEL 2015)
Tutor de Contenido: Autora:
Dra. Juez: Rodríguez Anabel Abg. Marquina María
C.I. No. 10.545.767
Caracas, Noviembre, 2015
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República Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular Para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología Universidad Católica Santa Rosa Vicerrectorado de Postgrado e Investigación Especialización en Ciencias Penales y Criminológicas ANÁLISIS DEL MARCO SANCIONATORIO DE LA USURPACIÓN DE IDENTIDAD, COMO DELITO PENAL EN VENEZUELA. “SANCIÓN MORAL O PENAL” SITUACIÓN DE ESTUDIO: ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS BAJO LA PRESUNTA COMISIÓN DE DELITO POR PARTE DE LA POBLACIÓN VENEZOLANA DURANTE EL PRIMER SEMESTRE DEL 2015) Tutor de Contenido: Autora : Dra. Juez: Rodríguez Anabel Abg. Marquina María C.I. No. 10.545. Caracas, Noviembre, 2015

República Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular Para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología Universidad Católica Santa Rosa Vicerrectorado de Postgrado e Investigación. Especialización en Ciencias Penales y Criminológicas ANÁLISIS DEL MARCO SANCIONATORIO DE LA USURPACIÓN DE IDENTIDAD, COMO DELITO PENAL EN VENEZUELA. “SANCIÓN MORAL O PENAL” SITUACIÓN DE ESTUDIO: ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS BAJO LA PRESUNTA COMISIÓN DE DELITO POR PARTE DE LA POBLACIÓN VENEZOLANA DURANTE EL PRIMER SEMESTRE DEL 2015) (Trabajo Especial de Grado, presentado como requisito para optar al título de Especialista en Ciencias Penales y Criminológicas) Tutor de Contenido: Autora : Dra. Juez: Rodríguez Anabel Abg. Marquina María C.I. No. 10.545. Caracas, Noviembre, 2015

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LEY ORGÁNICA DE IDENTIFICACIÓN GACETA OFICIAL DE LA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA N° 38.458 DEL 14 DE

CÓDIGO PENAL VENEZOLANO (2005), Título VI, De los Delitos

  • Artículo 1. JUNIO DEL 2006. CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES, Objeto,
    • Identificación de venezolanos y venezolanas, Artículo 6.
    • Tramitación y otorgamiento, Artículo 10....................................................
    • documentos de identificación a los indígenas, Artículo 11......................... Capítulo III, De la identificación indígena Del otorgamiento de los
    • Artículo 16. Capítulo IV, De la Cédula de Identidad Definición................
    • Número de la Cédula de Identidad, Artículo 17.
    • Otorgamiento de la Cédula, Artículo 20.
    • Supervisión, Artículo 41. Capítulo VI, De la supervisión de los documentos de identificación
    • Objeto de la Supervisión, Artículo 42.
    • documentos de identificación, Artículo 44. Capítulo VII, De las Sanciones Penales Otorgamiento irregular de
    • Documento Falso, Artículo 45.
    • Certificación de documentos de identidad falsos, Artículo 46.
    • Usurpación de Identidad o Nacionalidad, Artículo 47.
  • Bases Conceptuales de la Investigación
    • Etimología de la Identidad
    • Términos de la identidad
    • Suplantación de la identidad
    • Doctrina
    • Formas de Suplantación de Identidad
    • La Crisis en el Sector Económico, Social y Alimenticio en Venezuela
    • Consecuencias de la crisis
    • Enfoque jurídico
    • La Criminología
    • La Falsificación de Documentos - El Marco Sancionatorio de la Ley v - crédito público, Artículo 298. contra la fe Pública Capítulo I, De la falsificación de monedas o títulos de - Implicaciones en la ejecución de la sanción moral y la sanción penal
  • CAPÍTULO III
    • MARCO METODOLÓGICO
      • Generalidades de la Metodología
      • Tipo de Investigación
      • Diseño de la Investigación
      • Población y Muestra............................................................................................
      • Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos
        • Etapas de la Investigación
  • CAPÍTULO IV
    • CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
      • Conclusiones
      • Recomendaciones
  • FUENTES DE INFORMACIÓN

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INTRODUCCIÓN

En Venezuela, en los últimos años, los cambios económicos que se han suscitado en el país han generado cambios en los hábitos de compra del consumidor, trayendo como consecuencia que la capacidad de consumo se limite por la recesión económica y el costo de la canasta básica se eleva de manera continua y acelerada. Uno de esos cambios económicos ha incidido drásticamente en los entornos de hogares venezolanos tal como lo es el desabastecimiento de productos y bienes de primera necesidad y en donde la población venezolana en su afán de satisfacer las necesidades básicas en cuanto a alimentos y productos de higiene personal ha adoptado la realización de largas colas frente a los establecimientos comerciales por largos periodos de tiempo. En función a la situación que se viene presentando desde el año 2014 a nivel nacional el Estado venezolano estableció sistemas de controles sobre la venta de productos como intento de frenar el desbordamiento por parte de la población en la adquisición de productos, tales como sistemas biométricos, venta controlada por cronogramas de ventas según el terminal de la cédula de identidad, entre otros, y éstos se convertirían en escenarios favorables para la comercialización de productos por parte de personas inescrupulosas valiéndose de una nueva modalidad de negocio como la del “bachaqueo”, quienes valiéndose de las necesidades propias de las personas iniciaron una nueva forma ilícita, revendiendo a excesivos precios los productos específicos de las canasta alimenticia. Con esta nueva forma de comercio ilícito, las personas que ven en este tipo de negocio ilegal una nueva forma de generación de ingresos los conllevaron a perfeccionar procedimientos que les permitiera tener mayor alcance a sectores de la población en la colocación de los productos, es por ello que en la dinámica de comercialización y aunado a los controles establecidos por el gobierno venezolano, comienzan a usurpar la identidad de personas al falsear documentos de identificación que les permitiera poder comprar durante todo el día, todos los días de la semana de productos y posteriormente revenderlos a una población demandante.

viii La usurpación de la identidad, entendida como la suplantación del titular de un derecho o crédito por un impostor para obtener un beneficio injusto, recibe cada vez más atención en materia de fraudes cometidos. Las consecuencias de la suplantación rebasan en muchos casos la pérdida económica directa del titular del derecho afectado, para comprometer su historia crediticia, su prestigio y hasta su identidad social y en este caso, la que se genera como consecuencia de una crisis alimentaria en Venezuela durante el periodo 2014 – 2015. La presente investigación aporta consideraciones en lo que respecta al abordaje legal y en las manifestaciones de los fraudes que implican dicha usurpación, utilizando insumos provenientes de la experiencias y vivencias propias de la autora, como también, de aquellos provenientes de opiniones de expertos, así como los mecanismos de control que se han propuesto para controlar la verificación de la identidad, destacando sus ventajas y limitaciones. Se destaca, finalmente, la necesidad de centrar la atención en la perspectiva de las oportunidades delictivas, que pareciera ofrecer un marco de referencia útil para comprender y minimizar este tipo de defraudación, enfatizando, a su vez, la promoción de iniciativas favorables, en el ámbito de entidades comerciales y consumidores. La presente investigación se encuentra estructurada de la siguiente forma: En el Capítulo I, denominado “El Problema”, se presenta los antecedentes históricos y jurídicos, el planteamiento del problema, delimitación de la investigación, la formulación del problema, las interrogantes de la investigación, el objetivo general, objetivos específicos, la justificación e importancia del estudio, así como también, la delimitación, las limitaciones del estudio y finalmente la línea de la investigación. El Capítulo II, denominado “Marco Teórico”, en él se presenta las bases teóricas- conceptuales que sustentan y argumentan la investigación, los antecedentes de la investigación, las bases legales. así como también, la terminología básica de la investigación En lo que se refiere al Capítulo III, denominado Marco Metodológico de la Investigación, se señala, a nivel de preámbulo las generalidades en cuanto a métodos

x República Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular Para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología, Universidad Católica Santa Rosa Vicerrectorado de Postgrado e Investigación. Especialización en Ciencias Penales y Criminológicas ANÁLISIS DEL MARCO SANCIONATORIO DE LA USURPACIÓN DE IDENTIDAD, COMO DELITO PENAL EN VENEZUELA. “SANCIÓN MORAL O PENAL” Asesor de Contenido: Msc Darwin Sierra Autora : Abg. Marquina María Fecha: Noviembre 2015 RESUMEN La presente investigación tiene como propósito analizar la situación del derecho y garantías sobre Derechos Humanos, haciendo énfasis en la prohibición de la tortura y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes por parte de funcionarios policiales. El estudio se enmarca en cumplimiento de líneas de investigación emanadas por la Universidad Católica Santa Rosa, denominada: Derecho Penal Sustantivo, estableciéndose como Objetivo General: Analizar jurídicamente los derechos fundamentales en la Ley Especial para Prevenir y Sancionar la Tortura y Trato Cruel, Inhumano o Degradante por parte de funcionarios policiales. Sus objetivos específicos: Indagar la fundamentación jurídica venezolana en torno al derecho a la vida, integridad personal, seguridad personal en los cuales estén implicados funcionarios policiales; Describir la situación actual de la víctima o el familiar por consecuencia de tortura y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes; Identificar las acciones acometidas por el Estado venezolano en materia de prevención de la tortura y otros tratos crueles e inhumanos y degradantes utilizadas como estrategias de intervención; Examinar las implicaciones sociales, culturales y políticas en el ámbito nacional e internacional como consecuencia de la tortura y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes por parte de funcionarios policiales. El estudio se delimita en Venezuela , enero-septiembre

  1. Formulándose el problema y posterior diseño de interrogantes. Presenta relevancia, trascendencia, aportes, factibilidad y originalidad, elementos que conforman la Justificación de la Investigación, sustentándose por argumentaciones teóricas producto del análisis documental y de contenido que dan cuerpo a la investigación y a su enfoque legal. El tipo y diseño de investigación se consideró Exploratoria, diseño documental, bibliográfico. Como instrumentos se aplicó la observación focalizada, no focalizada y la entrevista Estableciéndose el análisis- síntesis, como técnica lógica en la interpretación de los resultados permitiendo la concreción de conclusiones y recomendaciones respectivas. Descriptores: Derechos Humanos, Tortura, Tratos Crueles, Inhumanos y Degradantes, funcionarios policiales.

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DEDICATORIA

A Dios. Por haberme dado la fortaleza y la fuerza para llegar hasta este punto y concederme la salud y vitalidad para lograr los objetivos previstos, además de su infinita bondad y amor. A mis Padres Alberta y Adolfo. Por ser el pilar fundamental, de quien soy, de mi educación tanto académica, como de la vida, por su apoyo incondicional perfectamente mantenido a través del tiempo y en cada instante de mi vida, por sus consejos, sus valores que me han permitido ser una persona de bien, pero más que nada y sobre todo por su inmenso amor. A mis Hijos. Albert, Ariannys y Angely mis bendiciones de Dios, quienes cambiaron mi vida y me enseñaron el verdadero amor en esta Tierra. A mi Esposo. Por su apoyo incondicional y constancia que lo caracterizan, por su comprensión en todo momento que me ha infundado siempre, por el valor mostrado para salir adelante y por su amor. A mis Profesores. Juez Anabel Rodríguez por su gran apoyo y motivación para la culminación de mis estudios profesionales y para la elaboración de este Trabajo Especial de Grado; al Fiscal Rojas Marco por su apoyo ofrecido en este trabajo. A mi Amiga. Lic. Mairlyn Chaustre por ser mi amiga incondicional.

CAPITULO I

EL PROBLEMA

Antecedentes Históricos y Jurídicos Desde sus primitivas formas de represión hasta su actual tipificación, es problemática en la usurpación de funciones reconocer la naturaleza delictiva que, a la vez, implica delimitar el interés jurídico afectado y prevalecedor frente a otros. Su desarrollo punitivo se resume en dos facetas: o como delito de falsedad o como delito de función. El Derecho Romano primitivo sancionaba al delito de usurpación de funciones como uno de lesa majestad, llegando al extremo de describirlo como un delito de ambitus. Posteriormente, con la Lex Cornelia de Falsis, la usurpación de funciones se adecua como delito de falsedad (crimen falsi), rescatándose también en el Digesto como modalidad de usurpación de las actuaciones militares dentro del grupo de falsedades personales. Durante la Edad Media imperaba en los diferentes catálogos de leyes un cierto grado de confusión en la precisión de la naturaleza delictiva, aunque el Derecho Canónico no mantuvo las vacilaciones para tratarlo como un delito de lesa majestad, un ambitus eclesiástico o crimen de simonía. La legislación española, por el contrario, mantenía la tradición romanista castigando la usurpación de función como falsedad, siendo ejemplo de ello su regulación en la Séptima Partida de Alfonso X (Título VII, Ley 2ª). Frente a la tradición romanista, algunas doctrinas y legislaciones modernas han optado por seguir el tratamiento de la usurpación de funciones como un delito de función. Así, el Código Penal francés de 1810 tipificaba a estos delitos dentro del

rubro de ilícitos que atentan a la función pública, específicamente en sus artículos 196° y 197° en la que se sancionan las conductas de quien se inmiscuía en funciones públicas, civiles o militares, o ejercitaba cualquiera de estas funciones, sin perjuicio de la pena de falsedad (el código vigente de 1993 acoge estas figuras en sus artículos 433- 12° y 433-13°). El Código Penal italiano de 1930 acogía estas conductas también dentro de los delitos contra la administración pública en su artículo 347°. Desde otra perspectiva, el Código Penal alemán de 1871, ubicando dentro de la sección séptima “Delitos contra el orden público”, sanciona a la usurpación de cargo público (parágrafo 132). Sólo la legislación española, pasando por los Códigos de 1822 y 1850 hasta el vigente Código de 1995 mantiene la línea romana en el Capítulo V “De la usurpación de funciones públicas y del intrusismo” del Título XVIII “De la falsedad”. La legislación penal latinoamericana, mayoritariamente, sigue la tendencia francesa e italiana, entre ellos: el Código Penal de Argentina (Capítulo III “Usurpación de autoridad, títulos u honores, Título XI “Delitos contra la administración pública”), Código Penal de Bolivia (Capítulo II “Delitos cometidos por particulares”, Título II “Delitos contra la función pública”), Código Penal de Brasil (C apítulo II “Dos crimes practicados por particular contra a administração em geral”, Título XI “Dos crimes contra a administração pública), Código Penal de Colombia (2000) (Capítulo IX “De la usurpación y abuso de funciones públicas”, Título XV “Delitos contra la administración pública”), Código Penal de Costa Rica (Título XIII: “Delitos contra la autoridad pública”, Sección Única: Usurpación de autoridad”) , Código Penal de Ecuador (Capítulo II: “De la usurpación de funciones, títulos y nombres”, Título III: “De los delitos contra la administración pública”), Código Penal de Puerto Rico (2004) (Sección primera “De los delitos contra el ejercicio del cargo público”, Capítulo I “Delitos contra el ejercicio gubernamental”, Título IV “Delitos contra la función gubernamental”), Código Penal de Uruguay (Capítulo III “De la usurpación de funciones públicas y títulos”, Título IV “Delitos contra la administración pública”), Código Penal de Venezuela (Capítulo VI “De la usurpación de funciones, títulos u honores”, Título III “De los delitos contra la cosa pública”).

país en esta materia, evidencia un retroceso de grandes proporciones, su economía viene en un franco deterioro, si bien es cierto lento, pero el empresariado, los industriales, así como todos aquellos proveedores de servicios, les permitía un replanteamiento de sus procesos productivos y manteniendo su participación en el mercado nacional al tener acceso a un mercado de divisas. Haciendo una evolución histórica en este sentido, los controles cambiarios en Venezuela han sido progresivamente establecidos, teniendo a la fecha tres sistemas cambiarios diferentes que lejos de ofrecer oportunidades de acceso a las divisas, éste viene cercándose de manera tal, que es imposible por parte de los sectores productivos continuar con un ritmo de producción sostenido al no poder cumplir compromisos internacionales de pago por concepto de requerimientos de materia prima, lo que ha hecho migrar a un sistema totalmente paralelo a los establecidos adquiriendo las divisas a tasas totalmente distorsionadas, situación que se traducen en la elevación de los índices inflacionarios al trasladar los costos al producto terminado y posterior colocación al consumidor. Por otro lado, la situación de escasez de divisas, afecta todo el sistema económico de los sectores productivos, y en especial, al sector de alimentos, quienes requieren de divisas para sus diferentes producciones y al no tenerlos o difícilmente obtenerlos por vías gubernamentales, estos productos comienzan a ser afectados en su producción, distribución y comercialización trayendo como consecuencia la escasez del mismo. Valiéndose de este entorno económico desfavorable, a las políticas de controles por parte del Estado dirigido al ciudadano común; en la incorporación de sistemas biométricos, al establecimiento de días de compras de cuyo acceso se tiene a través del terminal de su número de cédula de identidad; se está tornando común el ver, escuchar o leer en los medios de comunicación masivos los múltiples casos que se dan constantemente en Venezuela, como personas inescrupulosas, en su afán de hacer de esta debilidad una oportunidad para el enriquecimiento de una manera ilícita, se dan a la tarea de sustraer documentos de identificación de los ciudadanos y ciudadanas, y alterar los mismos en perjuicio de otras. Si bien es cierto que la jurisprudencia venezolana en cada uno de los instrumentos

y cuerpos legales vigentes, sancionan la usurpación de identidad, como delito penal, muchas veces por el desconocimiento del marco sancionatorio promueven que se sigan dando constantemente este delito y se mantenga en la impunidad sus autores tanto intelectuales y materiales, cómplices y encubridores de este acto. En tal sentido, la incidencia social, jurídica y económica, como consecuencia de la usurpación de identidad, que se viene desarrollando desde un ámbito nacional, durante el primer semestre del 2015, puede obedecer al desconocimiento por parte del ciudadano común y al poco control de los organismos de seguridad del Estado pertinentes. La problemática anteriormente descrita ha permitido la presunta comisión de delitos conexos como el tráfico de alimentos de un espacio geográfico a otro, también denominado “bachaqueo”, reventa de productos a precios excesivos, robo, entre otros. Adicionalmente, Los factores que inciden en la presunta comisión de delito de usurpación de identidad, son por las facilidades que tienen las personas para adquirir el documento y las sanciones impuestas no son ejemplarizantes, ya que, hasta el momento éstas no se han hecho notar con fuerza por parte del Estado. En la actualidad se presentan una multiplicidad de casos por éste, en donde un gran número de personas están afectadas por el delito de usurpación de identidad, así lo constató la autora que durante el análisis documental y de contenido efectuado a las diferentes fuentes de información requeridas para el desarrollo del presente, evidencia que un diario de circulación regional, específicamente en el estado Aragua y denominado “Ciudad MCY, Comunicación Patria”, reseña un hecho noticioso, en donde el Alcalde del Municipio José Félix Ribas, Juan Carlos Sánchez expresó que se aplicará sanciones morales, a personas que incurran en el delito de usurpación de identidad, por poseer cédulas con diferentes terminales de números, y por vender productos no autorizados y en sobreprecio. Continúa reseñando el artículo en palabras del alcalde, que: “La sanción moral consiste en hacer cumplir a los "bachaqueros" trabajo social de calle, con la limpieza de espacios públicos, los cuales estarán uniformados con una braga de color naranja. [artículo en línea] Adicionalmente, se evidencia, que muchas personas tras hacer largas

para adquirir alimentos de primera necesidad. Uno es estos han sido falsificación de documentos para adquirir más productos y adicionalmente la GNB tienen lineamientos y protocolos a seguir específicos para actuar cuando se compruebe la usurpación de identidad. Desde el punto de vista legal, es conveniente citar el artículo 319 del Código Penal Venezolano en donde se establece la sanción por este delito: Artículo 319 (COP) Capítulo III De la falsedad en los actos y documentos Toda persona que mediante cualquier procedimiento incurriera en falsedad con la copia de algún acto público, sea suponiendo el original, sea alterando una copia auténtica, sea, en fin, expidiendo una copia contraria a la verdad, que forje total o parcialmente un documento para darle apariencia de instrumento público o altere uno verdadero de esta especie, o que lograre apropiarse de documentos oficiales para usurpar una identidad distinta a la suya, sufrirá pena de prisión de seis años a doce años. De igual manera, es procedente indicar que el marco sancionatorio que prevé el Código Orgánico Penal venezolano para el delito de usurpación de identidad, establecida en el precitado artículo obedece a una pena privativa de libertad. Para concluir, la situación alimentaria de Venezuela es sumamente crítica en estos momentos, la población está expuesta a escasez de alimentos, sin que se den respuestas realistas sobre las causas de la misma; El manejo de esta crisis sobre una supuesta guerra económica de sectores privados y de oposición, no es una realidad. Lo objetivo es que el control excesivo de precios y los controles cambiarios en la adquisición de divisas con las que se realizan las importaciones de alimentos y los insumos para su producción, son obstáculos para satisfacer las demandas de una alimentación adecuada. También el aparato productivo nacional de alimentos se ha deteriorado y ha disminuido notablemente su producción, por lo cual productos que antes se exportaban, ahora deben ser importados para cubrir las demandas nacionales. Por otra parte, el alto nivel de inflación ha deteriorado la capacidad de compra de alimentos de la población venezolana, al punto que 80% de la población reportó en la ENCOVI 2014 (Encuesta de Condiciones de Vida, realizada por USB, UCAB y UCV) dificultades para adquirir

sus alimentos y miedo a que sus ingresos no fuesen suficientes y desde un contexto jurídico el establecimiento de otras penas, como lo es la moral y no la que establece el articulado del COP, hacen de este delito de usurpación de identidad, una vía expedita para la generación de riquezas y beneficios a una minoría que se encuentra en total desconocimiento del ilícito, sus consecuencias y daño a la economía del país. En tal sentido la autora de la presente considera efectuar un análisis del marco sancionatorio de la usurpación de identidad, como delito penal en Venezuela. Delimitación de la Investigación El estudio realizado por la autora de la presente investigación, reviste una delimitación geográfica de ámbito nacional, involucra como universo poblacional a estudiantes de las Escuelas de Derecho de todas las casas de estudios superiores venezolanas, profesionales del derecho y ciudadanos en general, en función a que la problemática presentada abarca un contexto económico y productivo venezolano con impacto jurídico, al considerar que ante la escasez de productos e insumos alimenticios, la población venezolana al intentar satisfacer sus necesidades, que en este sentido, se consideran las básicas, se valen de diferentes mecanismos de obtención en donde a mayor control de distribución, comercialización y ventas de rubros catalogados como de primera necesidad por parte del Estado se generan nuevas formas de delinquir, para efectos de la presente se abordará la usurpación de identidad. Desde una cobertura vertical o delimitación del conocimiento, para el ciudadano común esta nueva forma de delinquir lo considera una vía expedita para la satisfacción de sus necesidades, no obstante, para un contexto jurídico nacional es un delito penal y por ende su sanción deberá ser la que se encuentra contemplada en el Código Orgánico Penal (COP) y no una pena moral. Por otra parte, la delimitación temporal del presente trabajo se refiere al tiempo en que se recopilarán los datos y para el cual las conclusiones del estudio serán válidas, por ende, el fenómeno u hecho de estudio tendrá una cobertura de tiempo específica durante el primer semestre del año 2015.