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Orientación Universidad
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alegatos de conclusion de proceso repacion directa, Resúmenes de Derecho Privado

modelos de como realizar alegatos de conclusion de reparacion directa extracontractual

Tipo: Resúmenes

2023/2024

Subido el 21/03/2024

liz-angie-cambar
liz-angie-cambar 🇨🇴

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70 Modelo DE Alegatos DE Conclusion
Derecho Procesal Civil (Derecho Procesal Civil 001)
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70 Modelo DE Alegatos DE Conclusion

Derecho Procesal Civil (Derecho Procesal Civil 001)

Valledupar, mayo 12 de 2022.

Doctor JUEZ PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE VALLEDUPAR E.S.D.

PROCESO: RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL

RADICADO: 2022-

DEMANDANTE: LUZ ESTELA ROMERO MARTÍNEZ

DEMANDADOS: ALFONSO SUAREZ MOLINA Y MARIELA GUTIERREZ

BENAVIDES

ASUNTO: Alegatos de conclusión.

ANA CAROLINA MONTERO , mayor de edad y vecino del Municipio de Valledupar, identificada con cédula de ciudadanía número 49873209 de Valledupar, estudiante adscrito al consultorio jurídico de la Universidad de Santander, reconocida por el tribunal superior del Cesar mediante resolución N° 123 de 2012, actuando en representación de la parte demandante del proceso en referencia; mediante el presente escrito me permito presentar alegatos de conclusión para ser tenidos en cuenta en audiencia de que trata el artículo 432 del Código de Procedimiento Civil, esto es, audiencia para presentación de alegatos y sentencia, entre otros, a saber:

1. Antecedentes

PRIMERO: El día 28 de febrero del año en curso, siendo las 07:50 pm en la vía que conduce de Becerril a Curumaní, a la altura del kilómetro 7 se movilizaba Luz Estela Romero Martínez de 19 años de edad, con cédula de ciudadanía 1065578567 de Valledupar, la joven se desplazaba a bordo del vehículo Mazda 2 gran touring modelo 2019 color blanco y de placas FWW002 matriculado en la ciudad de Valledupar.

SEGUNDO: Al transitar a la altura de la finca la “La añadidura” con certificado de tradición y libertad N° 192-05717 de propiedad de Alfonso Suarez Molina con cédula de ciudadanía 1121444264 de Curumaní colisionó contra un semoviente que por allí transitaba. Dicha colisión dejo como resultado la pérdida total del vehículo, la perdida de ambos miembros inferiores de la conductora y múltiples fracturas y, la pérdida de capacidad laboral en un 65%, además de daños psicológicos para ella y sus padres. Hecho que se puede evidenciar en la epicrisis de la víctima y de la mamá de la joven accidentada.

TERCERO: Luz Estela fungía como psicóloga contratista del ICBF SEDE Bosconia, donde recibía una remuneración de $4’500.000 pesos mensuales, con los cuales respondía por su mamá, persona depresiva que no se puede valer por sí misma. Al realizar la investigación en el ICA, se puso constatar que el semoviente posee la marca del hierro perteneciente a la señora Mariela Gutiérrez Benavides oriunda de Becerril, la cual tiene negocios con el señor Alfonso Suarez en donde crían ganado al partir.