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Typology: Papers
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educación postmedia. La fundación y regulación de estos centros son reglamentadas mediante el decreto ejecutivo Nº 50 de 1999. Este decreto establece los fines de los centros de educación superior, los requisitos para autorizar la creación de estos centros, los requisitos del personal docente, la supervisión de estos centros, por parte de la Dirección Nacional de Coordinación del Tercer Nivel de Enseñanza, la estructura académica y el sistema de evaluación de estos centros. Bernal (2001) afirma que la fiscalización de las universidades particulares es una función que la Constitución y la Ley 11 de 1981 (numeral 3 del Art. 13) le asignan a la Universidad de Panamá, y se encuentra reglamentada mediante resolución del Consejo Académico de esta institución. Esta fiscalización implica análisis, aprobación o desaprobación de estatutos, planes, programas de estudio, instalaciones físicas y cuerpo docente que presenten a su consideración las Universidades y los Centros de Educación Superior Particulares que pretendan establecerse en el país. La fiscalización de estos establecimientos se realiza por parte de una Comisión integrada por autoridades, docentes y estudiantes, que trabajan en armónica relación con las diversas facultades de la institución, especializadas en los estudios que se prevén crear. La fiscalización se realiza en dos momentos: previa a la aprobación de la solicitud, y continua, durante el funcionamiento de las dependencias y las carreras. Este mismo autor informa que aun cuando existen normas que regulan la creación y funcionamiento de estas instituciones, se considera que el país carece de un marco normativo más amplio, con fuerza de ley, que defina con mayor precisión los objetivos, funciones y condiciones de funcionamiento de los centros de educación superior, como parte del sistema educativo y en relación con sus proyecciones a la sociedad panameña. La expedición de una ley marco con estas características, es un proyecto que se ha planteado impulsar la Asamblea Legislativa en coordinación con las universidades oficiales y particulares del País. Para concluir, esta legislación tiene como principio el irrestricto respeto a la autonomía institucional, el mejoramiento continuo de la calidad académica y el reconocimiento de la diversidad de instituciones universitarias y sus diferentes modalidades de enseñanza. Sus objetivos están encaminados a impulsar una cultura de evaluación que respalde y dé seguridad a los estudiantes en una excelente calidad educativa y, de igual manera, promover al mejoramiento continuo de las instituciones y sus contenidos programáticos, velar porque se cumpla la regulación de los procedimientos y requisitos para la creación de nuevas universidades y que, las universidades que tengan años en funcionamiento se sometan a la legislación vigente para una evaluación y acreditación de la calidad cada seis años. En resumen, la legislación y la educación superior de Panamá deben ir de la mano para así abordar las necesidades y realidad social de nuestro país.
La educación superior y, fundamentalmente, la universitaria ha experimentado cambios importantes en sus objetivos, estructura y funcionamiento a lo largo de su existencia. La Universidad, que tuvo su génesis en importantes ciudades de Europa durante la edad media, bajo una fuerte influencia religiosa, tenía como meta la difusión del conocimiento teológico, humanístico y científico más avanzado, y logró también durante la colonia una aceptación especial en muchos países de América Latina, al amparo de la Iglesia y del Estado. La primera universidad del Nuevo Mundo se fundó en Santo Domingo en 1538, bajo el modelo de Salamanca, que fue seguida por la creación de otras universidades, que totalizaron alrededor de veinticinco al término de la presencia colonial en la región (Bernal, 2001). Es de notar cómo, desde tiempos atrás, la formación y la experiencia universitaria son fundamentales para la vida, ya que permiten potenciar y desarrollar las habilidades, y la aceptación del nivel profesional en otros países. El objetivo principal de la educación superior es que la formación y la investigación ayuden a mejorar el bienestar social y cultural de la sociedad. Por ende, es importante la formación universitaria porque contribuye a crear conocimiento técnico, científico, humanístico, cultural y cívico. La educación superior insiste en la enseñanza de valores, promoviendo así una participación ciudadana libre, responsable y comprometida. Y a su vez, la importancia de estudiar en una universidad radica en el hecho de obtener herramientas necesarias para desarrollarse en la vida en sociedad; además de conocimientos y experiencias que se articulan con el incentivo a la innovación, la investigación y la profesionalización en determinadas área de estudio. Según Domingo (2012), la educación, para que cumpla sus fines, debe ser de elevada calidad, para cuyo logro debe reunir un conjunto de requisitos como son: pertinencia, relevancia, equidad, eficiencia y eficacia. Estos requisitos han sido establecidos y definidos en la forma siguiente: ▪ La Relevancia, se alcanza promoviendo aprendizajes que consideren las necesidades del desarrollo de las personas y de las sociedades. ▪ La Pertinencia se logra, haciendo que el aprendizaje sea significativo para personas de distintos contextos sociales y culturas. ▪ La Equidad educativa es posible proporcionando a cada quien los recursos y ayudas que necesita para estar en igualdad de condiciones de acceder a la educación, continuar sus estudios y desarrollar al máximo sus capacidades. ▪ La Eficacia tiene que ver con el hecho de alcanzar las metas relacionadas con la relevancia, la pertinencia y la equidad. ▪ La Eficiencia se obtiene, asignando y utilizando los recursos de forma adecuada para lograr los objetivos propuestos. En conclusión, la formación universitaria no se limita a una etapa concreta de la vida, sino que esta es fundamental a lo largo de toda nuestra existencia, ya que implica un
para el progreso social de nuestras regiones, enmarcado en la propuesta posmoderna. La Educación Superior, a través de una política adecuada de extensión universitaria puede ayudar a formar los nuevos ciudadanos y líderes de nuestra nación, en contacto directo con esas necesidades, de manera que puedan impulsar el desarrollo social del país, con respeto al desarrollo social de las futuras generaciones (Rossel, 2007). Cozza y Lemos ( 2003 ) afirman que la sociedad debe ser considerada por la Universidad no sólo como la reunión de personas con particularidades de conjunto y que cumple algunos de los fines de la vida organizada, sino también como el conjunto de instituciones y otras formas de organización donde aquellas personas realizan sus actividades o cumplen con los objetivos de su comunidad. De esta forma, el desarrollo integral de la sociedad será el crecimiento de las personas desde lo humano y lo social, y de sus instituciones desde sus objetivos, sus acciones y sus resultados. La Universidad realiza acciones para toda la sociedad, hacia alguna parte o sector de ella, directamente o a través de sus instituciones, formando el individuo, promoviendo en las personas entre otras cosas, el autodescubrimiento y aprendizaje sobre el mundo. De igual manera, fomenta el desarrollo del potencial del individuo y ayuda a que se encaminen a ejercer un rol en la sociedad. Es decir que, más que un aporte a la sociedad es un compromiso para mejorarla, refuerza las comunidades y estimula el progreso social. Es por esto que la universidad es fundamental para el desarrollo de la sociedad, pues de ella depende la capacidad de innovación y promoción, la producción, apropiación y aplicación del conocimiento para el desarrollo humano sostenible. Es, además, un derecho de todos los ciudadanos.
▪ Aportar: Dar o proporcionar una cosa para el logro de un fin. ▪ Conocimiento: Conjunto de datos o noticias relacionados con algo, especialmente conjunto de saberes que se tienen de una materia o ciencia concreta. ▪ Desarrollo: se refiere al proceso de cambio y crecimiento relacionado con una situación, individuo u objeto determinado. ▪ Educación: Formación destinada a desarrollar la capacidad intelectual, moral y afectiva de las personas de acuerdo con la cultura y las normas de convivencia de la sociedad a la que pertenecen. ▪ Eficiencia: Capacidad para realizar o cumplir adecuadamente una función. ▪ Empleabilidad: Capacidad potencial de incorporarse y permanecer en el mercado laboral, esto es, las posibilidades personales para encontrar empleo y adaptarse a un mercado de trabajo en continuo cambio. ▪ Formación: Nivel de conocimientos que una persona posee sobre una determinada materia. ▪ Legislación: Conjunto de leyes por las cuales se regula un Estado o una actividad determinada. ▪ Sociedad: Conjunto de personas que se relacionan entre sí, de acuerdo a unas determinadas reglas de organización jurídicas y consuetudinarias, y que comparten una misma cultura o civilización en un espacio o un tiempo determinados. ▪ Universidad: Institución destinada a la enseñanza superior (aquella que proporciona conocimientos especializados de cada rama del saber), que está constituida por varias facultades y que concede los grados académicos correspondientes.